Como cada 4 de mayo, la Asamblea de Vecinos Autoconvocados por el No a La Mina llevó a cabo su marcha pacífica por las calles de Esquel, un evento que se repite mensualmente en la localidad desde hace casi dos décadas. Sin embargo, la marcha de este año se vio empañada por un incidente desafortunado cuando un hombre en una camioneta grande comenzó a gritar e insultar a los manifestantes, culminando su agresión al rozar con su vehículo a uno de ellos.
El suceso tuvo lugar durante el primer tramo de la marcha, que se realizó sin acompañamiento policial. Según los relatos de los participantes y las declaraciones difundidas a través de las redes sociales de la Asamblea, el conductor gritó insultos como «ya está, esto no va más, pelotuda», mientras maniobraba su camioneta de manera amenazante hacia los manifestantes.
La actitud del conductor ha sido ampliamente repudiada por la Asamblea de Vecinos, quienes la describen como una «muestra de la prepotencia en la que algunos personajes avalados por decisiones políticas, manifiestan su desprecio hacia cualquier manifestación popular».
Origen y Significado de la Marcha
La «Marcha de los 4» es una tradición en Esquel que comenzó en diciembre de 2002, estableciendo el día 4 de cada mes como un recordatorio de la Audiencia Pública del Proyecto Cordón Esquel que nunca se llevó a cabo.
A lo largo de los años, esta fecha se ha convertido en un símbolo de resistencia y acción comunitaria, incluyendo asambleas, foros, sentadas y cortes de ruta, todos caracterizados por su naturaleza pacífica.
El Posible Impacto de la Ley Bases en la Megaminería en Chubut
En ese contexto, es crucial considerar las implicancias de la nueva Ley Bases, que podría facilitar la implementación de proyectos mineros en Chubut. Esta ley introduce un artículo que podría permitir a la Justicia federal anular leyes provinciales que restrinjan grandes inversiones, incluidas aquellas que prohíben proyectos mineros por sus efectos ambientales.
El artículo relevante de la Ley Bases forma parte del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), diseñado para atraer capitales mediante incentivos fiscales y tributarios para inversiones superiores a los US$200 millones. Sin embargo, el artículo en cuestión plantea la invalidez de cualquier normativa preexistente que contradiga los beneficios establecidos por el RIGI, lo que incluye legislaciones como las vigentes en Chubut que limitan la megaminería.
El artículo 162 especifica que cualquier ley o acción que obstaculice lo establecido en el título será considerada nula de «nulidad absoluta e insanable», y obliga a la Justicia federal a impedir su aplicación de inmediato. Este mandato legal podría, en teoría, sobrepasar las competencias locales y provinciales, centralizando decisiones críticas a nivel nacional y alterando el equilibrio federal del país.
Esta posibilidad ha generado un intenso debate y críticas por parte de expertos constitucionalistas y jurídicos, quienes argumentan que la ley podría vulnerar la autonomía provincial y la división de poderes establecida en la Constitución Argentina. La preocupación es que, bajo esta nueva legislación, las protecciones ambientales y sociales que las provincias han establecido podrían verse socavadas en favor de intereses económicos nacionales o internacionales.