En el Gobierno esperan tener listo antes de fin de mes la reglamentación del reintegro por consumos por tarjeta de débito para los sectores de bajos ingresos aprobado en la ley de Emergencia y “Solidaridad”.
Ese reintegro no es por devolución parcial del IVA como rigió entre 2016/2018 –con lo que no se altera el esquema de distribución de los impuestos- sino por el pago con tarjeta de débito. Tendrá un límite, según adelantaron los funcionarios, de hasta $ 700 por mes por persona. Economía fijará el presupuesto que cubrirá esos reintegros.
“Tanto el reintegro como los estímulos deberán priorizar a los sectores más vulnerables de la sociedad y fomentar la inclusión financiera”, dice la ley. Se descuenta que abarcará a los jubilados y pensionados que cobran hasta el haber mínimo, a los beneficiarios de la AUH, a la tarjeta alimentaria, las prestaciones por desempleo y al personal de casas particulares y podría contener alicientes para que los comercios acepten el pago con tarjeta de débito, incluso por compras de montos bajos.
Es que para que sea efectivo, ese reintegro a los sectores más vulnerables que paguen sus compras con tarjeta de débito tiene un inconveniente que superar. El 83,2% del gasto en alimentos y bebidas se abona al contado, en efectivo, según la última Encuesta Nacional de Gasto de los Hogares, del INDEC.
Con tarjetas de débito se compra apenas el 9% del gasto total en alimentos y bebidas.
Las compras de frutas, con el 87,9% y verduras con el 87,7% encabezan el ránking de los pagos en efectivo. Con el 84,6% le sigue el pan y cereales y en el último puesto figura aceites y grasas con el 74,4%.
Entre los sectores de menos recursos, cuyos ingresos van a la compra de alimentos en mayor proporción, esos porcentajes serían aún superiores.
En consecuencia, para que el reintegro sea eficaz habría que alterar las formas de pago de los consumidores y de cobro de los comercios porque los alimentos “son adquiridos mayoritariamente en efectivo”, según el informe del INDEC. Además, en las pequeñas compras diarias –pan, facturas, frutas o verduras- la práctica es el pago en efectivo.
Inclusive, “en el caso de la compra de bienes y servicios no alimentarios, casi dos tercios del gasto se realiza en efectivo y un cuarto es realizado a través de operaciones bancarias, con tarjeta de débito, financiado con tarjeta de crédito, mediante débito automático, transferencia bancaria o servicio de homebanking”.
Un antecedente de este reintegro es la ley sancionada en junio de 2016 que dispuso la devolución del 15% del IVA, con un tope de $ 300, a jubilados y pensionados que cobran la mínima, personal de Casas Particulares y beneficiarios de planes sociales, como AUH. Allí se fijó este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2017, autorizando al Poder Ejecutivo a prorrogarlo.
A su vez, el tope debía ser modificado por el Ejecutivo a partir de enero de 2017 según la variación de la canasta básica de alimentos en julio y enero de cada año. En 2018, se prorrogó, manteniendo el tope de $ 300. Y en 2019 el reintegro fue cancelado Ahora el reintegro especial por el uso de la tarjeta de débito tendrá un tope de $ 700 por mes por persona. No obstante si se actualizara el tope anterior de $ 300 por la variación de la canasta básica de alimentos, como marcaba la ley, ahora ese valor debería rondar los $ 900, destacó El Clarín.