El presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Santiago Bausili, se refirió al alcance de las nuevas normativas que habilitan el financiamiento en moneda extranjera para compañías no exportadoras
Durante su presentación en una conferencia organizada por la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL), remarcó que la medida busca aportar flexibilidad sin descuidar la prudencia del sistema financiero.
El titular de la autoridad monetaria destacó que la iniciativa no provocará una expansión desmedida, aunque sí funcionará como un canal de monetización clave para impulsar sectores específicos como el desarrollo inmobiliario y la construcción, reduciendo presiones inflacionarias en el mercado en pesos.
Un esquema conservador para evitar riesgos sistémicos
Durante su disertación, Bausili detalló las restricciones normativas dispuestas para el otorgamiento de este tipo de financiamiento a empresas locales:
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Límite a la capacidad prestable: Se estableció un tope máximo del 15% de la capacidad prestable de los bancos dirigido a sectores no exportadores, una cifra que el funcionario calificó como «conservadora».
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Aumento en la utilización de depósitos: Recordó que anteriormente solo se prestaba el 23% de los depósitos en dólares del sistema, mientras que actualmente esa proporción escaló al 55%.
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Exigencias de capital superiores a Basilea: La entidad monetaria sumó controles más estrictos que los marcos de regulación internacional, requiriendo mayor respaldo de capital y una ponderación de riesgo más dura a las entidades financieras.
Sectores beneficiados y jurisprudencia judicial
El titular del BCRA identificó a los desarrolladores inmobiliarios y a pymes cuyos accionistas o titulares poseen activos en el exterior entre los principales beneficiarios de esta flexibilización. Según indicó, estos segmentos mantienen un vínculo suficiente con activos reales como para operar en moneda extranjera de forma segura.
Asimismo, Bausili abordó el comportamiento de la Justicia ante eventuales litigios por cambios bruscos en las condiciones macroeconómicas: precisó que en contratos entre empresas y bancos los tribunales instan al acuerdo entre partes, mientras que en financiamientos a personas humanas la Justicia suele considerar al cliente como la parte más débil y exigir la readecuación de las condiciones contractuales.
