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El Gobierno provincial apelará ante el Superior Tribunal de Justicia la decisión del Tribunal Electoral Provincial de quitar el piso del 1,5 % de votos que los partidos deben alcanzar en las PASO para competir en las generales.

El gobernador Mariano Arcioni y el ministro de gobierno, Federico Massoni, habían quedado en estudiar el tema este fin de semana. La decisión fue confirmada ayer a diario EL CHUBUT por altas fuentes del Gobierno.

El TEP permitió que todas las fuerzas políticas compitan en las elecciones del 9 de junio, al pasar por alto el piso de votos que impone como condición el Código Nacional Electoral. Según fuentes del Gobierno, la medida no tendría mayor incidencia en la práctica, pero sí afecta gravemente a las reglas del proceso y la seguridad jurídica.

 

 

El Chubut

Los datos de las elecciones PASO de este domingo serán cargados a través de un software propio del Superior Tribunal de Justicia. Se podrá seguir el conteo de votos minuto a minuto. Estarán presentes los fiscales informáticos de cada agrupación política.

A través de la página web www.electoral. juschubut.gov.ar los ciudadanos podrán seguir el escrutinio de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de este domingo 7 de abril.

La carga se realizará a través de un software diseñado por el propio Superior Tribunal de Justicia. Desde el Tribunal Electoral Provincial (TEP) describieron que este sistema es «eficaz y sofisticado».

Para que el acto de carga sea lo más plural y transparente posible, estarán presentes los fiscales informáticos de cada espacio político, que previamente fueron capacitados. Los datos será subidos a la plataforma digital en tiempo real y desde el TEP afirman que la carga se realizará en forma rápida debido a que en esta elección hay pocas categorías.

 

 

El Chubut

A través de una acordada firmada por los tres ministros del Superior Tribunal de Justicia, se estableció que, a partir del 1 de abril de 2019, la presidencia del alto cuerpo judicial será ejercida por el Dr. Mario Luis Vivas, siendo extensiva hasta el 31 de marzo de 2020.

El Dr. Miguel Ángel Donnet asumirá la vicepresidencia por el término de un año.

Durante este ejercicio, la Sala Penal será presidida por el Dr. Alejandro Panizzi y la Sala Civil por el Dr. Miguel Ángel Donnet.

 

 

juschubut.gov.ar

Se inició esta mañana en el Superior Tribunal de Justicia el Jury de enjuiciamiento contra el fiscal de Sarmiento Herminio González Meneses,  quien está acusado por mal desempeño como funcionario del Ministerio Público Fiscal de la localidad sureña.

El fiscal es asistido en la audiencia por el abogado Federico Ruffa y la acusación está a cargo del Dr. Jorge Miquelarena, Procurador General de la Provincia.

A fines del año pasado, el Consejo de la Magistratura envió al Tribunal de Enjuiciamiento el caso del fiscal de Sarmiento, Herminio González Meneses. Su trabajo para el lapso diciembre 2012 a diciembre 2015 fue declarado “insatisfactorio”.

Ya había recibido sanciones administrativas internas y la comisión que lo evaluó consideró que su papel puede ser causal para un jury.

Según las conclusiones del sumario, la fiscal jefe de Sarmiento, Andrea Vázquez, “enumeró las quejas planteadas por distintos judiciables a la labor del funcionario evaluado como las sanciones disciplinarias que le fueron aplicadas”. Tanto los reclamos como las sanciones “presentaron como rasgo común la imposibilidad de Meneses de dar una respuesta jurídica adecuada a las diversas contingencias procesales que debió afrontar”.

Miquelarena dio intervención al Tribunal de Disciplina luego de que Meneses fuera cuestionado por un debate ocurrido el 30 de setiembre de 2015. Se trató de un juicio oral “al que Meneses arribó prácticamente sin prueba de cargo y considero erróneamente que podía ser incorporada en la etapa de impugnación de la sentencia; ante las múltiples oportunidades que el magistrado del acto le otorgó para que desista de la acusación, no lo hizo, recurriendo la absolución dictada”.

