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El Gobierno Nacional anunció este viernes la extensión hasta el 28 de febrero del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) en todo el país. El decreto presidencial se publicará el fin de semana.

«Continúan vigentes los dos parámetros de riesgo sanitario (razón e incidencia) que deberán seguir teniendo en cuenta las provincias para la restricción de circulación nocturna», precisaron desde el Ejecutivo y aseguran que «el reinicio de clases se instrumentará de acuerdo a los parámetros del Consejo Federal de Educación».

El Gobierno dispuso la prórroga del decreto que mantiene congelados los montos de alquileres y la suspensión de los desalojos hasta el 31 de marzo.

En principio, la norma que regía hasta fin de este mes les daba a los inquilinos la opción de pagar el monto mensual que se abonó en marzo del año pasado y suspendió los desalojos por falta de pago. Y a principios de esta semana la jefatura de Gabinete y el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat confirmaron que trabajaban en una extensión del decreto.

Además, según pudo saber que se alarga el plazo para pagar las deudas de alquileres de 6 a 12 meses.

“La medida vigente que vence el próximo 31 de enero recae sobre los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados. Asimismo establece también la extensión de los contratos de locación cuyo vencimiento haya operado desde el 20 de marzo de 2020″, destacaron fuentes oficiales.

El congelamiento de los alquileres se dispuso en marzo del año pasado, en el marco de varias medidas de alivio del impacto económico de la pandemia. El primer decreto (320/2020) mantenía los precios vigentes a marzo hasta el mes de septiembre de 2020. Luego, un segundo decreto (766/2020) prorrogó la medida hasta fines de enero de este año.

Una vez vencido el congelamiento, está previsto que los inquilinos puedan pagar en cuotas (al menos tres y como máximo seis) las diferencias entre lo que pagaron durante la vigencia del decreto y el valor estipulado en los contratos. Si no se hubieran anunciado cambios, la primera de esas cuotas debería haberse pagado en febrero de 2021.

El decreto que aún está vigente no suspendió la indexación en el pago de alquileres. Por lo tanto, en estos meses se acumuló una deuda que se deberá saldar al final del congelamiento. Sin embargo, los propietarios podrán aplicar intereses compensatorios, pero no podrán aplicar intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.

Desde Inquilinos Agrupados manifestaron su preocupación en el caso de que el Gobierno finalmente decida extender el congelamiento solo por dos meses. “Es la confirmación de cientos de miles de familias desalojadas en breve. Mientras los países suspenden desalojos hasta septiembre y brindan ayuda económica para saldar las deudas de alquileres, aquí se toman medidas cortoplacistas. A más de seis meses no se han reglamentado varios artículos de la ley de alquileres, no hay control de su cumplimiento ni una campaña de difusión de derechos”, señaló Gervasio Muñoz, representante de Inquilinos Agrupados.

La entidad que agrupa a los inquilinos analiza una convocatoria a Plaza de Mayo para reclamar por un plazo más largo de extensión de la medida.

Por otro lago, el Colegio Profesional de Corredores Inmobiliarios de la ciudad de Buenos Aires (Cucicba) se manifestó en contra de la extensión del congelamiento. “Los corredores vemos con preocupación las diversas medidas oficiales que dificultan el normal funcionamiento del sector y reafirmamos nuestra postura a favor de la libertad de mercado”, señaló Marta Liotto, vicepresidenta del colegio.

“El sector de los alquileres viene sufriendo no solo a causa del congelamiento, sino también por la sanción de la ley que regula los contratos. Políticas como el congelamiento solo sirven para desincentivar la oferta de inmuebles para alquileres de vivienda, generando, en última instancia, un perjuicio para los propios inquilinos. A esto se suma que el mercado de compraventa también se encuentra en estado crítico, lo que implica un empeoramiento de la actividad inmobiliaria”, agregó Liotto.

Según una encuesta publicada por la Federación de Inquilinos, el porcentaje de ingresos que destinaron las familias al pago del alquiler en diciembre de 2020 fue de 56,1%, esto representa 5 puntos porcentuales más con respecto a noviembre. En tanto, el endeudamiento asciende al 39,9% de los inquilinos, cerca de 1,4 millones de hogares.

Con todo, los resultados reflejaron una alta incertidumbre entre los inquilinos consultados: 39,6% no sabe adónde irá a vivir en los próximos meses y el 19,7% tendrá que mudarse.

Fuente: Infobae

El Gobierno nacional reglamentó este miércoles el Régimen Legal del Contrato del Teletrabajo, aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado, que regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.

La reglamentación de la ley 27.555 fue publicada en el Boletín Oficial a través del decreto 27/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo establece que «las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular».

Tampoco «en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional».

