El proyecto presentado por el concejal Sebastián Curtale (PJ) en agosto del año pasado y que fuera aprobado en la décimo primera sesión del pasado miércoles, finalmente fue promulgado por la intendente Municipal de Rawson, Rossana Artero, con el N° 7910, el viernes pasado, creando así el «Programa de Biodigestores Comunitarios y Domiciliarios cuyo objeto será la difusión, incorporación e implementación de los procesos de biodigestión a través del uso de biodigestores en hogares y en aquellas actividades sociales e institucionales que utilicen como uno de sus insumos al gas envasado en garrafa, gas licuado y/o natural”, reza el artículo primero de la norma.
Objetivos
El Programa de Biodigestores Comunitarios y Domiciliarios tendrá por objetivos:
– Reducir el volumen de residuos orgánicos dispuestos en vertederos, basureros y/o volquetes. (Función ecológica)
– Integrar el uso de esta tecnología socialmente aplicada en huertas familiares, comunitarias tanto para el mejoramiento del suelo como para la obtención y utilización del gas. (Función social)
Servicios públicos
El artículo tercero establece que, “el Programa será implementado bajo la coordinación de la Secretarla e Servicios Públicos de la Municipalidad de Rawson, repartición que podrá incorporar a diferentes reparticiones que se constituyan en agentes claves para la difusión de dicha tecnología o que puedan hacer más eficientes o sustentables proyectos que se desarrollen en consonancia – directa o indirectamente- con este programa”.
Y en el artículo siguiente, el cuarto, se dispone que, “la Secretaria de Servicios Públicos deberá remitir a este Concejo Deliberante una propuesta de tecnología a adoptar para la habilitación de biodigestores, como así también el correspondiente estudio técnico y de costos y las posibles fuentes de financiamiento para la instalación del proceso seleccionado”.
Son requisitos también, lo detallado en el artículo quinto, respecto que, “junto con el estudio técnico se deberá incluir:
– Dimensiones de los terrenos que se requieran para instalar los biodigestores de acuerdo a la capacidad que se les asigne.
– Medidas de seguridad que se estimen necesarias para su implementación.
– Medidas a contemplar para la disposición final de los residuos no recuperables de los biodigestores.
Difusión
La norma sancionada, que lleva la firma del presidente del Concejo Deliberante, Daniel Boillos y del Secretario Legislativo, Mauro Martínez Holley establece que, “el PEM deberá llevar adelante una Campaña Informativa sobre los biodigestores en coordinación con Instituciones Educativas, ONGs, Fundaciones Ecologistas y Medioambientales a los fines de comunicar las características y los beneficios que supone la utilización de dicha tecnología”.
Luego se fija que, “el Poder Ejecutivo Municipal determinara la incorporación progresiva como beneficiarias del Programa a familias y/o instituciones previa evaluación técnica”.
Y finalmente se le asigna la responsabilidad a la Municipalidad de Rawson para “gestionar ante Organismos Nacionales e
Internacionales, Empresas Privadas, Fundaciones y ONG la obtención de los aportes técnicos necesarios y los recursos económicos-financieros que demande la obtención y/o construcción de los llamados biodigestores.
Fundamentos
Con los “Biodigestores Comunitarios y Domiciliarios”, se podrá, aprovechando los residuos orgánicos, producir un gas denominado Biogás, el cual deja además como subproducto, un abono natural con características similares al humus que se puede utilizar como fertilizante o mejorador del suelo.
Este Combustible biológico o combustible renovable puede sustituir al gas de petróleo facultando el funcionamiento de cocinas, calefones, termotanques, producción de electricidad, etc. con un menor impacto ambiental.
Advierte seguidamente que “para llevar adelante la transformación de basura en energía se precisa de un Biodigestor. Dispositivo en el que se llevan a cabo los procesos de transformación de la materia orgánica para la obtención del biogas”.
Describe que, “el biodigestor es una tecnología sencilla que no requiere de inversiones cuantiosas. Se trata de un contenedor
cerrado, hermético e impermeable (reactor) dentro del cual se deposita el material orgánico a fermentar (básicamente excrementos de animales y desechos vegetales) en determinada solución de agua para que se descomponga y se produzca el gas metano y fertilizantes orgánicos, ricos en nitrógeno, fosforo y potasio”, detalla.
Beneficios
Cita la ordenanza como antecedentes que algunas provincias y ciudades argentinas han tomado las experiencias arrojadas por
países de Europa y Asia, por lo que han puesto en marcha proyectos similares dándoles múltiples beneficios. Cita que Fundación Proteger los detalla: a) Cumple funciones ecológicas como el reciclado de residuos orgánicos; b) Mejora las condiciones de higiene y salud al reducir los olores y la existencia de vectores como ratas, gusanos y moscas; c) Reduce el volumen de basura dispuesto en vertederos, basureros y/o volquetes; d) Facilita la economía de las comunidades rurales y de los habitantes de los barrios periféricos de las medianas y grandes ciudades; e) Permite integrar esta tecnología con huertas
familiares, comunitarias y con el mejoramiento del suelo para cultivos a través de la obtención del abono orgánico como uno de los productos de la bio-digestión.