Se niegan a abonar el Fondo Ambiental Pesquero, que establece un canon por cajón de langostino. Los sindictos acordaron parar la actividad e incluso, no habrá carga ni descarga en general en los puertos. Hay cuarto intermedio hasta las 19:00.
El conflicto en la pesca se agudizó. A las 12:30 se había convocado en Rawson a los sindictos y cámaras pesqueras, quienes estaban rechazando la puesta al cobro efectiva del FAP desde este martes 16 de agosto, por disposición de la Secretaría de Pesca, a partir del dictamen de la Fiscalía de Estado que consideró que la ley está vigente, y debe cobrarse.
Estuvo presente el secretario de Pesca provincial, Gabriel Aguilar; y el intendente de Rawson, Damián Biss. El funcionario provincial insistió que «esta norma está vigente» y no pueden hacer otra cosa que cumplirla y, en todo caso, si hay cambios deben pasar por la Legislatura.
Los sindictos decretaron el paro general, incluso el SUPA confirmó que la medida afectará al aluminio hasta tanto se solucione el conflicto pesquero. La medida fue tomada por la flota fresquera y congeladores.
El responsable de Pesca propuso continuar con la reunión mañana, pero los gremios y empresarios se negaron. Quieren hablar con el gobernador y diputados. Es por ello que rige un cuarto intermedio hasta las 19:00 a la espera que Mariano Arcioni este presente esta tarde.
FUERTE RECHAZO
Las Cámaras firmantes manifestamos nuestro profundo rechazo al intento de aplicación por parte de la Provincia del Chubut, del FONDO AMBIENTAL PESQUERO (FAP).
Las leyes y decretos que regulan el llamado “Fondo Ambiental Pesquero» (Ley I-620) y cualquier otra norma que imponga abonar por la descarga de productos pesqueros en puertos de la Provincia de Chubut, son INCONSTITUCIONALES por ser las mismas violatorias de lo dispuesto en los arts. 9, 10, 11 y 12 de la Constitución Nacional que expresamente prohíben la imposición de impuestos o tasas que impidan la libre circulación de productos en todo el territorio nacional, la creación de aduanas interiores, el establecimiento de derechos de tránsito y la imposición de derechos a la producción de los buques que realicen sus tareas de pesca en el Mar Argentino y obstaculizan la libre actividad comercial (arts. 14, 17 y 75 incs. 13 y 18 de la C. N)
Por todo ello, exhortamos a las Autoridades competentes a que reflexionen y se abstengan de ejercer cualquier acto o medida que pueda significar el intento de restringir el libre acceso a los puertos de la Provincia del Chubut, y de cualquier medida que se adopte que pueda impedir la libertad de trabajo y comercio.
Las mismas contribuyen a alterar la paz social, afectando la normal operatoria en el desarrollo de la zafra de langostino en aguas nacionales.-
Las Cámaras consideran que éste tipo medidas sólo generan un gran perjuicio a la actividad pesquera, en su conjunto, incluidas a la radicadas en la Provincia del Chubut, en un año complejo para la pesca y el país en el cual debemos sostener la actividad productiva y generadora de divisas.
ASOCIACION DE EMBARCACIONES DE PESCA COSTERA (AEPC)
CAMARA ARGENTINA DE ARMADORES DE BUQUES PESQUEROS DE ALTURA (CAABPA)
CAMARA DE LA INDUSTRIA PESQUERA ARGENTINA (CAIPA)
CAMARA DE FRIGORIFICOS EXPORTADORES DE LA PESCA (CAFREXPORT)
UNIÓN DE INTERESES PESQUEROS ARGENTINOS (UDIPA)