La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó la vigencia de la Asignación por Matrimonio, una de las líneas que integra el esquema de Asignaciones de Pago Único (APU)
Tras las últimas actualizaciones del sistema previsional, esta ayuda económica alcanza un monto total de hasta $258.417,02 por pareja ($ 129.208,51 para cada cónyuge) para quienes hayan formalizado su vínculo legal y cumplan con los requisitos de la normativa vigente.
A diferencia de las prestaciones mensuales del organismo, este beneficio de pago extraordinario no se acredita de forma automática, por lo que resulta indispensable que los titulares inicien la solicitud formal dentro del plazo estipulado.
Requisitos y topes de ingresos familiares
La Asignación por Matrimonio está destinada a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, titulares de la Prestación por Desempleo, beneficiarios de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y veteranos de guerra.
Para acceder a la prestación, la ANSES evalúa el cumplimiento de topes socioeconómicos sobre el grupo familiar:
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Ingreso del Grupo Familiar (IGF): no debe superar los $ 6.069.688.
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Ingreso individual: ninguno de los cónyuges puede percibir ingresos superiores a $ 3.034.844.
Superado cualquiera de estos límites, la solicitud quedará automáticamente desestimada.
Plazos y modalidad para iniciar el trámite
El trámite puede realizarse tanto de manera presencial con turno previo como a través de la plataforma virtual del organismo. Para que la solicitud sea procesada correctamente, la unión civil o matrimonio debe figurar debidamente registrada en la base de datos de la ANSES.
Respecto a los plazos operativos, los beneficiarios cuentan con una ventana temporal clara: la gestión puede iniciarse a partir de los dos meses posteriores a la fecha del casamiento y hasta un límite máximo de dos años contados desde la celebración del enlace. Una vez vencido ese período, el derecho a percibir la asignación caduca de forma definitiva.
