Las determinaciones del Poder Judicial respecto a las modalidades de cumplimiento de las penas privativas de la libertad confirman la vigencia de las normativas de control electrónico vigentes.
La Justicia resolvió mantener las actuales condiciones de prisión domiciliaria de Cristina Fernández de Kirchner en su domicilio de la calle San José, en la Ciudad de Buenos Aires. La decisión fue adoptada por el Tribunal Oral Federal N° 2, que desestimó los planteos presentados por la defensa para flexibilizar las medidas de control vigentes.
Las peticiones de la asistencia letrada buscaban morigerar el impacto técnico de la supervisión estatal en el perímetro del inmueble urbano:
Mantenimiento de los dispositivos de geolocalización y control de visitas
-
Sistemas de supervisión: Entre los pedidos rechazados se encontraba la eliminación de la tobillera electrónica. El tribunal sostuvo que el monitoreo electrónico constituye la regla general prevista por la legislación para quienes cumplen condenas bajo la modalidad de prisión domiciliaria y que no se verificaron circunstancias excepcionales que justificaran apartarse de esa disposición.
-
Regulaciones de ingreso al domicilio: La resolución también descartó modificaciones en el régimen de visitas. Los jueces consideraron que el correcto cumplimiento de las condiciones impuestas por parte de la ex mandataria no representa un elemento novedoso que amerite revisar las restricciones actualmente vigentes, las cuales ya fueron analizadas por instancias judiciales superiores.
Resolución sobre áreas comunes y dinámicas de manifestación pública
En lo referente a la delimitación física del espacio de detención y el uso de las instalaciones compartidas dentro de la propiedad horizontal, el pronunciamiento judicial marcó criterios específicos sobre el esparcimiento y el orden público.
Además, la Justicia rechazó ampliar el uso de la terraza del edificio donde reside Fernández de Kirchner. El fallo entendió que las condiciones actuales permiten desarrollar actividades recreativas y físicas sin afectar la convivencia vecinal.
Asimismo, el tribunal descartó aplicar sanciones vinculadas a las movilizaciones de militantes registradas en las inmediaciones de la vivienda, al no encontrar incumplimientos atribuibles a la ex presidenta.
