Aunque la ley protege al consumidor, las consecuencias del impago son graves y pueden durar años.
Ante el aumento de las tasas de interés, muchos usuarios se preguntan qué sucede si dejan de pagar su tarjeta de crédito. Si bien la Ley 25.065 establece límites y garantías para los consumidores, el incumplimiento total puede derivar en juicios, embargos y una larga permanencia en bases de datos como Veraz o Nosis.
El laberinto de las tasas de interés
El problema comienza cuando no se paga el total del resumen mensual. Esto activa los intereses compensatorios, y si tampoco se abona el pago mínimo, se suman los intereses punitorios. Por ejemplo, el Banco BBVA aplica una Tasa Nominal Anual (TNA) del 90,15%, pero el Costo Financiero Total Nominal Anual (CFTNA) asciende al 109,08%, incluyendo impuestos y cargos adicionales.
La Ley 25.065 establece que el interés compensatorio no puede superar en más del 25% a la tasa de préstamos personales, y prohíbe la capitalización de intereses punitorios (no se pueden cobrar “intereses sobre intereses”).
Las consecuencias inmediatas
Según informó Noticias Argentinas, el impago activa un protocolo estándar:
- Intimación de pago: llamados y notificaciones del banco o estudios de cobranza.
- Inclusión en Veraz/Nosis: afecta el acceso a créditos, alquileres y compras financiadas.
- Bloqueo y baja de la tarjeta: el banco puede cancelar el plástico y debitar la deuda de otras cuentas del titular.
¿Me pueden embargar el sueldo?
Si la deuda persiste, el banco puede iniciar acciones legales. La ley prohíbe el juicio ejecutivo directo (artículo 14, inciso h), pero permite la preparación de la vía ejecutiva (artículo 39), que requiere presentar el contrato y los resúmenes ante un juez.
Si el juez reconoce la deuda, se puede avanzar a juicio y solicitar embargo de bienes, incluyendo:
- Embargo de sueldo: sobre el excedente del Salario Mínimo, Vital y Móvil.
- Embargo de cuentas, autos o inmuebles.
¿La deuda desaparece con el tiempo?
No necesariamente. La Ley 25.065 establece:
- Prescripción de acción ejecutiva: 1 año.
- Prescripción de acción ordinaria: 3 años.
Pero cualquier notificación fehaciente o pago parcial interrumpe el plazo y reinicia el conteo. Por eso, dejar de pagar esperando que la deuda “caduque” es una estrategia riesgosa y poco efectiva.
Las tarjetas de crédito pueden convertirse en una trampa financiera si no se gestionan con responsabilidad. Aunque la ley protege al consumidor, el impago total puede tener consecuencias duraderas. Informarse y buscar asesoramiento legal es clave antes de tomar decisiones drásticas.