Se formalizó la investigación por un hecho inusual. La titular de la Comisaría de la Mujer de José de San Martín, es investigada en relación a una detención realizada el 13 de marzo de este año. La persona detenida fue llevada a audiencia de control y en base a las actuaciones policiales esa detención fue declarada legal. Sin embargo, con posterioridad, surgieron elementos que ponen en duda la veracidad del contenido del acta de aprehensión.
Entre otros elementos reunidos, la Fiscalía cuenta con una filmación del procedimiento en el que un hombre fue notificado de una exclusión del hogar y prohibición de acercamiento, dispuesta por el juez de paz. Del procedimiento participaron dos empleados policiales y la titular de la Comisaría de la Mujer. De los tres intervinientes, el acta solo cuenta con la firma de la imputada, los otros dos empleados se habrían negado a rubricarla por no reflejar fielmente lo sucedido en el lugar.
El procurador Carlos Cavallo y la fiscal María Bottini, calificaron los hechos como constitutivos de detención ilegal, allanamiento ilegal, abuso de autoridad y falsificación de documento público.
La imputada participó de la audiencia vía telefónica desde la comisaría en la que presta servicios, patrocinada por la defensa pública. El juez de la carpeta es Jorge Criado.
Los hechos imputados
Fiscalía formalizó la investigación por dos hechos. El primero ocurrió el 13 de marzo de este año a las 19.05hs. aproximadamente, en el domicilio de un vecino de la localidad. La imputada fue al lugar acompañada de dos empleados policiales, en el móvil RI–1116, con la finalidad de notificar una exclusión del hogar y una prohibición de acercamiento dictada por el Sr. Juez de paz de José de San Martin. En este contexto, la denunciada, en ejercicio de sus funciones, procedió, en claro abuso de sus atribuciones, sobrepasando el límite para lo que estaba autorizada, a ingresar a la vivienda del denunciante, manifestando que lo hace “por orden del juez de paz”. El hombre permitió el ingreso y una vez adentro la oficial lo hizo poner de pie y lo detuvo por “desobediencia, lesiones, atentado y resistencia a la autoridad”, colocándole las esposas y procedió a su detención, sin mediar ninguna de las situaciones contempladas por el Código Procesal Penal para proceder de este modo. El detenido fue trasladado a la Comisaria Dtto. José de San Martin, y permaneció allí hasta el día siguiente cuando se realizó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación.
El segundo hecho, tuvo lugar el 14 de marzo, a las 18.57hs. aproximadamente, en circunstancias que la titular de Comisaria de la Mujer de la localidad de José de San Martin, confeccionó un acta por la detención llevada a cabo el día anterior y la suscribió, luego de plasmar en ella que al querer notificarlo, el hombre “comienza a exigir que nos fuéramos del lugar ya que él no se notificaría de nada, a lo cual se le solicita que se tranquilice… responde de manera negativa refiriendo que no firmaría ningún papel, y que no se iría, ya que esa era su casa… yo no me voy a ir de acá y por su bien le recomiendo que se vayan o van a tener problemas… nuevamente le doy la orden que se retirara del lugar, haciendo caso omiso a la directiva impartida, para luego tomarme por sorpresa de ambos brazos (a la altura de las axilas) y con fuerza tirarme hacia atrás. Esto provocó que golpeara con mi cuerpo con la pared (sin revoque fino) logrando apoyarme con los codos para no perder el equilibrio, ante esta agresión, procedo de forma inmediata a la aprehensión, resistiéndose a la misma, llevando sus manos hacia arriba para evitar que se le colocaran las esposas de seguridad, luego se aferró a una silla por lo que utilizando la fuerza mínima se procedió a su demora…” Sostiene el escrito fiscal que todo lo encomillado es un extracto de la extensa acta, no se condice, con lo realmente ocurrido y que fuera comprobado por este MPF.
El contenido del acta y sus dichos hicieron incurrir en error a un funcionario judicial y se procedió a detener de forma ilegal al hombre. Finaliza la descripción de los hechos realizada por los acusadores públicos indicando que, a efectos de dar legalidad a dicho acto, imparte la orden de suscribir la mencionada acta, por los dos empleados policiales que la acompañaban, pero, ante la falta de exactitud en lo allí insertado y considerando que era una orden ilegal, se negaron.
Fuente: Red43