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El Senado de Uruguay avanza con una reforma al Código Penal para penar con hasta dos años de prisión a aquellas personas que incumplan las normas sanitarias y violen la cuarentena, informaron los medios uruguayos.

La medida es impulsada en momentos en que Uruguay vive una profunda crisis sanitaria, por el fuerte incremento de los casos de coronavirus, que esta semana llegaron a más de 160.000 con casi 2.000 muertos.

De aprobarse, algo que los medios uruguayos dan por hecho, el nuevo texto del Código Penal dirá: «El que mediante violación de disposiciones sanitarias pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión».

La iniciativa, aprobada en comisiones y que será debatida en el recinto el próximo martes, justifica además la pena máxima «cuando el hecho se suscitare declarada una emergencia sanitaria».

El legislador oficialista Mario Colman había presentado el proyecto para su aprobación en Diputados, pero hasta ahora el Gobierno no había avanzado con el texto legal.

Uno de los pioneros de esta iniciativa fue el procurador general de la nación, Jorge Díaz, quien en el inicio de la pandemia planteó la necesidad de modificar el delito de daño contra las medidas sanitarias, y transformarlo en «delito de peligro», para habilitar al Poder Judicial a imputar penalmente a todos aquellos que violen la cuarentena, en el marco de la emergencia sanitaria.

El Frente Amplio dijo que no va a acompañar la medida.

«No acompañamos la modificación al delito de violación de las disposiciones sanitarias ya que consideramos que para hacer esa modificación, se debe, desde el Estado, tratar las situaciones de vulnerabilidad social», explicó el senador del FA Charles Carrera en declaraciones a Télam y señaló que los diputados de su partido hicieron aportes pero no fueron tenidos en cuenta.

«Además -destacó-, es un delito difícil (de probar) persecución y prueba» y el artículo reformado «puede servir para criminalizar a ciertas personas que no tienen un sustento y tengan que salir a trabajar», alertó Carrera.

Fuente: Telam

La expresidenta interina de Bolivia Jeanine Áñez fue trasladada en la madrugada de este sábado desde la cárcel de Obrajes en La Paz a la de Miraflores, a unos cuatro kilómetros de distancia, luego de que un juez revocara la orden de llevarla a un centro médico, y se espera que hoy apele su prisión preventiva dictada por su participación en el que el gobierno actual considera que fue un golpe de Estado en 2019.

”Me sacaron diciéndome que iba a la clínica del Sur”, dijo Áñez según reproducen los diarios El Deber y La Razón, que también publicaron imágenes de su ingreso en la cárcel de Miraflores.

La exmandataria iba a ser llevada en principio a una clínica para que se evalúe su estado médico tras empezar una huelga de hambre contra su detención e indicar que tiene hipertensión, pero un juez revocó ese traslado.

El magistrado Armando Zeballos dispuso en cambio que personal del Instituto de Investigación Forense o profesionales en salud acudan al penal para evaluar allí su estado, indicó la Agencia Boliviana de Información (ABI).

Por otro lado, Áñez y sus dos exministros Álvaro Coimbra y Rodrigo Guzmán, también detenidos, tienen fecha para concurrir este sábado a una audiencia judicial para apelar la detención preventiva.

La Sala Penal Segunda de la ciudad de La Paz será la encargada de escuchar los argumentos de las partes.

De acuerdo con la agencia ABI, la estrategia de la defensa es lograr la detención domiciliaria de Áñez, es decir, su traslado a su casa ubicada en el departamento de Beni donde fue aprehendida la semana pasada.

Áñez es investigada por la presunta comisión de delitos de sedición, terrorismo y conspiración durante el golpe de Estado contra el entonces presidente Evo Morales. Su nombre figura en una denuncia que hizo en diciembre pasado la exdiputada del Movimiento Al Socialismo (MAS) Lidia Patty, contra el líder cívico de la rica región de Santa Cruz, el derechista Luis Fernando Camacho, gobernador electo del departamento en recientes elecciones locales. En la demanda figuran cinco exministros de Áñez, jefes policiales y militares y civiles.

Simultáneamente, la Iglesia Católica, enfrentada con el gobierno del MAS, criticó este sábado las detenciones y afirmó que en 2019 no se produjo un golpe de Estado.

El clero dijo, en un comunicado, que en aquellos días se llegó al “consenso” de que Añez asuma el poder. ”Interpretar aquellos hechos como ‘golpe de Estado’, es una fantasía que no corresponde con la realidad, por lo que afirmamos que las detenciones basadas en esta interpretación, son del todo injustas y los detenidos por esta razón lo son en virtud de una persecución política”, indicó la Iglesia.

Fuente: La Nación

Diego Luther, actualmente en juicio por la causa “Revelación”, recuperó la libertad al haber cumplido 2/3 de la condena a 5 años de prisión que se le dictó en la causa por corrupción conocida como “Embrujo”.

