La Cámara de Diputados aprobó el proyecto con 135 votos a favor y 115 rechazos, eliminando el polémico artículo sobre licencias por enfermedad. El texto, que ahora volverá al Senado, modifica aspectos centrales de la legislación laboral vigente.
La Cámara de Diputados dio media sanción a la reforma laboral impulsada por el oficialismo, con 135 votos afirmativos y 115 negativos. El proyecto, que ahora volverá al Senado para su sanción definitiva, introduce cambios sustanciales en la Ley de Contrato de Trabajo, la legislación sindical y el derecho de huelga, entre otros aspectos.
Según Noticias Argentinas , el texto mantiene la estructura aprobada en la Cámara alta, pero con una modificación clave: la eliminación del artículo 44, que establecía recortes salariales durante licencias por enfermedades inculpables.
Convenios y negociación colectiva
Convenios por empresa: La norma establece que «los Convenios Colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor». Se descentraliza así la negociación colectiva y pierden peso los sindicatos en la representación de derechos colectivos.
Ultraactividad: Los convenios colectivos con plazo vencido no mantendrán sus efectos hasta la firma de un nuevo acuerdo. Solo quedarán vigentes las normas referidas a condiciones de trabajo.
Salarios e indemnizaciones
Salario «dinámico»: Se permitirá incorporar, por negociación colectiva o acuerdo individual, componentes retributivos dinámicos adicionales, transitorios, fijos o variables por encima de los salarios básicos.
Indemnizaciones: Se mantiene el criterio de pago de «una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio», tomando como base la mejor remuneración mensual del último año. Sin embargo, se especifica que en las liquidaciones por despido sin causa «no tendrán incidencia los conceptos de pago no mensuales» como aguinaldo, vacaciones o premios no mensuales.
Cancelación de juicios: Las sentencias judiciales por juicios laborales podrán pagarse en hasta 6 cuotas (12 para pymes), ajustadas por IPC y con un interés del 3% anual.
Fondo de Asistencia Laboral y banco de horas
FAL: Se crea un Fondo de Asistencia Laboral para financiar despidos, con aportes del 1% para grandes empresas y 2,5% para pymes. A cambio, las empresas recibirán descuentos en contribuciones patronales.
Banco de horas: Se podrá compensar la mayor jornada de un día con la menor de otro, sin superar el máximo legal semanal. La jornada máxima será de 12 horas (con 12 horas de descanso obligatorio).
Vacaciones y antigüedad
Vacaciones: Se otorgarán entre el 1° de octubre y el 30 de abril, pudiéndose tomar en forma dividida con un plazo mínimo de 7 días. Los empleadores deberán notificar con 45 días de antelación.
Antigüedad: Se computará el tiempo de servicio anterior si el trabajador reingresa al mismo empleador. Si pasan más de dos años entre el cese y el reingreso, la antigüedad previa no será computada.
Sindicatos y derecho de huelga
Sindicatos: Se establece un tope del 2% en las cuotas solidarias. Las asambleas sólo podrán realizarse con autorización del empleador. Los delegados sindicales tendrán un crédito de hasta 10 horas mensuales retribuidas.
Derecho de huelga: Se restringe al declararse determinadas actividades como:
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Servicios esenciales: cobertura mínima del 75%
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Servicios trascendentales: cobertura mínima del 50%
Bloqueos: Serán considerados «infracciones muy graves» cuando afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a medidas de fuerza.
Contratación y plataformas
Responsabilidad solidaria: Se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal que contrata a una tercera empresa para prestación de servicios.
Plataformas: Los repartidores serán considerados «prestadores independientes» sin relación de dependencia. Las empresas deberán contratar seguros de accidentes y brindar capacitación.
Nuevos regímenes e incentivos
RIMI: Se crea un Régimen de Inversiones para pymes con nuevos emprendimientos, con beneficios en Ganancias e IVA.
Nuevos empleos: Habrá incentivos con rebaja de contribuciones patronales para empresas que contraten personal.
Certificados médicos: Se establecen requisitos de validez para certificados que justifiquen inasistencias. Ante discrepancia, se podrá pedir una junta médica.
Modificaciones impositivas y derogaciones
Impuestos: Se derogan impuestos internos a embarcaciones, aviones, automóviles, celulares y productos suntuarios. Se eximen intereses de plazos fijos en dólares y venta de inmuebles destinados a casa-habitación.
Justicia Laboral: Se establece el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
INCAA: Se posterga hasta 2028 la eliminación del 10% de las entradas y otros aportes que financian el Instituto de Cinematografía.
Derogaciones: Se deroga la ley de teletrabajo, reemplazada por modalidades más flexibles, y se establece la derogación de estatutos específicos (como el Estatuto del Periodista Profesional) en un plazo de un año.




