Análisis de un experto de Yale: por qué el fallo de YPF es un alivio, pero deja «alertas» jurídicas.
Tras la euforia política desatada por el fallo de la Corte de Apelaciones de Estados Unidos, el abogado y doctor en Derecho por la Universidad de Yale, Sebastián Guidi, aportó una mirada técnica y cautelosa sobre la resolución. En diálogo con Radio Rivadavia, el especialista analizó los fundamentos detrás de la anulación de la sentencia de Loretta Preska y advirtió que, aunque el reclamo actual fue desestimado, el escenario de fondo sigue siendo complejo.
El argumento central: ¿Por qué el reclamo «no es proponible»?
Guidi explicó detalladamente el razonamiento que llevó al tribunal neoyorquino a fallar a favor de la Argentina. La clave reside en la naturaleza de las obligaciones de una Sociedad Anónima. “La Corte no dice que no es un reclamo que no pueda entenderse, sino que dice que el reclamo no es proponible”, puntualizó el catedrático, diferenciando la viabilidad técnica de la validez absoluta.
El núcleo de la disputa giraba en torno a si el Estado argentino, al expropiar, debía haber realizado una oferta pública de acciones (OPA) según el estatuto de la petrolera. Sobre esto, Guidi fue tajante: “Ese planteo está mal, porque el estatuto gobierna a una Sociedad Anónima pero no crea obligaciones entre los accionistas”. Según su análisis, este punto técnico fue el que terminó por derrumbar la millonaria condena de USD 16.000 millones.
Lectura política: «Hay algo para todos»
Para el abogado de Yale, el fallo tiene matices que permiten a los distintos sectores del arco político argentino reclamar una cuota de victoria. Por un lado, señaló que la resolución “le da la razón al Gobierno de Cristina Kirchner” en el sentido de que la expropiación resultó ser conveniente y, según el fallo, no generó las consecuencias económicas que alegaban los demandantes.
Sin embargo, Guidi también lanzó una advertencia dirigida a quienes celebran sin autocrítica. Remarcó que el tribunal estadounidense deja en claro que este tipo de maniobras “violan el estatuto y estuvieron políticamente mal”. En ese sentido, subrayó que, más allá del resultado favorable en esta instancia, las expropiaciones realizadas de esta manera “generan inseguridad jurídica” a largo plazo para el país.
Un escenario que no está totalmente cerrado
Aunque la anulación de la sentencia de la jueza Preska representa un respiro histórico para las arcas públicas, el especialista aclaró que el concepto de que este reclamo específico sea improponible “no significa que otro reclamo no pueda estar bien”. Esta distinción técnica sugiere que la Argentina debe ser prudente, ya que la jurisprudencia sentada en este caso expone las debilidades institucionales que los inversores internacionales observan con lupa antes del inicio de una nueva etapa de inversiones en el sector energético.




