Causa AMIA: procesan a ocho ciudadanos iraníes y libaneses bajo la ley de juicio en ausencia.
El juez federal Daniel Rafecas dictó un fallo histórico de más de 600 páginas en el marco de la investigación por el atentado a la AMIA, calificando el ataque como un crimen de lesa humanidad y genocidio. La resolución dispuso el procesamiento de ocho ciudadanos de origen iraní y libanés, todos con pedido de captura y prófugos en el extranjero.
Aplicación de la ley de juicio en ausencia y embargos millonarios
La medida judicial se instrumentó a través del régimen de juicio en ausencia (Ley 27.784), lo que permitió avanzar formalmente en el proceso contra los imputados. Asimismo, el magistrado ordenó un embargo preventivo por US$500 millones para cada uno de los procesados.
De acuerdo con la reconstrucción judicial, la decisión política de perpetrar el atentado se adoptó en agosto de 1993 por las máximas autoridades del régimen de Irán, delegando la ejecución en la organización Hezbollah.
Responsabilidades y calificaciones legales
Los acusados fueron divididos según su grado de participación en la planificación y ejecución del ataque que el 18 de julio de 1994 causó 85 muertes y 151 heridos mediante el uso de una camioneta Renault Trafic acondicionada con 300 kilos de amonal y TNT:
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Autores mediatos (homicidios y lesiones agravadas por odio racial o religioso):
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Ali Fallahijan (exministro de Inteligencia iraní).
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Ali Velayati (exministro de Relaciones Exteriores).
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Mohsen Rezai (excomandante de la Guardia Revolucionaria).
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Ahmad Vahidi (excomandante de la fuerza Al Quds).
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Cómplices necesarios:
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Hadi Soleimanpour (exembajador de Irán en Argentina).
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Mohsen Rabbani (exconsejero cultural de la embajada).
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Ahmad Asghari (agente de inteligencia).
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Salman Raouf Salman (agente de Hezbollah vinculado a la coordinación final del ataque).
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Situaciones sobreseídas y próximos pasos
Por otro lado, el magistrado omitió tratar la situación procesal de figuras como el líder supremo iraní Alí Khamenei y el dirigente Imad Mughniyeh, debido a que se constató el fallecimiento de ambos (en 2026 y 2008, respectivamente), al igual que el de Ali Hussein Abdallah (fallecido en 2020). En tanto, se dictó la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar.
La resolución podrá ser apelada por la Defensa Oficial y, en caso de ser confirmada por las instancias superiores, el expediente quedará habilitado para avanzar hacia la etapa de juicio oral y público.
