La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció un nuevo marco regulatorio que obliga a bancos y empresas a reportar operaciones sospechosas vinculadas al financiamiento de armas de destrucción masiva. La resolución busca cortar el flujo de dinero que sustenta la proliferación de estas armas.
A través de la Resolución N.º 3/2026, firmada por su presidente Paul Starc, la UIF dio a conocer esta medida que busca fortalecer la detección temprana y el congelamiento de activos relacionados con este delito. Según Noticias Argentinas (NA).
Nuevas obligaciones para los sujetos regulados
La resolución impone obligaciones más estrictas y procedimientos claros para los «Sujetos Obligados», que incluyen bancos, casas de cambio, aseguradoras y otras entidades financieras. Estas instituciones deberán ahora:
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Identificar y reportar de inmediato cualquier operación sospechosa relacionada con el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
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Congelar administrativamente los bienes o activos vinculados a personas o entidades alcanzadas por sanciones financieras internacionales por este motivo.
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Seguir criterios específicos relacionados con el artículo 306, inciso f) del Código Penal, que tipifica este delito.
Ampliación del congelamiento de activos
Uno de los puntos más significativos de la nueva norma es la expansión del régimen de Congelamiento Administrativo de Bienes. Ahora se incorpora de manera explícita el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva como causal para inmovilizar activos de forma inmediata.
Esto significa que la UIF, al detectar una operación sospechosa fundada, puede ordenar el congelamiento preventivo sin necesidad de esperar una orden judicial, notificando de inmediato al juez competente. Este procedimiento busca actuar con celeridad para interrumpir las operatorias financieras ilícitas antes de que los fondos se desvíen o esfumen.
Un compromiso con los estándares internacionales
La medida se enmarca en el compromiso de Argentina como miembro pleno del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo que establece estándares globales para combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
La Recomendación 6 del GAFI exige a los países implementar regímenes de sanciones financieras acordes con las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU. Esta resolución de la UIF constituye un paso concreto para adecuar la normativa local a esos estándares internacionales, fortaleciendo el sistema nacional de prevención.
La decisión de la UIF marca un avance significativo en la arquitectura de seguridad financiera del país. Al establecer reglas más claras y potenciar las herramientas de acción temprana, Argentina busca no solo cumplir con sus obligaciones internacionales, sino también proteger su sistema económico de ser utilizado para fines que amenazan la paz y la seguridad global.




