El senador chubutense explicó que la iniciativa, que reincorpora una figura derogada por la última dictadura cívico–militar, “busca una reivindicación histórica que permita darle un mayor énfasis al reconocimiento de que el salario concertado en negociaciones colectivas es indisponible a la baja, y siempre será la mínima remuneración que pueda percibir un empleado encuadrado en la convención colectiva de que se trate”.
Al respecto, Pais explicó que cuando el salario no estuviese fijado por negociación colectiva o por un acuerdo entre partes, “su cuantía será determinada por los jueces ateniéndose a la importancia de los servicios y demás condiciones en que se presten los mismos, el esfuerzo realizado y a los resultados obtenidos”.
A su vez, el legislador chubutense diferenció el “salario mínimo profesional” del “salario mínimo vital” y aclaró que “el mínimo profesional determina la remuneración por categoría profesional de la actividad o empresa que corresponda, es decir la menor retribución que deban percibir los trabajadores allí encuadrados; mientras que el mínimo vital es aplicable a cualquier trabajador y en nuestro ordenamiento jurídico es el salario mínimo vital y móvil, acordado en el Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil”.
En este sentido, Pais reiteró la necesidad de reincorporar el concepto de salario mínimo profesional a la legislación laboral, y consideró que “la desaparición de este término en la Ley de Contrato de Trabajo tuvo como objetivo achatar el salario en la negociación colectiva, por lo que con su restablecimiento pretendo asegurar la congruencia entre lo establecido por nuestra Constitución, propiciando equidad y justicia social, en un contexto de respeto a la dignidad del trabajador”.
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