El fiscal Martín Cárcamo ordenó el archivo de una causa en la que se había formulado una serie de acusaciones, por parte del dirigente gremial José Luis Ronconi, contra el juez de Ejecución Gustavo Toquier.
El fiscal Martín Cárcamo ordenó el archivo de una causa en la que se había formulado una serie de acusaciones, por parte del dirigente gremial José Luis Ronconi, contra el juez de Ejecución Gustavo Toquier, al concluir que tales apreciaciones no encontraron elementos probatorios suficientes para fundar las presuntas conductas irregulares que eran atribuidas al magistrado. Para la fiscalía, luego de una serie de averiguaciones preliminares, corresponde la desestimación y archivo de las actuaciones.
Las denuncias habían sido derivadas a partir de acusaciones formuladas por Ronconi, en su carácter de dirigente del gremio judicial, contra el juez Toquier. Tales cuestionamientos apuntaban a diversos hechos, que iban desde una supuesta participación del juez en una negociación espuria con el Ejecutivo provincial, hasta comentarios de abogados que atribuían al juez pedidos de coimas para resolver casos judiciales.
Cárcamo abordó cada una de las acusaciones, para concluir que no hay elementos para fundar las irregularidades atribuidas a la conducta del juez, en referencia al acuerdo suscripto por la Asociación de Magistrados con la Fiscalía de Estado, en el año 2012. Señala incluso que no se verifica participación del magistrado en esa instancia de negociación.
Similar conclusión, respecto de la falta de evidencias, asume frente a su vínculo matrimonial con una de las accionistas que integran la sociedad financiera Arwen, una empresa financiera, que tuvo tramitaciones en el juzgado de Toquier sin que éste se eximiera de actuar.
Sobre esa vinculación en particular, el fiscal Cárcamo expresa en su resolución: “Los hechos denunciados no encuentran suficiente constatación en relación al favorecimiento explícito o velado del titular del Juzgado de Ejecución N° 1 de ésta ciudad con la firma ARWEN S.A. a consecuencia de la participación accionaria puesta en cabeza de la señora Diana Margot Dimopulos”.
Sobre los comentarios atribuidos a abogados por parte de Ronconi, sobre el supuesto pedido de coimas, el fiscal requirió informes al Colegio de Abogados de la ciudad, por lo que señala en su resolución: “conforme fuera informado por el presidente de la institución, durante el periodo comprendido entre el año 2014 y 2016 no se han formulado quejas, reclamos y/o denuncias vinculadas con el funcionamiento del Juzgado de Ejecución N° 1 a cargo del señor Juez Gustavo Toquier”. Y añade la resolución:
“Al respecto es dable destacar que, atento a la función institucional que representa el Colegio de Abogados y la proximidad que ostenta con los profesionales que agrupa por funcionar dentro del edificio de tribunales una sede de la institución, la asiduidad en el desempeño profesional cotidiano, entre otras potentes razones que la lógica y experiencia me imponen, la información aportada por el colegio profesional constituye un categórico indicio que desacredita de plano los hechos denunciados e impiden la profundización de la investigación en relación a hechos particularizados”.
Sumario en el Consejo de la Magistratura
Vale recordar que los mismos hechos evaluados en sede penal, por los que la fiscalía resolvió esta semana su desestimación y archivo, fueron objeto de un sumario en el Consejo de la Magistratura del Chubut. Dicha instancia se encuentra suspendida, a partir de un recurso de amparo por presentado por la defensa del juez, lo que impide por ahora dar tratamiento a las conclusiones elaboradas por la sumariante.
Por otra parte, el juez Toquier deberá afrontar el año próximo un juicio oral y público por su actuación en el marco del concurso preventivo de la firma Oil Combustibles. En ese caso, la fiscalía planteó la acusación por “prevaricato y retardo de justicia”.