La Justicia resolvió dejar en libertad a Diego Luthers, condenado a 5 años de prisión por la causa de corrupción conocida como “Embrujo”, al haber cumplido los 2/3 de la pena. Esto lo resolvieron los jueces Alejandro Soñis, Marcela Pérez y Ricardo Rolón este viernes.

Vale remarcar que si bien Luthers recibió la libertad en esta causa, actualmente está en juicio por otra causa de corrupción en la que se lo investiga, “Revelación”.

Los Magistrados hicieron lugar al pedido de los defensores de Luthers, quienes plantearon al Tribunal que además del plazo transcurrido, la pena aún no ha quedado firme. Además, al planteo la Fiscalía no hizo objeciones.

Vale recordar el ex funcionario del Gobierno del Chubut fue hallado culpable de por los delitos de “asociación ilícita; enriquecimiento ilícito y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública”.

En esta misma audiencia donde se resolvió la libertad, Luthers informó su decisión de capacitarse y de ser posible ampliar sus tareas en la firma en la que venía desempeñándose en los últimos meses con salidas laborales.

De esta forma, el condenado deberá mantener el domicilio fijado y comparecer ante el Tribunal las veces que sea convocado.

La jueza penal de garantías, Ivana González, dictó la apertura formal de la investigación en un caso de robo agravado y resolvió la continuidad de la prisión preventiva del único acusado, hasta la finalización de la etapa de investigación.

Viviana Díaz, funcionaria del Ministerio Publico Fiscal, relató que el hecho a investigar ocurrió el pasado sábado 30 de enero en un comercio ubicado en la calle Cabrera al 300 de Trelew, cuando un sujeto identificado como Jonathan Ferreira ingresó al local y amenazó a la propietaria con matarla si no le entregaba el dinero.

El sujeto había ingresado algunos minutos al local y realizó una compra de menor valor, para luego volver al sitio y apuntar con un arma a la mujer, pidiendo la recaudación y asegurando que mataría a la propietaria sino lo hacía.

Díaz afirmó que las cámaras de seguridad del local captaron el ingreso de Ferreira y que además la propia víctima lo reconoció en las fotografías exhibidas por personal de la brigada de investigaciones. Sostuvo que, si bien de los procedimientos realizados por el personal policial se logró el secuestro de un arma de juguete, el hecho tuvo características violentas por las amenazas proferidas a la mujer de parte del agresor.

ANTECEDENTES
En cuanto al imputado, informó a la jueza que el mismo estuvo alojado hasta hace dos meses en la Unidad Penitenciaria N° 6 de Rawson, donde cumplió una condena por privación ilegítima de la libertad y tentativa de homicidio. En ese contexto pidió que se dicte una medida de prisión preventiva hasta el final de la investigación.

La defensora pública Romina Rowlands cuestionó el pedido de la fiscalía en cuanto a la prisión preventiva al señalar que Ferreira tiene arraigo en la zona producto de estar en pareja desde el 2015 con una joven de nuestra ciudad y que, si bien es oriundo de Buenos Aires, ya no tiene familiares allí.

Sostuvo además que durante el hecho no ejerció violencia sobre la víctima ni tampoco sobre otras personas, solicitando la libertad del acusado o en todo caso una medida de arresto domiciliario.

La jueza González, tras escuchar a las partes, resolvió declarar legal la detención y habilitó la investigación penal preparatoria por el plazo de seis meses.

En cuanto a la medida solicitada por la fiscalía, consideró que el hecho tuvo características violentas por haber sido cometido en plena luz del día y por la intimidación que sufrió la víctma.

En ese sentido dictó la prisión preventiva por el plazo que dure la investigación.

Un tribunal chino condenó el lunes a cuatro años de prisión a una ciudadana y periodista que informó sobre el coronavirus desde la ciudad de Wuhan durante, el punto álgido del brote, por “provocar peleas y disturbios”, dijo su abogado.

Zhang Zhan, de 37 años, fue una de las personas que con su testimonio de primera mano desde hospitales abarrotados y calles vacías ofreció un retrato más funesto que el que arrojaba la información oficial del Gobierno.

“No lo entiendo. Todo lo que hizo fue decir unas pocas verdades, y por eso le cayeron cuatro años”, dijo Shao Wenxia, la madre de Zhang, que asistió al juicio con su marido.

El abogado de Zhang, Ren Quanniu, dijo a Reuters: “Probablemente apelaremos”.

“La Sra. Zhang cree que está siendo perseguida por ejercer su libertad de expresión”, apuntó el letrado antes del juicio.

Pekín ha censurado las críticas a la gestión temprana de la crisis y ha advertido y señalado a los denunciantes, varios de los cuales son médicos. Los medios de comunicación estatales han atribuido el éxito del país en el control del virus al liderazgo del presidente Xi Jinping.

