Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo, momento de inicio de la medida dispuesta. Deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas. Teniendo en cuenta que solo se podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos, mediante fotografias se registra el panorama local en base al acatamiento de las normas por parte de los vecinos de la ciudad. El jueves pasado el gobernador del Chubut, Mariano Arcioni, participó de la reunión que mantuvo el presidente de la Nación, Alberto Fernández, con los mandatarios provinciales donde anunció el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que ya comenzó a regir en todo el país para evitar la propagación del COVID-19.
Se recuerda de esta manera que ayer a las 00.00 horas y hasta el 31 de marzo inclusive, “se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio. Pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario”. Infracción Cuando se constate la existencia de una infracción al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, u otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.
El Ministerio de Seguridad de la Nación deberá disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en el presente decreto y procederá a su retención preventiva.