Santiago Igón había acordado pagar $3 millones para evitar el debate, pero la Cámara Federal de Casación anuló el acuerdo. También deberá sentarse en el banquillo el médico que lo vacunó. «Gravedad institucional», sentenciaron los jueces.
La justicia no se negocia, ni siquiera con dinero. El exdiputado nacional Santiago Nicolás Igóndeberá enfrentar un juicio oral y público por haberse vacunado contra el Covid-19 en 2021 cuando, pese a tener factores de riesgo, aún no le correspondía. En plena pandemia, mientras sólo se inmunizaba al personal de salud, el entonces legislador recibió dos dosis de la vacuna Sputnik V en el Hospital Zonal de Esquel, un beneficio que la justicia federal consideró indebido por su función política.
Lo que parecía cerrado con una reparación económica millonaria explotó en los tribunales. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el acuerdo que permitía a Igón y al médico que lo vacunó, Carlos Emiliano Biondo, eludir el debate a cambio de dinero. Ahora, ambos tendrán que sentarse en el banquillo.
Según Diario Jornada , el caso se convirtió en un símbolo de los privilegios políticos durante la emergencia sanitaria y de la lucha del sistema judicial por no dejar impunes esas conductas.
El acuerdo que no fue: $4 millones que no alcanzaron
En septiembre de 2025, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia había aceptado una salida alternativa para las defensas. La propuesta consistía en que:
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Santiago Igón pagara una reparación de $3.000.000 en favor del Hospital Zonal de Esquel.
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El médico Carlos Emiliano Biondo depositara $1.000.000 al nosocomio.
Si se concretaban los pagos, ambos serían sobreseídos y la causa se cerraría sin juicio. Los jueces Enrique Baronetto, Ana María D`Alessio y Alejandro Cabral argumentaron que «la administración pública no sufrió un daño irreparable y el eventual perjuicio es plenamente resarcible en términos materiales». Sostuvieron además que llevar el caso a juicio sería un gasto evitable y que, en caso de una eventual condena, sería condicional por falta de antecedentes.
Sin embargo, el fiscal Teodoro Nürnberg se opuso férreamente. Su argumento fue clave: no podía aplicarse esa solución alternativa a funcionarios públicos. Habló de «gravedad institucional» y recordó la obligación del Ministerio Público Fiscal de sostener la persecución penal. «Esta obligación adquiere especial relevancia en el contexto histórico y social en que ocurrieron los hechos —la pandemia de COVID-19— lo cual demanda una respuesta judicial pública y transparente a través del juicio oral», sostuvo.
La Cámara dio el golpe: «Es de gravedad institucional»
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los camaristas Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña, le dio la razón al fiscal y anuló la decisión del TOF. En un fallo contundente, los jueces advirtieron que en el caso del exdiputado y el médico, una reparación integral no puede utilizarse para extinguir la acción penal.
«La situación reviste particular gravedad institucional en tanto los imputados eran funcionarios públicos al momento de los hechos: Santiago Nicolás Igon se desempeñaba como Diputado Nacional y Carlos Emiliano Biondo era jefe del Programa Sanitario del Área Programática de Esquel», escribieron en su resolución.
Y agregaron: «El fraude a la expectativa generada por este tipo de conductas —que configuran delitos de infracción institucional— debe ser reparado mediante la actuación diligente del Ministerio Público Fiscal».
El contexto: vacunas en pandemia, cuando sobraban privilegios
Los hechos ocurrieron en 2021, en plena emergencia sanitaria por el Covid-19. En ese momento, la campaña de vacunación en Argentina priorizaba estrictamente al personal de salud y a los grupos de riesgo según un cronograma establecido. Sin embargo, Igón accedió a la Sputnik V en el Hospital Zonal de Esquel cuando, según la investigación, aún no le correspondía.
La causa preliminar consideró que recibir esa vacuna había sido un beneficio indebido por la función política que ocupaba. El exdiputado siempre argumentó que tenía factores de riesgo que lo habilitaban, pero la justicia entendió que el privilegio no se justificaba en el contexto de escasez de dosis y prioridades sanitarias.
El médico Carlos Emiliano Biondo, por su parte, estaba imputado por haber gestionado y autorizado la inoculación de Igón, desviándose de los protocolos establecidos.
Lo que viene: juicio oral y banquillo para ambos
Con la anulación del acuerdo reparatorio, la causa volvió a fojas cero y el proceso deberá seguir su curso natural. Tanto Igón como Biondo serán sometidos a un juicio oral y público por el delito de aceptación de dádiva.
El fiscal Nürnberg celebró la decisión de Casación, que consideró un respaldo a su postura de que los funcionarios públicos no pueden «comprar» su salida del sistema penal cuando cometen delitos de esta naturaleza, especialmente en un contexto de excepción como fue la pandemia.
Las claves del caso
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Imputado principal | Santiago Nicolás Igón, exdiputado nacional |
| Coimputado | Carlos Emiliano Biondo, exjefe del Programa Sanitario del Área Programática Esquel |
| Hecho | Vacunación contra Covid-19 en 2021 cuando no correspondía |
| Vacuna | Sputnik V (dos dosis) |
| Lugar | Hospital Zonal de Esquel |
| Delito | Aceptación de dádiva |
| Acuerdo anulado | Igón: $3.000.000 / Biondo: $1.000.000 al hospital |
| Resolución | Juicio oral y público |
«No se puede tapar con plata»
El fallo de Casación marca un precedente importante en la lucha contra la impunidad de los funcionarios públicos. Fuentes judiciales consultadas por este medio destacaron que «la gravedad institucional del caso no se mide por el daño material, sino por el daño a la confianza pública» y que «no se puede tapar con plata cuando se trata de funcionarios que abusaron de su posición en un momento crítico para el país».
El juicio oral, aún sin fecha confirmada, será el escenario donde finalmente se ventilen todas las pruebas y donde la sociedad podrá conocer, con sentencia firme, si hubo o no delito en aquellos meses de pandemia donde la palabra «privilegio» se instaló en el debate público.




