La Municipalidad de Rawson presentó este lunes, por decisión política de la intendenta Rossana Artero, una denuncia contra la Cooperativa de Servicios Públicos ante el incumplimiento de la medida cautelar a la que la Justicia le dio lugar, y que ordena la suspensión por 90 días del último incremento tarifario, además de obligar a la entidad a refacturar las boletas aún no abonadas por los usuarios.
En la denuncia se solicita que, de persistir con la irregularidad, se aplique una multa a la Cooperativa y se instruya a la Justicia Penal a que intervenga e investigue la comisión del delito de desobediencia por parte del presidente de la entidad, Marcelo Griffiths.
La presentación fue hecha con documentación probatoria y en base a denuncias por parte de vecinos respecto del incumplimiento de la Cooperativa ante las cuales se presentó un escribano en la entidad para certificar el mal accionar respecto de lo dispuesto por la Justicia.
En el escrito, que fue presentado este lunes a la Justicia, la Municipalidad de Rawson por medio de la Asesoría Letrada recordó que la medida cautelar dispuso «la inmediata suspensión de los efectos del nuevo cuadro tarifario dispuesto a partir de abril de 2017, debiendo ajustar inmediatamente las facturas que se hubieran emitido con incremento, a las tarifas previas al citado aumento efectuándose nueva liquidación».
Además, la medida estableció que «para el caso de los aumentos facturados que se hubiesen abonado a la fecha de notificación de la cautelar, sus importes deberán tenerse por abonados ‘a cuenta’, reintegrándose su monto en las próximas facturas hasta su compensación total».
Sin embargo, en base a las denuncias de vecinos, la Municipalidad pudo comprobar que la Cooperativa «hizo caso omiso a lo ordenado, ya que al presentarse los usuarios a abonar las facturas por ventanilla, la entidad quiso cobrarles con aumentos superiores al 100%, tal como el presidente reconoció en diversos medios periodísticos».
«No obstante ello -observó el municipio- ante los reclamos de los usuarios para que se les cobre conforme lo ordenado por la medida cautelar, es decir sin el aumento ilegal, desde la entidad les informaban que la medida cautelar se había caído y por lo tanto debían abonar la tarifa como se consignaba en la factura y luego de la sentencia, si la Justicia le daba la razón al municipio, recién se vería si les devolvían dinero en las próximas facturas».
Cabe mencionar que la ilegalidad del incremento reside en el hecho de que fue decidido de manera unilateral por el Consejo de Administración de la Cooperativa, sin haber sido elevado por el municipio ni haber tenido el visto bueno del Concejo Deliberante.
Ante ello, por considerarse «mendaz, maliciosa y desobediente» a la conducta de la entidad, se solicitó que de persistir la misma se aplique una multa económica. Y que se instruya al Poder Judicial a los efectos de que intervenga e investigue el delito de desobediencia en que ha incurrido el presidente de la Cooperativa.