La Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia ratificó la responsabilidad penal de M. D. C. por abusar de una menor en contexto de convivencia
Sin embargo, revocó la condena de 6 años y 8 meses por falta de fundamentación y ordenó que un nuevo juez fije la sanción.
Fallo de la Cámara Penal y confirmación del delito
Los jueces de la Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia —integrada por Cecilia Codina, Mónica García y Martín Montenovo— dieron a conocer la resolución de la impugnación ordinaria presentada por la defensa de M. D. C., condenado en primera instancia por un caso de abuso sexual intrafamiliar.
Durante la audiencia de impugnación, la defensora pública María de los Ángeles Garro había solicitado la absolución de su representado o, en forma subsidiaria, la readecuación de la pena al mínimo legal de 6 años de prisión. Por su parte, la fiscal general María Laura Blanco requirió el rechazo del recurso y la confirmación total de la condena a 6 años y 8 meses de cárcel.
Al evaluar el expediente, los camaristas confirmaron de manera unánime la declaración de culpabilidad, señalando que la declaración de la víctima se encuentra respaldada por el resto de la prueba rendida en el debate. De esta forma, quedó acreditado el delito de abuso sexual agravado por ser cometido aprovechando la inmadurez sexual de la víctima y la situación de convivencia preexistente con la menor.
Revocación de la pena y reenvío a nueva cesura
Pese a ratificar la autoría y la materialidad del hecho, el tribunal de alzada decidió revocar la pena de 6 años y 8 meses de prisión al considerar que el fallo de primera instancia adolecía de falta de fundamentación adecuada, calificándolo como arbitrario en ese extremo.
En consecuencia, los camaristas dispusieron el reenvío de la causa para que se convoque a un nuevo juez penal y se lleve a cabo una nueva audiencia de cesura de pena, donde se determinarán los años de prisión que deberá cumplir el condenado.
Aclaración institucional sobre el resguardo de identidad
Desde el Ministerio Público Fiscal recordaron que en casos de abuso sexual intrafamiliar o violencia familiar, se procede a la anonimización de la identidad del imputado mediante iniciales. Esta medida busca evitar la identificación indirecta de la víctima en su entorno social y prevenir su revictimización, resguardando su intimidad de acuerdo con la legislación vigente.
