La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó una medida clave para garantizar el acceso a las prestaciones de los sectores vulnerables
A través de la Resolución 194/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el organismo dispuso prorrogar por el término de un año el plazo para gestionar la Asignación por Embarazo para Protección Social de manera presencial en sus delegaciones.
Con esta nueva disposición legal, el actual sistema de atención física en las oficinas de la entidad previsional se mantendrá plenamente vigente hasta el 2 de julio de 2027, inclusive. La determinación administrativa responde de forma directa a que aún no han concluido los desarrollos tecnológicos orientados a optimizar el intercambio automático de datos sanitarios entre el Ministerio de Salud de la Nación y la ANSES, una infraestructura indispensable para la puesta en marcha de la modalidad 100% virtual.
Los motivos detrás de la prórroga y el Programa Sumar
La ingeniería de transición digital se había establecido originalmente mediante la Resolución 1273/2024, que fijaba un periodo de prueba para acoplar los sistemas informáticos del Estado. No obstante, ante la persistencia de dificultades técnicas para validar de forma remota la información de las personas gestantes inscriptas en el Programa Sumar, la conducción de ANSES optó por extender el esquema tradicional para evitar demoras o bloqueos burocráticos en el cobro del beneficio.
Bajo este escenario, deberán realizar el trámite presencial en las Unidades de Atención Integral (UDAI) todas aquellas personas gestantes cuyos datos de cobertura médica obligatoria dentro del Programa Sumar no figuren cruzados de forma automática en las pantallas de la plataforma de ANSES al momento de iniciar la solicitud.
Claves de la prestación: Montos, retenciones y requisitos
La normativa vigente se encargó de recordar los lineamientos operativos y económicos que estructuran este derecho de protección social en todo el país:
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Esquema de liquidación mensual: Consiste en una prestación económica de carácter no retributivo. La ANSES liquida mensualmente el 80% del valor total del beneficio a partir de la semana 12 de gestación y hasta el momento del nacimiento o la interrupción del embarazo, con un tope máximo de 9 mensualidades consecutivas.
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Cobro del 20% retenido: El porcentaje acumulado restante se abona en un único pago tras el parto o finalización del proceso gestacional. Para destrabar estos fondos, la titular debe acreditar el cumplimiento efectivo de la totalidad de los controles médicos preventivos del Programa Sumar y presentar la partida o certificado de nacimiento/defunción correspondiente.
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Plazos de solicitud: La presentación formal de la documentación respaldatoria y el formulario de salud debe efectuarse de forma estricta a partir de la semana 12 de gestación.
