La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la impugnación presentada por el Ministerio Público Fiscal a propósito de un fallo dado por la cámara penal de Trelew integrada por Alejandro Defranco, Florencio Minatta y Adrián Barrios, quienes habían dejado sin efecto lo decidido por el Juez Sergio Piñeda, elevando a juicio oral un caso de abuso sexual. Contrariamente a esto, la cámara benefició al imputado con la suspensión de juicio a prueba, imponiendo treinta horas de trabajo comunitario y el sometimiento a un tratamiento sicológico.
Se trata de un hombre de 66 años, acusado de abusar a dos niñas entre 2012 y 2015, cuyas víctimas resultaron ser nietas de su pareja. Para el Ministerio Público Fiscal los camaristas habilitaron la aplicación del instituto de juicio a prueba sin tener en cuenta la oposición argumentada por la fiscalía ni las normativas previstas para la aplicación de la norma.
Quienes conforman la sala penal, los ministros del Superior Tribunal Alejandro Panizzi, Mario Luis Vivas y Miguel Angel Donnet, consideraron que se vislumbraba arbitrariedad en el fallo cuestionado resultando incompatible a la normativa aplicable, pero recordó además que al tratarse de un instituto excepcional requiere obligatoriamente el consentimiento fiscal. Indicaron también que los Jueces redujeron o fragmentaron las razones del Ministerio Público Fiscal para no prestar consentimiento a la solicitud de suspensión de juicio a prueba.
Ante esta resolución de la sala penal del Superior Tribunal de Justicia, ahora el expediente regresa a la oficina judicial de Trelew, que deberá disponer la realización del correspondiente juicio oral.