Un tribunal popular halló al acusado D. H. B. responsable penalmente del delito de abuso sexual con acceso carnal cometido en perjuicio de una menor de edad, aprovechando la convivencia preexistente
La audiencia de cesura o imposición de pena se realizará el próximo 3 de septiembre.
Tras las jornadas de debate iniciadas el pasado miércoles en los tribunales penales del barrio Roca de Comodoro Rivadavia, un jurado popular emitió un veredicto de culpabilidad contra el imputado identificado por sus iniciales D. H. B. por 11 hechos del delito de «abuso sexual con acceso carnal, cometido en perjuicio de una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente», en calidad de autor.
A su vez, el tribunal de ciudadanos declaró al acusado «no culpable» de otros 6 hechos que formaban parte de la acusación original sostenida por la fiscalía.
El debate estuvo presidido por la jueza técnica Raquel Tassello, mientras que la acusación fue llevada adelante por la fiscal general María Laura Blanco y la funcionaria Macarena Murúa. Por su parte, la representación legal del imputado estuvo a cargo de los defensores públicos María de los Ángeles Garro y Gustavo Oyarzun.
Medidas cautelares y fecha de la audiencia de cesura
Tras la lectura del veredicto, la fiscal Blanco solicitó la prisión preventiva del condenado atendiendo a la gravedad de los delitos y al peligro procesal de fuga por la pena de cumplimiento efectivo en expectativa.
Si bien la jueza técnica reconoció la existencia del peligro de fuga, dispuso mantener la libertad del imputado sujeta a medidas sustitutivas, las cuales incluyen la obligación de realizar presentaciones periódicas ante la Oficina Judicial y la prohibición absoluta de acercamiento y contacto con la víctima.
La audiencia de cesura, en la que se definirá la cantidad de años de pena que deberá cumplir el condenado, quedó fijada para el jueves 3 de septiembre a las 14:00 horas.
(Nota de redacción: La identificación del imputado mediante iniciales responde a los protocolos de resguardo del Ministerio Público Fiscal para evitar la revictimización y la identificación indirecta de la víctima menor de edad en casos de abuso sexual intrafamiliar).
