El Gobierno envió al Senado su proyecto de Reforma Laboral: claves y cambios centrales.
El Gobierno nacional presentó formalmente en el Senado el proyecto de Reforma Laboral que busca tratar durante las sesiones extraordinarias. Tras regresar de Oslo, el presidente Javier Milei firmó el texto final, que llegó a la Cámara alta este jueves con modificaciones respecto de la versión original. La información fue extraída de Noticias Argentinas.
Vacaciones: un esquema más flexible y con nuevas reglas
El proyecto propone una reorganización del régimen de vacaciones, otorgando mayor margen de acuerdo entre empresas y trabajadores. El período podrá ubicarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque se habilitan pactos diferentes.
Las vacaciones podrán fraccionarse en tramos no inferiores a siete días y se garantiza que cada empleado acceda al descanso veraniego al menos una vez cada tres años. También se establece la reprogramación obligatoria en caso de interrupción por enfermedad.
Despidos: cambios en indemnizaciones y fondos de cese
La iniciativa redefine el cálculo de la indemnización por despido sin causa: será de un mes de sueldo por año trabajado, sobre la mejor remuneración habitual, con topes vinculados al convenio correspondiente.
Se abre la posibilidad de crear fondos de cese laboral para afrontar indemnizaciones y se ratifica que esta compensación será la única reparación, dejando sin efecto reclamos civiles paralelos. El texto también revisa el régimen de preaviso y mantiene protecciones especiales en casos de enfermedad, accidente o fallecimiento.
Remuneraciones: nuevas categorías y pagos digitalizados
El proyecto amplía y especifica qué conceptos serán remunerativos y cuáles no. Los denominados beneficios sociales —comedor, guardería, útiles, cursos y reintegros médicos— se consolidan como no remunerativos, sin cargas sociales.
También se habilitan componentes salariales variables creados por paritarias o decisión empresarial, sin generar derechos adquiridos ni ultraactividad. Todo pago salarial deberá realizarse por canales bancarios o medios electrónicos.
Ultraactividad y formalización: registros centralizados y mayor trazabilidad
Uno de los cambios más relevantes es la limitación de la ultraactividad en los componentes variables: su continuidad no será automática.
En términos de registración laboral, se crea un registro único ante ARCA como validación central, se simplifican recibos digitales y se fortalece la presunción a favor del trabajador cuando exista empleo no registrado.
Convenios colectivos: alcances restringidos y nuevas herramientas
La Reforma Laboral acota la aplicación extensiva de convenios: regirán únicamente para sus partes directas. Se habilita que los CCT definan límites al personal part-time, métodos de cálculo de jornada por promedio y esquemas salariales variables.
Además, podrán reemplazar el sistema indemnizatorio tradicional mediante fondos de cese sectoriales.
Procedimientos judiciales: actualizaciones, topes y controles
El proyecto establece que la actualización de créditos laborales se vinculará al IPC más un 3% anual, prohibiendo anatocismo salvo en caso de mora posterior a sentencia firme.
En juicios en trámite se aplicará el interés moratorio del BCRA con límites establecidos. Se fijan techos al pacto de cuota litis (20%) y a los honorarios totales (25%). Los jueces deberán informar a ARCA cuando detecten empleo no registrado o irregular.
Prácticas sindicales: cambios en tutelas y descuentos
Los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales con tutela gremial. También se acotan los descuentos automáticos destinados a sindicatos: sólo serán válidos por leyes, estatutos o convenios signatarios; el resto requerirá consentimiento explícito del trabajador.
Asimismo, los acuerdos conciliatorios o transaccionales deberán contar con intervención judicial o administrativa para garantizar validez y transparencia.