En tanto, en el anexo publicado este miércoles, se detalla que los artículos 2°, 3° y 4° vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral quedaron sin reglamentar.

El artículo 5°, referido al derecho a la desconexión digital, precisa que cuando «la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral».

«En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)», dice la normativa y aclara que «no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión».

«Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos», puntualiza el texto.

En cuanto a las tareas de cuidado, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, «deberá comunicar en forma virtual y con precisión» el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza.

«En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva», agrega el artículo 6°.

Respecto de la reversibilidad, deberá «ajustarse a los deberes impuestos en los artículos 9º y 10° del Código Civil y Comercial de la Nación y 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo».

«Recibida la solicitud de la persona que trabaja, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador o la empleadora deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación del o de los establecimientos al momento del pedido», según el artículo 7°. En ningún caso dicho el plazo podrá ser superior a 30 días.

«A los efectos de evaluar la imposibilidad de cumplir con esta obligación se tendrá especialmente en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en que se dispuso el cambio de la modalidad presencial hacia la modalidad de teletrabajo», añade el decreto.

Por otra parte, los empleados que hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral «no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los Convenios Colectivos del Trabajo o en los contratos individuales».

Sobre la provisión de elementos de trabajo, se remarca que «no es remuneratoria, lo cual se extiende a la compensación de gastos, aún sin comprobantes» por lo que «no integran la base retributiva para el cómputo de ningún rubro emergente del contrato de trabajo, ni contribuciones sindicales o de la seguridad social».

Además, en ambos casos, siempre y cuando la relación entre ambas partes «no se encuentre abarcada en el ámbito de aplicación de una convención colectiva», puedan acordar entre ellas las pautas para su determinación.

En tanto, el artículo 13°, sobre la representación sindical, sostiene que «en los casos en que se pacte la modalidad de teletrabajo al inicio de la relación, aquella debe llevarse a cabo previa consulta con la entidad sindical».

Y añade que la representación de quienes antes prestaban servicios presenciales continuará siendo en el establecimiento laboral.

De esta forma, durante los fines de semana habrá una hora más para circular.

Como adelantó Red43, la Municipalidad de Esquel adhirió al Decreto Provincial que establece los horarios de circulación permitidos en el marco del crecimiento de casos de Covid.

Cabe recordar que por una resolución municipal, emitida antes de que se conozca la normativa de provincia, el horario de restricción era entre las 00 y las 06 todos los días. Sin embargo, a partir de ahora ese franja se mantendrá de lunes a jueves.

Los fines de semana la circulación se permitirá durante una hora más y la limitación arrancará a la 01. Quedan exceptuadas las personas que ejercen trabajos esenciales.

Lo afirmó el secretario de Gobierno, Maximiliano Sampaoli, luego de que el Municipio definiera adherir recién el 11 de eneroal DNU que restringe la circulación nocturna y establece un límite máximo de 10 personas en los encuentros sociales.

“Si bien el gobierno provincial anunció la aplicación de este decreto, nosotros informamos al vicegobernador que Comodoro va a adherir recién el lunes a los efectos de poder informar a todos los sectores que deben acatar esta decisión tomada por el gobierno nacional para intentar bajar la cantidad de contagios en todo el país”, explicó Sampaoli.

El Gobierno del Chubut adhirió al decreto nacional firmado por el presidente de la Nación, Alberto Fernández y, de esta manera, se restringirá la circulación de lunes a jueves desde las 00 horas hasta las 06 horas; mientras quedesde el viernes hasta el domingo no se podrá circular desde las 01 hasta las 06 horas.

En nuestra ciudad el DNU comenzará a regir a partir del lunes 11 de enero a la noche, es decir entre la medianoche de ese día y la madrugada del martes. “Ya informamos a FEHGRA, los restaurantes y el resto de los lugares que hasta el momento podían funcionar más allá de ese horario. Justamente para que puedan reorganizarse definimos esperar hasta el lunes para aplicarlo en Comodoro”, comentó el secretario.

Quedarán exceptuados del cumplimiento de esta medida todos los trabajadores esenciales. El resto de la comunidad tendrá solo media hora de tolerancia para circular hacia sus viviendas o hasta el lugar de trabajo fuera del horario establecido.

En adhesión al decreto, las reuniones familiares estarán restringidas hasta un máximo de 10 personas participantes.

El decreto permanecerá vigente hasta el 1 de febrero, con posibilidad de prorrogarlo en caso de que el Poder Ejecutivo provincial lo considere, luego de evaluar el efecto de la medida que pretende parar el aumento de los contagios que se dieron en el último mes.

