La ley de Juicio por Jurados que impulsó un diputado oficialista y que fue aprobada por unanimidad lleva más de dos meses sin ser publicada en el Boletín Oficial. El Ejecutivo todavía no le puso número arábigo. Esta deficiencia administrativa provoca demora en la articulación de las capacitaciones y la instrumentación del sistema a partir de enero de 2021.
La Legislatura de Chubut dio un paso enorme con la aprobación de la ley de Juicio por Jurados en la provincia del Chubut. La participación de la ciudadanía en los procesos judiciales generó una amplitud que se venía reclamando enérgicamente al Poder Judicial.
La ley fue aprobada hace 72 días, sin embargo, el Gobierno de Arcioni la tiene archivada y aún no cuenta con número arábigo y, por consiguiente, no fue publicada en el Boletín Oficial.
La pasividad en la instrumentación formal de la norma genera, a su vez, dificultades para avanzar con toda la reglamentación y capacitación para que la ley esté oficialmente operativa desde el 1 de enero de 2021.
En este contexto, la Asociación Argentina de Juicios por Jurados que preside Héctor Granillo Fernández y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales de la cual Alfredo Pérez Galimberti es el vicepresidente, le envió una nota al gobernador Mariano Arcioni para que agilice los trámites y la ley sea publicada en el Boletín Oficial de la provincia del Chubut.
«Desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), junto a la Asociación Argentina de Juicios por Jurados (AAJJ) nos dirigimos a usted con el fin de expresarle nuestra preocupación por la falta de avance en la publicación de la Ley Nø 059/2019 sobre Juicio Por Jurados», expresa la nota a la que accedió EL CHUBUT y que lleva las firmas de Granillo Fernández y Pérez Galimberti.
El escrito que llegó al despacho del gobernador exhibe la lentitud y el desorden con el que funciona el Poder Ejecutivo. «A más de dos meses de haberse aprobado por la Legislatura de la Provincia, la ley aún no cuenta con número arábigo asignado por el Digesto Jurídico ni tampoco ha sido publicada en el Boletín Oficial de Chubut», remarca.
La ley fue girada al ejecutivo el día siguiente
Ambas entidades especifican en la nota dirigida a Arcioni cómo es el procedimiento desde que la ley se aprueba en la Legislatura hasta que llega a Fontana 50.
«Entendemos que, según el procedimiento establecido en la Provincia, cuando una norma sancionada por la Legislatura con mayoría requerida es notificada formalmente al Poder Ejecutivo, éste debe continuar con el trámite administrativo para su publicación oficial», precisan en el escrito.
Asimismo, señalan que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 140 y 142 de la Constitución Provincial, «una vez realizada la correspondiente notificación por parte del Poder Legislativo, comienza a correr un plazo de 10 días hábiles para que el Ejecutivo promulgue la norma expresamente a través de un Decreto o bien ejerza la facultad de veto total o parcial».
En caso de no hacerlo en el término de 10 días hábiles, la ley queda promulgada «de hecho».
En el caso concreto, Pérez Galimberti y Granillo Fernández, subrayan que el proyecto de Ley Nø 059/2019 «fue sancionado por la Legislatura en la sesión del 3 de diciembre de 2019 y notificado a la Dirección de Registro el día 4 de diciembre de 2019».
Por estos motivos, sostiene que «como actores de la sociedad civil comprometidos con la construcción de sistemas de justicia penal democráticos y con participación ciudadana, agradecemos su predisposición y aguardamos que disponga la asignación del número arábigo al proyecto sobre juicios por jurados y se publique sin más demoras en el Boletín Oficial».