En este episodio, el Tribunal “luego de reseñar otras sanciones a Meneses como apercibimiento y multa, también en sucesos en los que no había dado una respuesta funcional adecuada, declaró su incompetencia para resolver”. Por eso tras este juicio y ante una nueva falta de Meneses, el Tribunal consideró que “ya no correspondía nuevamente utilizar la vía disciplinaria interna sino el procedimiento de destitución”.

 

 

 

Diario Jornada

Los ministros del Superior Tribunal de Justicia, Mario Vivas y Miguel Angel Donnet, recibieron la visita de la presidenta de la Asociación de Magistrados de la Provincia, Sonia Donati, quien concurrió acompañada de otros dos integrantes de la institución, Roberto Adrián Barrios y Adrián Cabral.

En el encuentro, la Asociación pidió que se tenga especial atención en las cuestiones de salud que podrían afectar a los operadores de los juzgados de Familia a raíz de la complejidad de los casos que atienden a diario. Los ministros del Superior tomaron nota del reclamo y se comprometieron a que este tema, sea incluido en las capacitaciones impulsadas por el alto cuerpo.

Vivas y Donnet brindaron un informe detallado sobre el estado actual del Poder Judicial, el avance del proyecto de Reforma de los Códigos Civil, Comercial, Laboral y de Familia, la cobertura de cargos vacantes y el avance de obras que se concretan en las distintas jurisdicciones.

Los ministros compartieron la idea de que los cursos impulsados por la Escuela de Capacitación del Superior Tribunal de Justicia otorguen puntaje para futuros concursos o ascensos.

En la reunión, las partes coincidieron en la necesidad de que se avance hacia la Autarquía Judicial, tal cual lo establece la manda constitucional. Eso permitiría que el Poder Judicial del Chubut pueda ejercer la potestad de presupuestar, percibir, disponer y administrar sus recursos económicos y financieros.

Vivas y Donnet destacaron la cordialidad con la que se desarrolló el encuentro y la excelente relación que se ha establecido con la Asociación de Magistrados.

 

 

El Chubut

La Justicia provincial rechazó los pedidos del diputado radical Eduardo Conde, quien agotó la última instancia en el máximo órgano judicial del país. No está de acuerdo con la suspensión del juicio a prueba para empresarios porque considera que fueron parte fundamental del sistema de retornos de la obra pública.

Conde jugó la última carta en su intento de detener la suspensión del juicio a prueba para los empresarios que se acogieron a este beneficio en la causa que investiga los presuntos pagos de retornos de la obra pública para conformar una caja negra de la política.

Entre los empresarios beneficiados se encuentran Patricio Musante de Sudelco; Juan Ignacio Salaberry de Arteco; Oscar Peña de la firma Peña Construcciones; y Esteban Torraca de Edisud.

«La Justicia del Chubut me negó en todas sus instancias la revisión de la decisión del juez penal de la causa «Revelación» que acogió favorablemente otorgar la probation al empresariado alcanzado por los delitos de corrupción política», señaló Conde.

Relató que luego de interponer recursos ante el propio juez Sergio Piñeda, como asimismo ante el Superior Tribunal de Justicia, y que fueran rechazados, «ingresé ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el denominado Recurso de Queja, como la última alternativa procesal en procura de revertir el resultado adverso evidenciado en nuestros tribunales provinciales».

El presidente del bloque de diputados provincial de Cambiemos y querellante en la causa, recriminó que los fiscales y jueces de nuestra provincia «no evidenciaron estar a la altura de las circunstancias, admitiendo la probation para los empresarios que participaron activamente en la consumación de los hechos más aberrantes de corrupción política que se conoce en nuestra provincia desde el nacimiento del Estado, hace más de seis décadas».

El criterio de la Procuración Nacional

Conde resaltó que la Procuración General de la Nación recientemente advirtió que las probation no podrían ser consideradas en casos vinculados a la corrupción.

«No está dicha la última palabra, más aún teniendo en consideración el criterio fijado por la Procuración General de la Nación – que debe dictaminar en el caso antes de que se avoque el Alto Tribunal del país -, de haber instruido a los fiscales federales de la Nación no admitir la aplicación del instituto de la Suspensión del Juicio a Prueba en los procesos penales vinculados con los delitos de corrupción política», subraya.