Fuente: Prensa Municipalidad de Comodoro Rivadavia

El Gobierno del Chubut adhirió al decreto nacional firmado por el presidente de la Nación, Alberto Fernández, mediante el cual se recomendó a las provincias limitar la circulación de las personas en horario nocturno y en nuestra provincia esa limitación regirá de lunes a jueves desde las 0 horas hasta las 6 horas, y viernes, sábado y domingo desde las 01 hasta las 06 horas.

En tanto, se podrán realizar reuniones familiares con hasta un máximo de 10 personas participantes.

El Decreto de Necesidad y Urgencia es el número 04/2021 y fue firmado por el vicegobernador Ricardo Sastre, a cargo del Ejecutivo Provincial, en acuerdo general de ministros.

La limitación a la circulación nocturna estará vigente hasta el próximo 1° de febrero y dicho plazo podrá ser prorrogado por el Gobierno del Chubut.

El horario habilitado para circular se dispone en el artículo 2° de la norma, y se fija “una tolerancia de media hora para transitar a los fines de dirigirse a los lugares de actividad o retornar a los lugares de residencia”.

Queda exceptuado del cumplimiento de la restricción horaria de circulación “el personal afectado” a actividades esenciales.

Las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios profesionales, servicios domésticos y de cuentapropistas son alcanzadas por la restricción horaria.

En tanto, están exceptuadas de la limitación horaria “las farmacias, estaciones de servicio y demás actividades esenciales que tengan un horario de desarrollo diferente al establecido en la presente, como así también las personas afectadas a las mismas”.

El artículo 7 expresa que las normas contendidas “constituyen estipulaciones máximas” y define que “las autoridades locales, en el ámbito de su competencia y jurisdicción, y bajo su exclusiva responsabilidad podrán dictar aquellas reglamentaciones complementarias que consideren necesarias a los fines de adecuarlas a las características demográficas, geográficas y sociales de sus jurisdicciones; como así también, podrán efectuar las restricciones que consideren pertinentes en atención a las particularidades de su jurisdicción y, eventualmente, suspender la autorización que se confiere o dejarla sin efecto, con el fin de proteger la salud pública de cada localidad. Todo ello sin exceder el marco normativo impuesto por el DECNU nacional 1033/20, su decreto reglamentario 04/2021, o el que en el futuro lo reemplace”.

Fuente: Red 43

El ministro de Salud de Chubut, Fabián Puratich, confirmó que la Provincia del Chubut adherirá al Decreto nacional que impondrá el toque de queda sanitario. “La decisión que tenemos nosotros como Provincia es avalar la decisión que se tome a nivel nacional. Debemos tomar decisiones para proteger a las personas porque el crecimiento de casos positivos es muy importante”, sostuvo.

En este sentido, señaló que “la decisión que tenemos nosotros como Provincia es avalar la decisión que se tome a nivel nacional. La situación es igual en toda la Argentina no solamente en la Provincia del Chubut”.

“Todos los Gobernadores opinaron de la misma forma. Se trabajó de forma conjunta”, dijo en diálogo con FM La Petrolera 89.3 MHz.

Asimismo, aclaró que “estamos esperando el Decreto Nacional para adherir. La idea es que se aplique entre 10 y 14 días”.

“El Decreto entrará en vigencia de forma simultánea. Debemos tomar decisiones para proteger a las personas porque el crecimiento de casos positivos es muy importante”, concluyó finalmente Puratich.

El ministro de Salud de Chubut, Fabián Puratich, anticipó ayer lunes que se trabaja en el próximo decreto provincial que se regirá en el marco de la cuarentena. Y explicó que la idea es avanzar “con los cuidados para tratar de tener una normalidad y convivencia con este virus para poder seguir avanzando».

Asimismo, anticipó que la restricción de circulación en Comodoro y Rada Tilly ya no regirá los domingos, y se habilitará pero solo con terminación del DNI. “Hacemos un llamado a la responsabilidad social e individual porque la idea marco de esa restricción era evitar las reuniones sociales que se llevan adelante los fines de semana», manifestó en Actualidad 2.0.

Al respecto, el intendente Juan Pablo Luque indicó que ayer mantuvo conversaciones con el gobernador Mariano Arcioni, el ministro de salud Fabián Puratich y el ministro de Gobierno, José María Grazzini: “Nos hemos puesto de acuerdo que a partir del próximo decreto se mantendrán las actividades ya habilitadas”, dijo.

Y explicó que se “se va a poder volver a circular los domingos para hacer actividad física, para salir a caminar al aire libre, según los documentos pares e impares. Se va a poder volver a disfrutar del aire libre”, aclaró.

Cabe recordar que la restricción de circulación seguirá rigiendo por terminación par del DNI los días de fechas pares (por ej: lunes 2, miércoles 4); y DNI impar los días impares (por ej: domingo 1°, martes 3).

