Giro judicial: el juez Ojeda habilita un punto clave de la reforma laboral.
En una resolución que modifica sustancialmente el escenario legal vigente, el juez federal Raúl Horacio Ojeda decidió dar marcha atrás con la suspensión de un fragmento crítico de la Ley de Modernización Laboral. Apenas una semana después de haber frenado gran parte de la normativa a pedido de la CGT, el magistrado revocó la medida cautelar que pesaba sobre el artículo 55 de la ley 27.802, el cual establece el nuevo mecanismo de actualización para los créditos laborales en juicios en trámite.
El impacto del Artículo 55 en la actualización de deudas
El núcleo de este retroceso judicial radica en cómo se calculan los intereses y la desvalorización monetaria en los procesos judiciales. El artículo 55 dispone que los créditos provenientes de relaciones individuales de trabajo deben actualizarse mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa pura del 3% anual.
Anteriormente, este punto había sido congelado bajo la premisa de proteger los derechos de los trabajadores. Sin embargo, en su nuevo fallo, Ojeda admitió que las medidas cautelares son «provisorias» y susceptibles de ser modificadas ante nuevos elementos de juicio. La decisión de rehabilitar este artículo representa un alivio para el esquema de previsibilidad que busca el Ejecutivo, ya que unifica el criterio de actualización bajo parámetros de inflación real.
Un «estudio de campo» que reveló perjuicios al trabajador
Lo más llamativo de la resolución fue la justificación del magistrado para cambiar de postura. Tras un análisis realizado en la Red Académica de Jueces del Trabajo de la República Argentina, Ojeda advirtió que mantener el freno a la ley resultaba, paradójicamente, perjudicial para los empleados en diversas provincias.
El magistrado señaló que en jurisdicciones como Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Chaco, entre otras, los sistemas de actualización locales o las doctrinas judiciales vigentes arrojaban resultados económicos menos favorables que el nuevo régimen de IPC + 3%. Al detectar que la cautelar «no era uniformemente protectoria», el juez determinó que suspender la norma nacional estaba reduciendo de hecho las indemnizaciones que los trabajadores debían percibir en gran parte del país.
Debilitamiento de la estrategia judicial de la CGT
Este giro no solo tiene consecuencias técnicas, sino también institucionales y políticas. Al descentralizar la discusión, el juez aclaró que a partir de ahora «cada jurisdicción juzgará la pertinencia de la aplicación» de la nueva ley en sus juicios. Esto desarma la lógica de un freno general y uniforme que la CGT había celebrado inicialmente como una victoria total contra la reforma.
Desde sectores empresarios, como la UIA, se leyó este movimiento como una corrección necesaria ante una medida que calificaron de «apresurada». La marcha atrás deja en evidencia la fragilidad de dictar suspensiones masivas sobre paquetes legislativos complejos sin un análisis pormenorizado de cada artículo. Así, lo que comenzó como un bloqueo judicial contundente a la Modernización Laboral, empieza a mostrar fisuras que devuelven la vigencia a puntos neurálgicos de la reforma impulsada por el Gobierno.




