El procedimiento que utiliza el I.P.V. Chubut para la selección y adjudicación de los postulantes inscriptos, es sabido que permite la existencia de irregularidades recurrentes, constantes, que originan injusticias, malestar en los anotados, y denuncias públicas cada vez que se está ante la entrega de algún plan habitacional.
Es grave lo que pasa en el Instituto con el artículo 14 de la Ley de Creación del I.P.V., que está en plena vigencia. La Ley manda: ”En caso de que varias familias se encuentren en igualdad de condiciones, la adjudicación se realizara por sorteo público”. Esta alternativa, que es muy frecuente, no se cumple.
A febrero de 2015 solamente en la ciudad de Comodoro Rivadavia había inscriptos como postulantes a una vivienda 11.817 vecinos. Tomemos por ejemplo el ahora investigado caso de las 81 casas del Barrio Ciudadela. ¿Cómo se hizo la selección y adjudicación de los 81 vecinos? ¿Cuál era el puntaje de cada uno de los 11.817 anotados en la Capital del Petróleo? ¿No había, no existían acaso familias que se encontraban en igualdad de condiciones, y la adjudicación debería haberse hecho mediante sorteo público como lo manda la Ley XXV N° 5?
¿O es que acaso se efectuó el sorteo público y nadie se enteró?
En el I.P.V. Chubut se han dictado resoluciones sobre selección yadjudicación de postulantes tales como la 1044/91; 950/05; 1539/12; 3726/15; 4096/15; 923/93 y 590/14, y recientemente, el Gobernador Mario Das Neves firmó el Decreto 169/2016. Una ley se cambia por otra ley, y aún la Ley XXV N° 5 está en plena vigencia, y no se cumple con el artículo 14 que ordena sorteos públicos ante el caso de que varias familias se encuentren en igualdad de condiciones. Insistimos, ¿en el caso de Comodoro Rivadavia entre 11.817 inscriptos las autoridades encontraron a 81 ciudadanos tan especiales que no hubo necesidad de sorteo alguno?
Hay corrupción en el I.P.V. Chubut, desde hace años, y creo que muy pocos chubutenses se animarían a negar su existencia. Esperemos que la Justicia lo pueda demostrar y también muy bueno sería que Diputados puedan crear la Comisión Especial Investigadora al I.P.V. Chubut, dedicada, al menos, a controlar lo actuado en los últimos 12 años del
Instituto.
Otro ejemplo de lo que no se cumple en el I.P.V. El artículo 29 de la Ley XXV N° 5 establece que el Instituto a través de un concurso público procederá a contratar anualmente una auditoría externa, cuyos resultados serán publicados en el Boletín Oficial. Pregunta: ¿alguien supo de alguna auditoría al I.P.V. publicada en el Boletín Oficial.
Si se pretende justificar no hacerlo aduciendo problemas de espacio, les recordamos a las autoridades del Instituto, que sí publica por ejemplo el Balance Anual el Banco Provincia del Chubut, que es muy voluminoso por cierto?
Por Luis Dupuy
dupuy2019@gmail.com