Asimismo, Luque adelantó que “se pidió que se incluya la posibilidad de ampliar la capacidad para la presencia en los cultos e iglesias hasta un 30%, que es lo mismo que está habilitado en bares y restaurantes”, manifestó a Radio Del Mar.

El Comité de Crisis de Gaiman se reunió de manera online este viernes y determinó la adhesión de la localidad al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 983/20 emitido el miércoles por el Gobierno del Chubut.

El mencionado DNU establece medidas de prevención del COVID-19 vigentes hasta el próximo 26 de octubre a la hora cero para las localidades que permanecen en Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).

De esta manera, las disposiciones son las siguientes:

– La circulación está permitida sin consideración de la terminación del DNI.

– El horario máximo de circulación permitido es el de las 21,30, quedando exceptuado el personal esencial, así como las urgencias con su debida justificación.

– La actividad comercial tendrá como horario máximo el de las 21 horas, salvo las farmacias, veterinarias, estaciones de servicios y kioscos, que no tienen límite horario.

– Los locales gastronómicos pueden permanecer abiertos hasta la hora cero, siempre y cuando los concurrentes cuenten con reservas.

– Las actividades de esparcimiento quedan permitidas, tomando todos los recaudos de prevención necesarios.

– Los gimnasios están habilitados para funcionar con todos los protocolos ya previstos en las legislaciones anteriores.

– Las reuniones familiares y sociales permanecen suspendidas mientras la situación epidemiológica así lo determine.

– También permanecen suspendidas las actividades al aire libre con más de diez personas.

– No se encuentra habilitada la práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los y las participantes.

– Se autoriza la asistencia a lugares de culto siempre que no supere las 10 personas de manera simultánea. Superada esa cantidad de personas, los encuentros deberán realizarse de manera online o cualquier otra modalidad no presencial.

– Los vehículos, cualquiera sea su índole no podrán circular con más de 2 ocupantes en el interior de su cabina; salvo motivos de urgencia o fuerza mayor, o razones debidamente justificadas. Desde el Comité de Crisis se indicó que durante el fin de semana se realizarán controles en la vía pública, así como en establecimientos comerciales. Y se volvió a solicitar la máxima responsabilidad individual y social para prevenir la proliferación de contagios del COVID-19, en el contexto de una creciente cantidad de casos positivos en todo Chubut, y en Gaiman en particular, en las últimas semanas. En este sentido, y en vísperas del Día de la Madre, que se celebra el domingo, se pidió a los vecinos que tengan en cuenta las medidas, que recuerden la suspensión vigente de las reuniones familiares y sociales, y que lleven adelante todas las acciones preventivas para el cuidado individual así como de los integrantes de cada familia.

El ministro de Salud de Chubut, Fabián Puratich descartó volver a Fase 1 en Chubut.Pese al decreto nacional que indicaba que los departamentos de Escalante y Biedma debían volver a Fase 1, el lunes a la noche el ministro de Salud de Chubut, aseguró: «Me veo en la necesidad de aclarar algo, que dos departamentos de la provincia vuelvan al Aislamiento Social Obligatorio (ASO) no implica fase 1. El ASO tiene 4 fases y volver a este status no implica fase 1».

Puratich explicó que el decreto nacional “en ningún lado dice que algún lugar vuelve a fase 1”, sino que establece que por la situación epidemiológica, las localidades pasan del distanciamiento al aislamiento social y obligatorio “que tenía cuatro fases”.

Y confirmó que “mañana (miércoles) saldrá un nuevo decreto vigente, donde vamos a ordenar las nuevas medidas pero en ningún momento nadie habló de volver a fase 1”, dijo. Mientras explicó que se tiene en cuenta muchas variables, como duplicación de casos, ocupación de camas de terapia intensiva, “que indican que hay que estar en aislamiento”.

Asimismo, el ministro indicó que en Chubut “ya tenemos una estrategia de cómo ir avanzando con las actividades”, y si bien el decreto solo da un marco normativo, aclara que en las localidades con menos de 500 mil habitantes las autoridades provinciales son las que tiene la decisión de la toma de la medida. “No es algo que hayamos planteado, la Fase 1 hoy. No es algo de lo que se ha hablado o planteado en esta situación”, aclaró a FM Del Viento.

Por último, detalló que localidades como Comodoro y Puerto Madryn “prohibimos (en el decreto publicado el 1° de octubre) una serie de actividades que vamos a revisar, pasaron esos 14 días que necesitábamos”; y además se implementó el Plan Detectar, por lo que señaló que “vamos a evaluar las medidas que se tomaron para este nuevo decreto”, puntualizó.