 

 

 

El Chubut

El Superior Tribunal de Justicia rechazó una apelación del Ministerio de Educación y de esta forma Pablo Damián D´Horta, el expolicía que fue parte del intento de robo a un cajero automático en Puerto Pirámides, podrá seguir dando clases en la Escuela Politécnica 703 de Puerto Madryn.

Los ministros Alejandro Panizzi y Mario Vivas explicaron que como D´Horta no reclamaba dinero no había presupuesto en juego, ya que su cargo docente igual debía ser cubierto. Declararon “inadmisible” el recurso del Estado provincial, que pagará las costas.

El 2 de agosto de 2011 el hombre fue parte del intento de robo. Tuvo prisión preventiva. Era suboficial de la Policía y fue exonerado de la fuerza en 2012. En noviembre de 2011 fue condenado y en junio de 2013 quedó libre.

En octubre de 2013 fue designado suplente para un cargo docente en la materia “Procesos productivos” en la Politécnica. Es Técnico Electromecánico. Por su desempeño le otorgaron más horas, siempre como suplente o provisorio. Al ser exonerado ya tenía 42 horas cátedras en diferentes asignaturas.

Pagó

D´Horta explicó que en su momento no apeló su condena “porque reconoció su error y eligió pagar su culpa”. Tuvo una pena de dos años y cuatro meses de prisión efectiva. Se dio por cumplida por el tiempo que pasó en preventiva y domiciliaria.

Como el resto de la banda apeló, hubo un fallo definitivo del STJ en junio de 2015. El Ministerio fue notificado y le inició un sumario administrativo por violación al Estatuto Docente.

En 2017, el Decreto 1.095 lo exoneró del Ministerio. D´Horta promovió un amparo contra la Provincia al considerar violado su derecho a trabajar. Aclaró que el delito y la condena eran anteriores a su ingreso a Educación, y que su desempeño laboral fue “intachable”.

Pero según el sumario, su desempeño como maestro no era relevante para la investigación. “Se lo acusó de perjudicar la moral, afectar el decoro de la función o el prestigio de la administración. Fue llamativo que se le aplicaran normas administrativas por hechos cometidos mucho antes de estar sujeto a ellas”.

D´Horta repasó lo que llamó su “actuación de excelencia”: obtuvo licencias de programas informáticos para uso del alumnado; remodeló el taller; gestionó donaciones de vehículos para prácticas de desarmado y de estaciones de trabajo; actualizó el inventario de herramientas; reparó la totalidad de las máquinas que estaban en desuso; creó el “Aula de diseño 3d” que imprimió la primera mano ortopédica gratuita.

En los conceptos anuales del director de la Escuela sus calificaciones raramente bajaron de 9, con un 10 en laboriosidad, aptitud para con los docentes y directivos, puntualidad y asistencia, concepto, cultura general, etcétera.

Sanción automática

Según su amparo, el decreto de exoneración nunca explicó cómo la condena penal en su contra podía afectar el prestigio de la Politécnica o ser “moralmente incompatible” con su trabajo. El sumario se limitó a aplicarle una sanción gravísima y automática. No era docente al momento del robo.

D´Horta consideró “un contrasentido” que el Estado por un lado promueva el derecho a la reinserción pero por el otro “trunque esa posibilidad con trabas que impone a los que pretenden reincorporarse como miembros productivos de la sociedad”. El decreto rompía su derecho a trabajar. “Es una clarísima falta de proporción entre el hecho y la sanción”.

Una jueza declaró nula e inconstitucional la exoneración. El Ministerio reclamó pero la Cámara de Apelaciones de Madryn confirmó la postura de D´Horta, reincorporándolo al aula. Coincidieron con que lo habían echado ignorando su buen desempeño docente ni explicando cómo influyó su prontuario. La exoneración es la máxima sanción disciplinaria pero necesita una explicación sólida.

“Del análisis del legajo y de la declaración de los testigos se advierte su idoneidad, compromiso, dedicación, innovación y actitud proactiva en la función docente”, dice el fallo de segunda instancia.

