El Gobierno oficializó este jueves el procedimiento para que aquellas personas extranjeras que realicen inversiones «relevantes» en el país, puedan obtener la ciudadanía.
El Gobierno Nacional definió este jueves el procedimiento que deben seguir los extranjeros que busquen obtener la ciudadanía argentina y hayan hecho una inversión considerada «relevante».
Lo hizo a través del Decreto 524/2025, lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
El proceso será tramitado por la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, dependiente del Ministerio de Economía, que deberá evaluar la solicitud, requerir informes a organismos oficiales y emitir una recomendación fundada a la Dirección Nacional de Migraciones, encargada de tomar la decisión final. Según indicó El Cronista.
Ciudadanía por «grandes inversiones»: qué modificó el Gobierno y cómo podrá obtenerse
El nuevo régimen, que modifica la tradicional Ley de Ciudadanía N° 346, es un nuevo paso dentro de la reforma migratoria que encaró el gobierno de Milei, que fue oficializada a finales de mayo.
En ese momento se cambiaron los requisitos sobre los cuales se otorga la ciudadanía argentina, la residencia en el país y se avala tanto el ingreso, la permanencia y la expulsión de una persona extranjera.
La nueva normativa establece que los extranjeros que hayan realizado una inversión considerable, según los criterios que determine el Ministerio de Economía, podrán solicitar la ciudadanía argentina ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, un organismo descentralizado creado en el ámbito de ese ministerio.
Esta agencia recibirá las solicitudes, evaluará si la inversión cumple con los requisitos y coordinar la intervención de otros organismos estatales.
Ciudadanía para quienes inviertan: cómo es el procedimiento
- El proceso inicia con la presentación de la solicitud ante la Agencia, que analizará si la inversión califica como relevante.
- Si la evaluación es positiva, el organismo solicitará informes a organismos como el Ministerio de Seguridad Nacional, la Unidad de Información Financiera, el Registro Nacional de Reincidencia, el RENAPER y la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), entre otros.
- Estos organismos deberán expedirse sobre si el otorgamiento de la ciudadanía podría representar un riesgo para la seguridad nacional o los intereses del Estado.
- Una vez reunidos todos los datos necesarios, la Agencia elevará un informe circunstanciado a la Dirección Nacional de Migraciones, recomendando la aprobación o el rechazo de la solicitud.
Si la inversión no califica como significante o si alguno de los organismos consultados desaconseja el otorgamiento, la Agencia propondrá el rechazo de la solicitud.
Por su parte, la Dirección Nacional de Migraciones tendrá un plazo de 30 días hábiles para analizar el informe y resolver, mediante un acto fundado, si otorga o rechaza la ciudadanía. Además, el decreto encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la adecuación de los sistemas para permitir la tramitación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a quienes obtengan la ciudadanía por esta vía.
La nueva agencia también tendrá la facultad de dictar normativa complementaria y aclaratoria para regular el procedimiento y la evaluación de las solicitudes.