La Cámara Penal de Lago Puelo confirmó las condenas contra tres efectivos policiales de Chubut por el delito de vejaciones agravadas.
El fallo judicial, que quedó firme, establece penas de prisión en suspenso e inhabilitación especial para desempeñarse en fuerzas de seguridad.
Los condenados y sus delitos
Los efectivos identificados como Cristian Claudio Alí, Jorge Denis Cárdenas y Adolfo Emanuel Carrasco fueron declarados culpables de aplicar violencia ilegítima durante sus funciones. En el caso de Carrasco, también se comprobó el delito de falsedad documental. La investigación fue llevada adelante por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Administración Pública, que logró sostener las condenas a pesar de los recursos presentados por la defensa.
El proceso judicial y la corrección de la pena
Tras el recurso de apelación, la Cámara Penal ordenó una nueva audiencia para fijar la pena definitiva. En un principio, se impuso a Carrasco una inhabilitación de cinco años y seis meses, pero el tribunal superior corrigió esta decisión al considerar que violaba el principio de «reformatio in pejus», que impide agravar una condena cuando solo la defensa apela. Finalmente, se redujo la inhabilitación a cuatro años y seis meses.
Las condenas definitivas
Cristian Claudio Alí y Jorge Denis Cárdenas recibieron dos años y tres meses de prisión en suspenso. Adolfo Emanuel Carrasco fue condenado a dos años y nueve meses de prisión condicional y cuatro años y seis meses de inhabilitación especial. Los tres efectivos quedan impedidos de ejercer funciones en cualquier fuerza de seguridad de la provincia de Chubut.
El fallo estableció que la inhabilitación no es una pena accesoria discrecional, sino una consecuencia obligatoria y conjunta con la prisión para el delito de vejaciones agravadas, reforzando así los estándares de responsabilidad para los agentes de seguridad. Información extraída del medio La17.