En horas de la mañana del martes se concretó en sede de los tribunales del barrio Roca de Comodoro la audiencia, solicitada por la defensa, de revisión de la prisión preventiva para la coimputada Lilian Campos. El defensor presentó un Informe Social y solicitó el arresto domiciliario de su asistida. En tanto que la funcionaria de fiscalía requirió se rechace dicho planteo y se confirme la prisión preventiva que le fuera dictada a la imputada. La audiencia de revisión se realiza en el marco de la investigación del ilícito contra la vida de Valeria Vivar, acontecido el pasado 24 de enero de 2016, que tiene como imputados a Héctor Gallardo y Lilian Campos, madre e hijo.
Presidió el acto Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público fiscal asistió Eve Ponce, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Campos fue ejercida por Mauro Fonteñez, abogado particular de la misma.
En un primer momento el defensor oralizó un Informe Social en el domicilio de la imputada, solicitando que se sustituya su prisión preventiva por un arresto domiciliario en dicha vivienda. Fundando su pedido en el principio de inocencia que goza su asistida y el derecho a la salud. El estado de angustia que padece y la necesidad de continuar con un tratamiento psicológico abonan la necesidad de permanecer en su domicilio. El propio arresto domiciliario deviene en un encarcelamiento y sería propicio en pos de la salud de la imputada Campos.
En contraposición la representante de fiscalía se opuso a lo planteado por el defensor. Aduce el estado de salud de su asistida. La profesional que la atendió refiere que la ansiedad y los dolores de cabeza que refiere la imputada son en personas que se encuentran en ámbitos carcelarios. Refiere que Campos debería continuar con su tratamiento psicológico, pero que dicho tratamiento puede llevarse a cabo dentro de un lugar de detención. La fiscalía entiende que la medida de coerción que padece Campos debe mantenerse ya que la causa fue elevada a juicio, y la pena en expectativa para ella es de prisión perpetua y la calificación alternativa de diez años de prisión; cualquiera de las dos será de efectivo cumplimiento. Es decir se presume el peligro de fuga, argumentó la funcionaria de fiscalía. Existen elementos de convicción para tenerla como protagonista del hecho y es un hecho grave. También existe el peligro de entorpecimiento ya que puede influir sobre testigos.
Finalmente la jueza penal resolvió mantener la medida de coerción que pesa sobre la imputada Campos, no se ha discutido la gravedad del hecho, ni el peligro de entorpecimiento. No hay que olvidar que la imputada participó de la simulación de un suicidio, donde intervino uno de sus hijos en la realización del hecho y en la simulación del suicidio. Esto impide morigerar la medida de coerción por una menos gravosa porque no existen garantías que Campos no pueda incidir sobre testigos. Asimismo el Informe social presentado por el defensor no alcanza para neutralizar el peligro de entorpecimiento, concluyó la jueza.