El caso, revelado por una investigación de ADNSUR, expuso una maniobra clandestina para vacunar a dirigentes gremiales cuando las dosis estaban destinadas al personal de salud.
Los jueces Carlos A. Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky dejaron sin efecto la decisión del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, que había concedido la suspensión de juicio a prueba para Jorge Taboada y otros 20 afiliados de la obra social de camioneros.
El caso se deriva de la investigación por el robo de 30 dosis de vacunas Sputnik, en enero de 2021, con una pesquisa que acusó al sindicato Camioneros y a sus principales dirigentes por haber pagado para recibir la inoculación antes que otros pacientes que, por razones de edad o condiciones de salud, eran prioritarios.
Tal como había informado ADNSUR meses atrás, aquel acuerdo disponía la entrega de montos de dinero, entre los 400.000 y los 3.000.000 de pesos, para cada imputado, además de reglas de conducta y 96 horas de trabajos comunitarios.
Qué pasó en el juicio anterior
Según esta nueva sentencia, aquel beneficio queda sin efecto y deberán afrontar un juicio oral y público, bajo la imputación del delito de encubrimiento. Por el mismo hecho ya se condenó a la enfermera Analía Muñoz y a Marcos Paura, empleado del sindicato. En el primer caso, por el delito de hurto, en concurso con cohecho pasivo, con una pena de 3 años de prisión en suspenso.
El colaborador gremial, por su parte, recibió una condena de dos años y medio de prisión, también en suspenso, por el delito de cohecho activo, al probarse en el juicio que le había pagado a la enfermera para que colocara las vacunas a afiliados de la obra social, pese a que no integraban el listado de pacientes prioritarios.
De nuevo a juicio: cuál es la imputación y posible pena
El expediente “Guzmán, Héctor Elías y otros s/recurso de casación” investiga la participación de personal de salud y funcionarios en un operativo irregular que incluyó el robo de al menos treinta dosis de Sputnik del Hospital Regional. La acusación sostiene que Analía Muñoz, enfermera del nosocomio, acordó aplicar vacunas sin cumplimiento de los requisitos de prioridad, a cambio de dinero, en complicidad con Marcos Paura, que trabajaba para la obra social.
De este modo, 21 imputados, inicialmente beneficiarios de la suspensión de juicio a prueba, deberán afrontar el juicio bajo la imputación del delito de encubrimiento, porque presuntamente recibieron las dosis robadas. Se trata de un delito que, en caso de condena, prevé una pena máxima de 2 años de prisión en suspenso.
Motivos de la casación: oposición fiscal y consideraciones legales
El fallo de la Casación se fundamenta en que la oposición del fiscal general, Dr. Teodoro Nürnberg, a la resolución de suspensión fue debidamente fundamentada y vinculante. La oposición estuvo basada en que el caso involucra delitos de corrupción, afectación a la salud pública y participación de funcionarios en el ejercicio de sus funciones, aspectos que la normativa penal no admite como aptos para la probation.
El fallo toma en cuenta los convenios internacionales suscriptos por el país como parte del compromiso de lucha contra la corrupción, debiendo propender a que este tipo de hechos, que involucran a funcionarios públicos, se resuelvan en juicio oral y público, de cara a la sociedad. Así se lee en la sentencia:
“La probation en este caso resulta manifiestamente improcedente, toda vez que la apropiación por parte de Muñoz tuvo lugar durante su función laboral pública, la cual la posicionaba para la disponibilidad directa sobre esos bienes del Estado, pues al momento de los hechos revestía la calidad de empleada del Hospital Regional”.
Con base en estos fundamentos, los tres jueces de casación fallaron de forma unánime para que se deje sin efecto el beneficio de la ‘probation’ y se remita nuevamente el caso al Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, que ahora deberá fijar nueva fecha para el juicio.