Causas Embrujo y Revelación

Ratificaron la condena para Chito Alarcón por el “doble sueldo”

La Cámara Penal ratificó la condena por Fraude a la Administración Pública. Se suma a la que ya tiene por Enriquecimiento Ilícito. Si quedan firmes iría a prisión.

La Cámara Penal de Esquel confirmó en todos sus términos la sentencia que condenó a dos años y ocho meses de prisión a Oscar “Chito” Alarcón por el cobro del doble sueldo entre el 10 de Diciembre de 2015 y el 28 de Febrero de 2018, como empleado de Planta Permanente de la Municipalidad de Trevelin y como funcionario del área de Protocolo del Estado Provincial.

El delito es Fraude a la Administración Pública en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Vale destacar que Alarcón registra otra condena por enriquecimiento ilícito registrada en noviembre del año 2019. Los jueces Mirta Moreno, Sergio Piñeda y Marcelo Nieto Di Biase dispusieron aplicar el máximo pedido por los fiscales; cuatro años y medio de prisión además de inhabilitación absoluta perpetua.

Por otra parte impusieron una multa del 100% del valor del enriquecimiento y a esto se suma el decomiso de todos los bienes.

Vale destacar que por el monto de la pena el cumplimiento debe ser de prisión efectiva, de todas maneras ante la apelación realizada por la defensa aún no se registrará tal situación .

¿Por qué fue condenado Alarcón?

“En el período comprendido entre el 10 de Diciembre de 2015 y el 28 de Febrero de 2018, en el Municipio de Trevelin, en circunstancias en que el encartado Oscar Roberto Alarcón, empleado municipal, quien se hallaba adscripto a legislatura, a través del Decreto Provincial Nº11/2015, es nombrado para desempeñar un cargo de Director General de Protocolo y Ceremonial de la Provincia a partir del 10 de Diciembre de 2015, omitiendo informarlo en el mencionado Municipio en el que se desempeñaba como empleado público integrante de planta permanente, en pleno conocimiento del deber de denunciar que le impone la normativa vigente (Arts. 67 segundo párrafo de la Constitución Provincial, Art. 14 y 20 de la Ley I Nº231 – Ética de la Función Pública).

“La tesis de la acusación señala que este ardid le posibilitó la doble percepción de haberes en perjuicio patrimonial de la municipalidad, desde la fecha de su nombramiento hasta el día 28 de Febrero de 2018, fecha en que lo informó y solicitó licencia política (Art. 36 de la Ordenanza 35/95 del HCD – Estatuto Municipal) para continuar el desempeño del cargo provincia. Para la fiscal, con esta omisión, incumplió además los deberes legales derivados del cargo.

“El monto percibido indebidamente por Alarcón ascendería a la suma de 711.448,37), comprensivo de los conceptos de haberes ($ 703.149,17) y asignaciones familiares ($ 8.299,20), conforme liquidación efectuada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, cuantificando la magnitud económica de los perjuicios”

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