La COVID-19 se ha propagado por todo el mundo infectando a más de 80 millones de personas y acabando con la vida de más de 1,76 millones.

En Shanghái, la policía impuso una estricta seguridad fuera del tribunal donde se inició el juicio siete meses después de la detención de Zhang.

Un hombre en silla de ruedas, que dijo a Reuters que venía de la provincia central de Henan para demostrar su apoyo a Zhang como cristiano, escribió su nombre en un cartel antes de que la policía llegara para llevárselo bajo escolta.

A los periodistas extranjeros se les negó la entrada al tribunal “debido a la epidemia”, dijeron los funcionarios de seguridad del tribunal.

Zhang, exabogada, llegó a Wuhan el 1 de febrero desde su Shanghái, su lugar de residencia. A través de videos cortos subidos a YouTube fue dando testimonio del impacto del virus en la ciudad.

Detenida a mediados de mayo, inició una huelga de hambre a finales de junio, según documentos judiciales a los que tuvo acceso Reuters. Sus abogados dijeron ante el tribunal que fue maniatada por la policía y obligada a comer por la fuerza a través de un tubo.

Las peticiones al tribunal para liberar a Zhang bajo fianza antes del juicio y para que el juicio se retransmitiese en directo fueron ignoradas, indicó su abogado.

(Gráfico interactivo de seguimiento de la propagación mundial del coronavirus: here)

Información de Brenda Goh en Shanghái y Yew Lun Tian en Pekín; editado por Clarence Fernandez; traducción de Jorge Martínez.

El exjefe de la policía de Chubut y exdiputado provincial, Juan Luis Ale, fue condenado este mediodía a 8 años de prisión por abuso sexual de dos menores entre 1998 y 2001, según adelantaron fuentes de la fiscalía.

La fiscal María Alejandra Hernández había solicitado el máximo posible, de 14 años de prisión; mientras que el defensor Adrían Sandoval pidió el mínimo, 4 años.

El Tribunal integrado por Gustavo Castro, Marcelo Orlando y Marcela Pérez autorizó a Juan Luis Ale, condenado por abuso sexual a menores, a no estar presente en la audiencia.

Los jueces penales Marcelo Francisco Orlando, Raquel Susana Tassello y Carla Jesica Yamila Flores –esta última actuando como juez de refuerzo – redefinieron la pena impuesta en un fallo de primera a instancia a Johnston, luego de que el Superior Tribunal de Justicia a principios de este año hiciera lugar de manera parcial a una impugnación planteada por los defensores del condenado.

A principios de este año la Sala Penal del STJ confirmó las sentencias de primera instancia y también de la Cámara Penal de Puerto Madryn en cuanto a la materialidad, autoría y calificación legal del hecho por el cual fue condenado Isaac Johnston, pero revocaron la sanción impuesta y reenviaron la causa para la realización de una nueva cesura de pena.

El hecho por el cual fue juzgado Johnston, junto a otra persona identificada como Iván Almonacid, ocurrió en las primeras horas del viernes 9 de junio de 2017 sobre la avenida Hipólito Yrigoyen de Puerto Madryn, cuando tres personas –incluidos ambos condenados – abordaron al jubilado Santos Ramos en momentos que este y una mujer ascendían a un vehículo. El ataque que en principio se inició como un robo se transformó en una agresión física por más de una hora.

Uno de los asaltantes se fue con pertenencias del jubilado y los otros dos continuaron con la agresión a la víctima hasta que el mismo perdió el conocimiento y allí iniciaron la fuga, pero fueron detenidos minutos después por personal policial que fue alertado por la mujer que acompañaba al fallecido.

Por esos hechos tanto Johnston como Almonacid fueron condenados, pero a raíz de la revisión solicitada por el STJ, un nuevo tribunal cumplió con ese acto y tras analizar los planteos efectuados tanto por la fiscalía, como por la querella y el defensor público que representó al condenado, redefinió la pena a cumplir por el mismo, estableciendo en 12 años de prisión la misma por considerarlo coautor de Homicidio en Ocasión de Robo en el hecho ocurrido el 9 de junio de 2017 en Puerto Madryn, y del cual resultaran víctimas Santos Eliberto Ramos y Miriam Paola De La Torre.

La audiencia pasó a un cuarto intermedio hasta este martes por la mañana, donde se conocerá la pena que se le dictará por el abuso sexual a dos menores, hijas de quien fuera su pareja. La fiscal María Alejandra Hernández pidió 14 años de prisión.

Este lunes a las 10 horas comenzó la audiencia de «cesura de pena» contra Juan Luis Ale, excomisario y exdiputado de Chubut, quien fue condenado por abuso sexual a dos menores.