El Ministerio no demostró qué relación había entre el Caso Pirámides y su trabajo docente. “Debió exponer cómo su conducta pasada afectaría el prestigio de la institución docente”. No se puede transformar de la nada un antecedente por delito en un impedimento para la función pública. La exoneración automática era inconstitucional ya que se ignoró la “idoneidad, compromiso y buen desempeño” que evidenció D´Horta con sus alumnos. “La autoridad debió verificar el peligro que representaba para el normal desempeño de la función pública”.

Máxima instancia

Educación apeló al STJ. El procurador general Jorge Miquelarena dictaminó que el caso no perjudicaba al erario. Sea quien sea el docente, igual habría que pagar esas horas cátedra o el cargo.

El Superior coincidió con este dictamen: D´Horta nunca reclamó salarios caídos ni indemnización, sólo seguir trabajando en la Politécnica. Darle la razón no implica un detrimento económico para el Estado porque no hay patrimonio público en juego.

D´Horta ganó el caso pero esta semana no dará clases. Es que debe esperar que se notifique a la cartera educativa y el fallo se haga efectivo.

“Los pibes me esperan y fueron mi mayor apoyo psicológico. Siempre me preguntaron cuándo volvía”, le dijo a este diario el exuniformado, con entusiasmo.

 

 

Diario Jornada

El diputado provincial Blas Meza Evans presentará este viernes el pedido de juicio político a los miembros del Superior Tribunal de Justicia Alejandro Panizzi, Mario Vivas y Miguel Angel Donnet.

Acusa a los ministros del STJ por demoras en la definción del desdoblamiento de elecciones. También apunta contra Donnet por su mirada «contra la igualdad de género». Agrega una supuesta persecución y acosa laboral contra algunos magistrados.

 

El Chubut

El Superior Tribunal de Justicia decidirá en los próximos días si revoca la condena a la médica María Estrella Perramón a un mes de prisión en suspenso y un año de inhabilitación para ejercer. Se la había acusado de la muerte de la joven Keyla, de 17 años, días después de haberle practicado una interrupción legal del embarazo. El juicio en Esquel la absolvió por el aborto pero la condenó por lesiones culposas.

Según la sentencia del juez José Colabelli, la médica Perramón, que trabajaba en el Hospital de El Maitén, al interrumpir el embarazo causó una infección mortal para la paciente.

Pero la defensa sostiene que incluso hoy en día no se conocen las causas de la muerte de Keyla porque no se investigaron ni se preservaron las muestras para poder determinarla.

Alejandra Tolosa, abogada defensora, relató los hechos ante los ministros Mario Vivas, Alejandro Panizzi y Miguel Donnet. La joven se presentó en el Hospital el 1° de diciembre de 2015 y solicitó la interrupción legal de su embarazo. Perramón le realizó el tratamiento con pastillas para interrumpir la gestación.

La joven vuelve al Hospital el 3 con dolores abdominales propios de esta práctica pero en buen estado de salud. El 5 de diciembre ingresa a la guardia con diarrea y vómitos. La medican para calmar el cuadro y vuelve a su casa pero horas más tarde regresa a la guardia. Tras unos estudios la derivan al Hospital de Esquel.

La operan por líquido en la cavidad abdominal pero la revisión ginecológica no encontró infección en útero ni intestinos. Luego de una segunda intervención quirúrgica, fallece.

Para la abogada de Perramón, la investigación del caso no buscó la causa de la muerte sino que persiguió a la médica.

Sostiene que en el fallo de la Cámara de Esquel, las juezas Carina Estefanía y Nelly García se basaron en el testimonio de Chinda Brandolino, doctora que integra la Fundación “Más Vida” y brindó datos erróneos y falsos. Según Tolosa, se desecharon otros testimonios que certificaron la seguridad que presenta la interrupción medicamentosa del embarazo.

“Se investigó únicamente a Perramón por la interrupción legal, entendiendo esa práctica como criminal e insegura, por tal motivo nunca se investigó la verdadera causa de la muerte”. La defensora agregó que “al no tener certezas, mal se puede determinar una conducta de la médica que hubiera evitado ese desmejoramiento en la salud”.

