Una verdadera revolución en materia de seguridad civil y control de armamento comenzó a regir de manera oficial en la República Argentina.
Tras intensos debates en el Congreso de la Nación, se oficializó un drástico plan de regularización que otorgará inmunidad penal temporal a miles de ciudadanos que mantengan armamento oculto o sin declarar. La sorpresiva medida promete generar un aluvión de trámites y sacudir el tablero judicial, permitiendo que miles de arsenales privados salgan de la clandestinidad absoluta sin temor a terminar tras las rejas.
El nuevo marco legal busca un reordenamiento profundo del mercado negro de armamento en todo el territorio nacional. A través del decreto de promulgación del Poder Ejecutivo, la nueva ley permite declarar armas no registradas ante la ANMAC de forma voluntaria y excepcional. De acuerdo con la información institucional publicada este jueves en el Boletín Oficial, el parlamento sancionó la Ley 27.805 (promulgada el pasado 10 de junio), abriendo una ventana temporal única e impostergable de 360 días corridos a partir de su entrada en vigencia para que todos los infractores de la normativa vigente pongan en regla sus equipos.
El truco del Gobierno: perdón penal y blanqueo para los infractores
La normativa introduce un beneficio sin precedentes que busca incentivar la declaración masiva del material bélico de uso privado. El artículo 1° de la flamante ley estipula que todas las personas humanas que posean armas de fuego clasificadas como de “uso civil” o de “uso civil condicional”, o sus repuestos principales, que carezcan de registración anterior o cuya documentación haya devenido en irregular, deberán presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC). Tras superar las verificaciones técnicas, los datos del armamento y del poseedor quedarán asentados en el Banco Nacional Informatizado de Datos del organismo dependiente del Ministerio de Seguridad.
El mayor atractivo de este blanqueo civil radica en el blindaje judicial que otorga la norma. Quienes se presenten voluntariamente quedarán formalmente exentos de recibir cualquier tipo de sanción penal por la tenencia ilegal de armas de fuego de uso civil o condicional contemplada en el artículo 189 bis del Código Penal. Esta inmunidad penal y administrativa operará de forma automática desde el momento en que se ponga en conocimiento de la ANMAC la existencia del material, siempre y cuando el ciudadano no cuente con una imputación judicial previa por ese armamento al momento de iniciar su trámite de regularización.
Requisitos extremos y controles severos contra los arsenales ilegales
A pesar del histórico beneficio de amnistía, la ley contempla rigurosos filtros de seguridad ciudadana para evitar desbordes o el blanqueo de armamento vinculado al crimen organizado. Si las personas que asistan a las oficinas gubernamentales carecen de la condición obligatoria de «legítimo usuario», deberán iniciar el trámite de solicitud de la credencial junto con la autorización de tenencia del material correspondiente. El texto legal advierte de forma explícita que si las autoridades hallan impedimentos registrales o técnicos graves durante las pericias balísticas, se instarán los procedimientos administrativos o judiciales necesarios para decomisar el material involucrado de manera inmediata.
Asimismo, el artículo 2° estipula que la ANMAC tendrá la obligación ineludible de informar a cada solicitante sobre los peligros referentes a la tenencia de armas de fuego, promoviendo en paralelo las modalidades vigentes para su entrega voluntaria y anónima bajo el ala del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego. El organismo regulador dictará normas técnico-registrales específicas y utilizará las declaraciones sobre las causas o circunstancias de la posesión de hecho únicamente con fines estadísticos. Para garantizar el éxito total del blanqueo, el Estado desplegará una intensa campaña de difusión pública antes de que la ley entre en vigencia efectiva a los 30 días de su publicación oficial.