La audiencia pasó a un cuarto intermedio hasta este martes por la mañana, donde se conocerá la pena que se le dictará por el abuso sexual a dos menores, hijas de quien fuera su pareja.

Esta mañana, la fiscal María Alejandra Hernández pidió 14 años de prisión, la máximo de pena posible, y a las 7.45 se retomó la audiencia.

El ex jefe de Policía del Chubut y ex diputado provincial fue declarado culpable por abuso deshonesto contra M.F.M. y abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de M.B.M. cuando convivía en Puerto Madryn con la madre de las víctimas. Ambas explicaron “las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieran los hechos, coincidentes con la acusación fiscal, desde el momento en que se van vivir con el imputado, luego de la separación de sus padres”. Ocurrió desde fines de 1998 hasta 2001, cuando su madre se separa de Ale.

En horas de la tarde del presente sábado se concretó por videoconferencia la audiencia de control de detención en relación al femicidio de Yanina Montes acontecido aproximadamente el sábado 29 de agosto, que tiene como imputado a Luis Eduardo Gómez.

Presidió el acto Raquel Tassello, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal actuó Verona Dagotto, fiscal general; en tanto que la defensa particular del imputado Gómez la ejerció Carlos Garay. También estuvieron participando de la audiencia la madre y el hermano de la víctima.

En un primer momento la fiscal solicitó se declare legal la detención de Gómez ya que se entregó junto a su abogado en la Brigada y su detención fue ordenada por el fiscal jefe ya que se encontraban con elementos que hacían presumir su autoría en el hecho. El pasado jueves 3 se toma conocimiento por parte del dueño del inquilinato que hacía una semana que no veía a la víctima Montes. Llega la policía al lugar y al ingresar en el departamento se encuentran con el cuerpo en estado de descomposición y con signos de muerte violenta. Segúan entrevistas tomadas a personas allegadas Gómez mantenía una relación violenta con la víctima, era agresivo, celoso y tenía una denuncia por lesiones leves en su contra. De la autopsia surge que el cuerpo deteriorado tenía 86 puntazos, sobre los miembros superiores, en la cabeza, cráneo y rostro, que no eran autoinflingidas. Estableciéndose como causa de muerte las múltiples heridas producidas por arma blanca y con al menos 5 días de fallecida.

El hecho a investigar comienza con una relación de pareja mantenida entre la víctima y el imputado Gómez, relación signada por agresiones físicas de éste hacia ella. El 28 de agosto pasado se encontraban ambos dentro del departamento del inquilinato de la calle Diaguitas del barrio Fuchs, momento en que Gómez toma un arma blanca y con claras intenciones de darle muerte asesta 86 puñaladas a Montes, causando con su accionar el deceso de ésta por múltiples heridas con arma blanca, causándole un dolor y sufrimiento innecesario. Calificando jurídicamente el mismo como “homicidio agravado por el vínculo, cometido con ensañamiento y perpetrado por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género (femicidio)” en calidad de autor para Gómez.

El defensor por su parte adujo que su pupilo se presentó voluntariamente, no cuestionando la legalidad de la detención, ni el relato del hecho ni la calificación ya que todo es materia de investigación.

Seguidamente la fiscal solicitó la prisión preventiva del imputado Gómez por el término que dure la investigación, 6 meses. Esto en base a la pena en expectativa, en caso de recaer condena prisión perpetua. Mencionando la gravedad del hecho, el ensañamiento y la violencia de género demostrada. También se refirió a la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación.

En contraposición el defensor solicitó la libertad de su asistido ya que se entregó voluntariamente y no existe a su entender peligro de fuga ni de entorpecimiento. No objetando el plazo de investigación.

Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de Gómez, dando por formalizada la apertura de la investigación por el hecho relatado por la fiscal, y su calificación legal provisoria, dando por anoticiado al imputado de los mismos; y por asegurada su defensa técnica. Disponiendo el plazo de 6 meses de investigación y la prisión preventiva del imputado por el término de 3 meses en base a las evidencia suficientes para tenerlo como probable autor del hecho, la gravedad del mismo y la pena en expectativa.

El lunes se pedirá la pena que deberá cumplir el exjefe de Policía y exdiputado provincial, Juan Luis Ale (foto), condenado por abuso sexual a dos menores.

La fiscal a cargo de la causa, María Alejandra Hernández, confirmó a la audiencia de «cesura de pena» comenzará a las 10 horas del lunes.

Días pasados, se rechazó la recusación al Tribunal que había planteado Ale junto a su defensor particular, Adrián Sandoval, por considerar que se trató de un planteo extemporáneo y sin sustento legal.

De esta forma, el Tribunal, integrado por les jueces Gustavo Castro, Marcela Pérez y Marcelo Orlando, escuchará el pedido de pena que solicitarán tanto la fiscalía como la defensa y luego darán su veredicto.