Juicio por Diego Maradona: tres médicos declararon sobre las irregularidades en el pacto de su internación domiciliaria
El proceso judicial para determinar las responsabilidades penales en torno al fallecimiento de Diego Armando Maradona ingresó en una etapa de reconstrucción probatoria determinante ante los tribunales de San Isidro. Luego de que el debate original colapsara y fuera declarado nulo debido a anomalías documentales vinculadas a la exjueza Julieta Makintach, el tribunal oral reinició las citaciones de los principales peritos y testigos del área de salud. La ronda de declaraciones de este martes 26 de mayo de 2026 estuvo centrada en los testimonios de los profesionales Federico Dimitroff, Pablo Rubino y Ana Marcela Waisman Campos, cuyas precisiones técnicas buscan esclarecer cómo se gestionó el traslado del exfutbolista desde la atención institucionalizada hacia la vivienda particular del barrio cerrado San Andrés de Tigre.
Los magistrados enfocan la investigación en el período de transición sanitaria, evaluando si las condiciones de preservación de la vida del ídolo popular fueron vulneradas por un esquema de cuidados defectuoso y carente de rigurosidad profesional por parte de la empresa de medicina privada y los médicos de cabecera.
Las condiciones del alta y la delimitación de la práctica neurológica
El primer testimonio de la jornada correspondió al exdirector de la Clínica Olivos, Federico Dimitroff, un actor clave para desentrañar el protocolo administrativo y científico bajo el cual se convalidó la salida del paciente del centro de alta complejidad. Los jueces interrogaron al directivo sobre la identidad de los profesionales que participaron en las reuniones definitorias dentro del sanatorio y el flujo de información clínica que circuló antes de autorizar la internación domiciliaria. Su aporte resulta vital para determinar si el sanatorio otorgó un alta médica justificada o si cedió ante un esquema privado provisto por los terapeutas de cabecera.
Posteriormente compareció el neurocirujano Pablo Rubino, responsable de ejecutar la intervención quirúrgica por el hematoma subdural que había sufrido el exentrenador de la Selección Argentina. La declaración de Rubino apuntó a separar de forma taxativa el éxito técnico de la cirugía neurológica del posterior monitoreo ambulatorio en el entorno residencial. Para el Ministerio Público Fiscal, desvincular la evolución médica directa de la operación de las deficiencias organizativas que caracterizaron al dispositivo externo es un paso indispensable para sostener la acusación penal contra el entorno terapéutico directo.
Vulnerabilidad mental y la cadena de responsabilidades sanitarias
La perspectiva sobre el estado cognitivo y psicológico del paciente la aportó la psiquiatra Ana Marcela Waisman Campos, quien evaluó a Maradona en los días previos a su egreso de la clínica. Las anotaciones minuciosas que dejó la especialista durante su visita institucional expusieron las condiciones de alta vulnerabilidad que presentaba el exfutbolista, las cuales debían ser tuteladas de forma estricta en el domicilio. Esta descripción dialoga de frente con la actuación de la psiquiatra Agustina Cosachov y el psicólogo Carlos Díaz, ambos imputados en la causa general junto al neurocirujano Leopoldo Luque.
La fiscalía encuadra las presuntas omisiones y fallas de coordinación bajo la figura penal de homicidio simple con dolo eventual, imputación que excede la mala praxis tradicional y que golpea de forma unificada a las siguientes figuras del dispositivo de salud:
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Dirección y terapias de cabecera: Leopoldo Luque (neurocirujano), Agustina Cosachov (psiquiatra) y Carlos Díaz (psicólogo).
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Coordinación y control clínico: Pedro Di Spagna (médico clínico), Mariano Perroni (coordinador de enfermeros) y Nancy Edith Forlini (jefa de cuidados domiciliarios de Swiss Medical).
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Atención operativa en terreno: Ricardo Omar Almirón (enfermero).
Las pruebas acumuladas sugieren que las directivas corporativas emitidas por Forlini chocaron de forma constante con los reportes diarios de alertas físicas que elaboraban los enfermeros en el lugar del hecho, configurando una cadena de abandonos y subestimaciones de síntomas que alteró drásticamente las posibilidades de supervivencia del paciente.
Parálisis procesal por el carril de los jurados populares
A pesar del avance de las audiencias técnicas de este martes, la estructura de juzgamiento general sufre una fragmentación operativa debido a la división de los carriles procesales dispuesta por la justicia bonaerense. La enfermera Dahiana Gisela Madrid afrontará su responsabilidad penal mediante un procedimiento diferenciado bajo la modalidad de juicio por jurados populares.
Este debate específico se encuentra actualmente paralizado y en suspenso debido a un recurso de recusación interpuesto contra la jueza María Coelho, cuya resolución mantiene bajo incertidumbre el inicio de las audiencias ciudadanas y posterga los tiempos de una sentencia definitiva unificada para un mismo hecho fáctico.
