Motivos válidos para no cumplir el rol electoral como autoridad de mesa en los próximos comicios.
En octubre, durante las elecciones legislativas 2025 en Argentina, algunas personas pueden excusarse de ser autoridad de mesa si presentan causas justificadas ante la Justicia Electoral. Estas excepciones buscan garantizar que solo quienes puedan cumplir con la función asuman la responsabilidad.
Fechas y contexto de las elecciones legislativas
La Cámara Nacional Electoral estableció el 26 de octubre como fecha de las legislativas, donde se renovarán 127 de las 257 bancas de Diputados y 24 de los 72 escaños del Senado con mandato hasta 2031. En 2025, las provincias de Ciudad de Buenos Aires, Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero y Tierra del Fuego renovarán sus tres senadores. Este será el primer año desde 2013 sin elecciones PASO, la instancia que permitía a los partidos definir candidatos. La información fue extraída del medio Clarin.
Código Electoral y obligaciones de autoridades de mesa
El Código Electoral establece que el cargo de autoridad de mesa es obligatorio una vez designado. Estas funciones son “irrenunciables y serán compensadas en la forma que determine la ley y su reglamentación”.
Quienes sean designados deben cumplir con el rol a menos que presenten una excusa válida dentro de los plazos establecidos por la Junta Electoral.
Motivos válidos para excusarse
Los motivos que habilitan a una persona para no desempeñarse como autoridad de mesa incluyen:
- Enfermedad justificada: se debe presentar certificado médico oficial nacional, provincial, municipal o, en su defecto, de médico particular.
- Fuerza mayor justificada: cualquier situación imprevista que impida cumplir con el rol electoral.
- Ser candidato o dirigir un partido político: se requiere certificado expedido por las autoridades del partido, presentado dentro de los 3 días posteriores a la notificación de designación.
Si la causa surge después de este plazo, la Junta Electoral evaluará cada caso individualmente.
Roles y requisitos de autoridades de mesa
Cada mesa cuenta con un presidente de mesa y un suplente, quien asiste y reemplaza al presidente cuando la ley lo determina.
Los requisitos para ser autoridad de mesa incluyen:
- Tener entre 18 y 70 años.
- Estar habilitado para votar en la elección.
- Residir en la sección electoral correspondiente.
- Saber leer y escribir.
- Estar incluido en el padrón de la mesa donde fue designado.
Cumplir estas normas asegura la correcta organización y funcionamiento del acto electoral.