El «código de buenas prácticas» apunta a desalentar «prácticas desleales y abusivas», además de «favorecer la libre competencia». Rige un plazo de tiempo para que los locales alcanzados por la medida implementen los cambios. ¿Cuáles son los modificaciones que estableció?
El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación creó el Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista que deberán aplicar todos los comercios alcanzados por la Ley de Góndolas. De acuerdo a la cartera, uno de los objetivos es “posibilitar un trato equitativo entre las grandes empresas, PyMEs, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar”. La medida comenzará a regir dentro de 30 días.
La Resolución 340/21 de la Secretaría de Comercio publicada este lunes en el Boletín Oficial establece el Código, una norma complementaria a la ley N 27.545. Según el documento oficial, esta reglamentación “promueve la protección del interés económico general, la libre competencia y la disolución de prácticas desleales y abusivas”.
¿Para quienes rige el código?
Esta norma es de aplicación obligatoria para todos los comercios alcanzados por la Ley Nº27.545 que tengan una facturación bruta anual superior a los $300.000.000 de unidades móviles según lo establece la Ley de Defensa de la Competencia (N°27.442). Además, se permite que otras empresas puedan adoptar el Código de Buenas Prácticas Comerciales mediante adhesión voluntaria.
¿Qué establece el código?
Pagos
Igual modalidad y plazos de pago para todos los proveedores
Espacios de exhibición
Mismas condiciones de exhibición, devolución de envases retornables, reposición, logística y distribución.
No podrán exhibirse productos que induzcan al error respecto al precio u otras características
Los bienes deberán exhibirse de manera uniforme en estantes
Acuerdos de provisión
Los acuerdos de provisión deben estar detallados por escrito
Se prohíbe la entrega de mercadería gratuita o con bonificaciones
Se prohíben acuerdos que impongan seguros o anticipos con condiciones financieras discriminatorias
Queda nulo el otorgamiento de ventajas a un proveedor en particular por sobre otro
Stock
Los comercios deben informar con cartelería específica eventuales faltas de stock y brindar datos sobre plazos de reposición
Puntos de venta
Deben estar ordenadas según las categorías establecidas por la Ley
Deben promover una comparación rápida y accesible entre productos similares o sustitutos