La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los últimos recursos de la defensa de la expresidenta y de Lázaro Báez, y confirmó que el Tribunal Oral Federal N°2 podrá avanzar con la ejecución de los activos embargados.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes que el Tribunal Oral Federal (TOF) N°2, el mismo que condenó a Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez en la causa Vialidad, será el encargado de llevar adelante el decomiso millonario establecido en esa sentencia.
La resolución fue firmada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, quienes rechazaron los recursos de las defensas y ratificaron la competencia del TOF 2 para ejecutar el decomiso en conjunto con la fiscalía. La decisión impide que el caso pase al fuero civil, como había solicitado la defensa de la expresidenta, y mantiene el proceso en Comodoro Py.
Según el fallo, los condenados deberán responder solidariamente por el monto actualizado del decomiso, que asciende a $684.990.350.139,86. En su voto, el juez Hornos destacó que el decomiso del producto de un delito “se ha transformado en un eslabón central de la investigación penal” y que los magistrados tienen la obligación de confiscar tanto los bienes usados para cometer los hechos ilícitos como las ganancias que surgen de ellos.
Los argumentos del tribunal y del fiscal Villar
El fallo de Casación recordó que el decomiso constituye una medida penal derivada de la condena y no una acción civil resarcitoria. Su finalidad, explicaron los magistrados, es despojar a los responsables de los beneficios económicos obtenidos por el delito y restituirlos a la sociedad.
La resolución hizo lugar al pedido del fiscal Mario Villar, quien había solicitado mantener la causa en el ámbito penal y evitar nuevas dilaciones. Villar argumentó que el decomiso es “una herramienta del Estado para recuperar bienes vinculados a actividades ilícitas”, y aclaró que el planteo de Cristina Kirchner para llevar el expediente al fuero civil partía de “un error conceptual”, ya que no se trata de una indemnización ni de un reclamo patrimonial, sino de una sanción penal accesoria.
El representante del Ministerio Público también defendió el cálculo del monto decomisado, basado en la “manipulación ilícita de los procesos licitatorios” y en los sobreprecios de las adjudicaciones de obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015. “Todas estas circunstancias fueron objeto de investigación, juzgamiento y revisión hasta alcanzar la autoridad de cosa juzgada”, sostuvo.
Los cuestionamientos de las defensas de CFK
La defensa de la expresidenta había planteado la incompetencia del TOF 2, al considerar que la ejecución debía tramitar en el fuero civil y comercial federal, y además cuestionó el método pericial utilizado para actualizar la cifra. Según los cálculos de sus técnicos, el decomiso debía ser de 42 mil millones de pesos, aplicando la tasa pasiva promedio del Banco Central.
Sin embargo, Casación desestimó esos argumentos y ratificó que el tribunal oral actuó dentro del marco legal al utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) como criterio de actualización, al considerar que se trata de un método razonable y no arbitrario para preservar el valor real del beneficio ilícito frente a la inflación.
El juez Borinsky, en su voto, subrayó que la resolución “no vulnera las garantías invocadas ni comporta un exceso de jurisdicción”, y que se ajusta “a los principios que rigen la ejecución de penas pecuniarias”. Los magistrados también recordaron que la obligatoriedad del decomiso está prevista en el Código Penal argentino y en las convenciones internacionales contra la corrupción, de las cuales el país es parte.
La situación de los condenados
Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, por haber direccionado el 80% de la obra pública nacional en Santa Cruz hacia las empresas de Lázaro Báez entre 2003 y 2015. La exmandataria cumple prisión domiciliaria desde que la condena quedó firme en la Corte Suprema.
Por su parte, Báez tiene una condena unificada de 15 años por la causa Vialidad y por la denominada Ruta del Dinero K, también con sentencia firme. Su defensa había alegado que los bienes ya estaban cautelados en ese otro expediente ante el Tribunal Oral Federal N°4, pero Casación desestimó ese planteo.
Con esta resolución, el Tribunal Oral Federal 2 podrá avanzar junto a los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola en la ejecución patrimonial del decomiso, dado que los condenados no cumplieron con el pago voluntario. De esta manera, se habilita el proceso para que el Estado recupere los activos producto del fraude en la obra pública, uno de los fallos que más polémica trajeron de los últimos años en materia de corrupción en el ámbito político. Información extraída de Perfil.




