Un precedente judicial en la provincia de Buenos Aires estableció un límite claro para las coberturas de fertilización asistida.
La Justicia ordenó a IOMA cubrir la totalidad de un tratamiento de vitrificación de óvulos, pero determinó que el costo de su conservación queda a cargo de la paciente, marcando un antes y un después para obras sociales y prepagas.
Los detalles del fallo que sienta un precedente
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata resolvió en la causa «L. M. M. c/ IOMA s/ amparo». La afiliada, una mujer de 33 años con diagnóstico de «baja reserva ovárica», reclamaba la cobertura para un «proyecto de maternidad futura». El tribunal, con votación mayoritaria, hizo una distinción crucial: IOMA debe cubrir el 100% de la extracción y vitrificación de óvulos, los medicamentos y las terapias de apoyo, considerándolo un acto médico necesario para preservar la fertilidad. No obstante, revocó la obligación de la obra social de costear el mantenimiento o guarda de esos óvulos, un gasto que deberá asumir la paciente.
Los fundamentos de la decisión judicial
La Cámara fundamentó su fallo, según la información publicada por Noticias Argentinas y citada por el portal Microjuris, en la diferencia entre un tratamiento de preservación de la fertilidad y uno de fertilización inmediata. El tribunal consideró que, una vez extraídos y vitrificados los óvulos, el momento de su uso depende exclusivamente de la voluntad de la mujer. Al no existir «certezas que habiliten o justifiquen establecer un término», la obligación de pago por la guarda no puede imponerse a la obra social de manera indefinida.
El voto en disidencia que marcó la excepción
El fallo no fue unánime. El juez Gustavo De Santis emitió un voto en disidencia, proponiendo que el amparo debía ser rechazado en su totalidad. Su postura se basó en que la demanda se sustentaba en un «proyecto de maternidad futura», lo que constituye una «contingencia hipotética» y no una «lesión actual o inminente» como exige la ley para acceder a esta vía judicial.
Esta decisión sienta un parámetro fundamental para miles de casos similares, delimitando con precisión las responsabilidades de las obras sociales y los derechos de los afiliados en los complejos y costosos tratamientos de fertilidad, un tema de gran sensibilidad para muchas personas. Información extraída del medio Noticias Argentinas.




