Los integrantes de la Policía del Chubut, Guillermo Díaz y Christian Arroyo, fueron condenados por el delito de hurto agravado por ser cometido por la autoridad policial en relación a un control ilegal que cumplieron el 1 de abril de 2018 en el barrio Palazzo.
Esa madrugada los efectivos que se desempeñaban en la comisaría Mosconi obligaron a hacer descender a los dos ocupantes de un Renault 9 estacionado en cercanías de la plazoleta “Petroleros” de ese barrio.
El sargento primero Christian Aurelio Arroyo y el cabo primero Francisco Guillermo Díaz revisaron el auto sin orden judicial ni motivo habilitante, y robaron dos teléfonos celulares pertenecientes a las víctimas. En forma posterior, otro turno policial descubrió los aparatos telefónicos ocultos debajo de la alfombra del asiento del conductor del patrullero que utilizaron Arroyo y Díaz.
A partir de la denuncia de las víctimas, el fiscal Julio Puentes inició la investigación que derivó en la sentencia condenatoria contra los uniformados. En la audiencia de impugnación celebrada el 22 de julio el defensor de Arroyo pidió la absolución y el abogado de Díaz presentó el escrito pero desistió de reclamno alguno.
El fiscal, en tanto, solicitó se ratifique en todos sus términos la sentencia condenatoria de los policías por hurto agravado. La Cámara Penal integrada por los jueces Martín Montenovo, Guillermo Müller y Daniel Pintos pasó a deliberar y este miércoles dio a conocer su resolución.
Los magistrados afirmaron que Díaz desistió de su impugnación mediante un escrito presentado por su defensor, y por ello conformaron la sentencia condenatoria.
Los jueces explicaron que dentro de las facultades que le otorga la ley a la policía, bajo ninguna circunstancia “puede llegar a una requisa vehicular que invade la intimidad. No había ningún elemento que motivara la requisa vehicular en el caso. Sin embargo se realizó dicha requisa como también conductas innecesarias de violencia hacia las víctimas del hecho”.
Los camaristas establecieron que quedó demostrados que las víctimas fueron obligadas a descender del vehículo y que “ambos acusados se introdujeron en el habitáculo, que los celulares estaban allí a simple vista porque estaban conectados al Bluetooth del vehículo. Que el sistema de localización del celular indicaba que estaba al lado de la Comisaría Mosconi. Es decir que el celular estuvo siempre en el móvil policial”.
El juez de primera instancia “abordó la causa en que ambos acusados ingresaron al rodado y tomaron un celular cada uno. Pudieron existir otras alternativas, pero no hay prueba para acreditar cuál de ellas fue las que ocurrió. Por lo cual como no se puede saber qué es lo que ocurrió la duda razonable, beneficia al acusado”, concluyeron los jueces de Cámara. Por ello, absolvieron a Arroyo.