La AFIP dispuso una serie de medidas de alivio para personas y empresas de las localidades de la Patagonia a afectadas por los incendios forestales, entre ellas, la prórroga por 120 días de los vencimientos de distintos impuestos, como IVA, Ganancias y Bienes Personales, informó este lunes el organismo tributario.
Los beneficios que serán oficializados a través su publicación en el Boletín Oficial contemplan también la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales.
Plazo especial para presentación y pago de saldos resultantes de las declaraciones juradas y anticipos por 120 días: la AFIP «considerará cumplidas en término las obligaciones con vencimientos de marzo a junio siempre y cuando se efectivicen en los plazos adicionales establecidos por la normativa», indicó el ente conducido por Merceces Marcó del Pont.
Según precisó, la medida alcanza a los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes personales, IVA, del fondo para la educación y promoción cooperativa, así como las correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al monotributo.
«Los contribuyentes alcanzados podrán cancelar las obligaciones prorrogadas a través de un plan de facilidades de hasta 48 cuotas», puntualizó.
Suspensión de intimaciones de promoción de ejecuciones fiscales y traba de medidas cautelares por 120 días: Cuando se trate de medidas iniciadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la normativa de la AFIP, los procedimientos serán paralizados y en caso que se hubiere trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, la dependencia interviniente arbitrará los medios para el levantamiento de la respectiva medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente.
Suspensión desde el 1 de abril hasta el 21 de julio de 2021, inclusive, la caducidad de los regímenes de facilidades de pago: La Afip explicó que «al finalizar el plazo establecido los contribuyentes deberán proceder a rehabilitar las cuotas no ingresadas.
«Los contribuyentes alcanzados por estos beneficios podrán visualizar la leyenda “Emergencia y/o Desastre Ígneo”, dentro del “Sistema Registral” al que se accede con clave fiscal. Quienes no cuenten con dicha caracterización podrán solicitar los beneficios hasta el 30 de abril de 2021, inclusive, a través del servicio “Presentaciones Digitales”, puntualizó.
Fuente: Diario Web