Explicó que a la médica primero la acusan por aborto, luego por homicidio culposo, “ya no por la legalidad del aborto sino por una mala praxis médica después de la interrupción. Le atribuyen la lesión que desmejora la salud; la culpan del desmejoramiento en la salud, no del fallecimiento, vinculándolo con la práctica de la interrupción legal cuando nunca se demostró un nexo causal entre el aborto medicamentoso, que tiene cero riesgo según la Organización Mundial de la Salud, con el fallecimiento. No existe nexo causal pero se la culpabiliza por haber hecho la práctica”.

La defensora deslizó que la joven pudo desarrollar una crisis blástica de origen leucimoide. “No se pudo descartar o confirmar porque no se preservó adecuadamente el material de la médula ósea y es una muestra más del poco interés que hubo en la investigación”.

Para la defensa de Perramón, el fallo de la Cámara de Esquel es “sesgado y arbitrario”, viola el principio de culpabilidad, el derecho de defensa en juicio y la garantía del aborto no punible. Además desalienta a otros médicos que pueden temer “estas criminalizaciones a quienes cumplen el deber jurídico de garantizar la práctica del aborto no punible”.

Tolosa considera que el fallo del STJ puede sentar jurisprudencia. Ya fue pionero con el caso F.A.L. y Chubut también con el protocolo de atención a abortos no punibles. “Es una oportunidad importante de reafirmar la garantía del debido proceso en relación a los derechos de la imputada y del acceso al aborto no punible”, aseguró.

Habló la representante del Instituto Nacional de las Mujeres, Luz Torres. Pidió la absolución y presentó un recurso de “Amicus curiae”: una presentación como tercero ajeno al litigio que voluntariamente ofrece su opinión para colaborar en la resolución.

Torres dijo que Perramón procedió cómo indican las guías de interrupción legal de embarazo y que no se comprobó la influencia que tuvo esta práctica en la muerte de Keyla. Por eso sin pruebas se viola el principio de culpabilidad. “No se valoró la prueba ya que tanto la sentencia en primera instancia como en Cámara fueron con preconceptos sobre la interrupción legal y quienes llevan estas prácticas”.

“Descartaron el análisis de la historia clínica, no analizaron la mensajería del celular de Keyla ni tuvieron en cuenta los testimonios e informes médicos de las ginecólogas del Hospital de Esquel, María Pía Brizzio y Julieta Epifane. Tampoco de la especialista Stella Maris Manzano y de González quienes constatan que no hay origen ginecológico en el deterioro de la salud que derivó en la muerte”.

El Instituto afirmó que la imputación se basó en estigmatizar a las médicas. Y que condenas así impiden abordar la problemática de la numerosa cantidad de mujeres que mueren por abortos inseguros.

Perramón sigue trabajando. Ayer no estuvo por problemas de salud. Incluso pidió licencia. En estos años tuvo dificultades para ejercer tanto en el sistema de salud como en la Justicia. “Sufre persecución y hostigamiento”, dijo su defensora.

El ministro de Salud del Chubut, Adrián Pizzi, se reunió en Rawson con el ministro del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia, Miguel Ángel Donnet, con quien acordó el uso compartido de la Morgue Judicial de Comodoro Rivadavia, mientras se refacciona la del Hospital Regional “Dr. Manuel Sanguinetti” de esa ciudad.

El encuentro tuvo lugar este martes, en las instalaciones del STJ, y también estuvo presente el médico forense Oscar Heredia.

Trabajo de cooperación 

Al respecto, el ministro Adrián Pizzi explicó que “se hizo un acuerdo para el uso compartido de la morgue judicial de Comodoro Rivadavia, por el cual habría un trabajo de cooperación desde el área forense del Superior Tribunal de Justicia para la disposición de cadáveres”.

El acuerdo tendrá vigencia “mientras solucionamos la situación de la morgue del Hospital Regional”, indicó, precisando que “esa obra ya está licitada y adjudicada, y próxima a empezar”.

Asimismo, el titular de la cartera sanitaria resaltó “la buena voluntad del ministro del Superior Tribunal de Justicia, Miguel Ángel Donnet, para llegar a este acuerdo”.