Un caso aparte en el contexto de los incumplimientos en los plazos legales del pago de salarios está dado por el registro de padres alimentantes dentro del grupo de empleados estatales. Provincia retiene de sus haberes los montos correspondientes, pero luego demora varios días, incluso semanas, en ponerlos a disposición de los menores.
En cada uno de los casos que la pensión alimentaria recibió homologación judicial (por acuerdo de partes o sentencia), el Estado provincial es “solidariamente responsable” del pago de alimentos: en su carácter de empleador retiene directamente el monto que debe descontar por este concepto de los haberes de cada padre con obligaciones alimentarias.
Provincia es además quien arbitra los medios para que ese monto retenido sea depositado o transferido a la cuenta bancaria que involucra a los niños o adolescentes cuyo interés “superior” se protege con este tipo de medidas.
En el caso de Chubut, la fecha de pago a estatales y la de cobro efectivo de la pensión alimentaria difiere en varios días, semanas incluso. “Cuando reclamas te dicen que el plazo legal de pago se cumple con el trabajador, y que con los alimentos pueden tomarse cinco días hábiles más”, relata Silvina, mamá de dos niños que el 17 de julio todavía no había percibido el porcentual de alimentos correspondiente al SAC -que provincia abonó el 2 de julio- , y mucho menos el proporcional de haberes que al padre de los niños se le acreditó el 13, con los alimentos ya retenidos.
MAS GRAVE AUN
La situación se agrava para las madres que viven en centros poco poblados que deben transportarse hasta la sucursal bancaria más cercana a consultar saldos en vano durante varios días, o que ni siquiera disponen de un contacto para hacer el reclamo ya que los pagos de haberes están centralizados en cada dependencia de Rawson, donde varias veces los teléfonos suenan sin respuesta, o con señal de fax en el mejor de los casos.
Cuando se logra ese contacto, la respuesta varía desde los 5 días adicionales -incongruentes con el Código Civil- a rechazos o “rebotes” de las transferencias desde el Banco Chubut.
En un contexto económico crítico para la Provincia, donde cada día de retraso en el pago de haberes tiene correlato positivo en los intereses “ganados” sobre los plazos fijos provinciales, la incidencia de las pensiones alimentarias no es nada despreciable si se tiene en cuenta que afectan entre el 25% y el 30% (hasta el 40% en algunos casos) de la masa salarial neta de todos los padres alimentantes.
Lo que se pierde de vista con la mecánica de pago de haberes tardíos que lleva más de un año en Chubut -máxime cuando muchos recuerdan aun los audios trascendidos del exministro Sergio Mamarelli apostando a que “la inflación se come los aumentos y la masa salarial”- es que no solo se afecta el derecho de los trabajadores, sino en mayor medida los de los niños.
La decisión -política o económica- que se dicte en un proceso en que están involucrados niños o adolescentes, debe tener en cuenta el interés superior de esas personas.
Una vez notificado el empleador de la orden del juez, no puede omitir ni dilatar su efectivización, ya que en caso de incumplimiento deberá responder solidariamente.
Así lo ha entendido el legislador al establecer en el artículo 551 del CCCN: “Es solidariamente responsable del pago de la deuda alimentaria quien no cumple la orden judicial de depositar la suma que debió descontar a su dependiente o a cualquier otro acreedor”.