Pasajes gratuitos en micros de larga distancia: qué cambia en el sistema y quiénes mantienen el beneficio.
El Gobierno nacional oficializó la quita del régimen de compensaciones financieras que percibían las empresas de transporte automotor por los boletos emitidos sin cargo. No obstante, las autoridades aclararon que el derecho para los usuarios sigue plenamente vigente y que las compañías están obligadas a otorgar los asientos bajo apercibimiento de sanciones.
La reestructuración presupuestaria implementada por el Poder Ejecutivo Nacional introdujo modificaciones sustanciales en la administración del transporte de media y larga distancia en Argentina. A través de una nueva disposición de la Secretaría de Transporte de la Nación, se eliminó de forma definitiva el fondo de asistencia económica que se utilizaba para reintegrar a las compañías de colectivos el valor de los pasajes gratuitos otorgados por ley a sectores vulnerables y pacientes médicos.
La medida generó una inmediata preocupación entre las asociaciones civiles y los usuarios habituales del servicio ante el temor de una posible quita del derecho. Frente a este escenario de incertidumbre, los voceros gubernamentales salieron a aclarar de forma tajante que la desregulación del financiamiento estatal no implica bajo ningún punto de vista la derogación de las leyes de gratuidad vigentes, por lo que las empresas del sector de autotransporte deben absorber el costo operativo y continuar garantizando las plazas sin costo.
El nuevo rol de fiscalización de la CNRT
La principal modificación del esquema radica en que las empresas prestatarias ya no recibirán ningún tipo de subsidio o compensación pecuniaria por cada boleto emitido bajo esta modalidad especial. La quita del incentivo estatal encendió las alarmas debido al riesgo potencial de que las firmas del sector comiencen a restringir la disponibilidad de butacas o a dilatar los tiempos de entrega de los pasajes a modo de protesta comercial.
Para neutralizar estas posibles maniobras de incumplimiento, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) ratificó que mantendrá e intensificará los operativos de fiscalización permanente en todas las terminales de ómnibus del país. Las autoridades del organismo recordaron que las obligaciones legales de las transportistas permanecen intactas y que cualquier rechazo injustificado a la solicitud de un pasajero habilitado derivará en la apertura de expedientes sancionatorios y severas multas económicas para las empresas infractoras.
El universo de beneficiarios y las vías de tramitación
El marco regulatorio nacional mantiene la cobertura de gratuidad para tres grupos específicos de la población que requieren traslados de media y larga distancia por razones de inclusión social o tratamientos de salud complejos. El beneficio ampara de forma irrestricta a los ciudadanos que posean el Certificado Único de Discapacidad (CUD), a las personas trasplantadas o que se encuentren actualmente inscritas en la lista de espera oficial con su correspondiente credencial emitida por el INCUCAI, y a los pacientes oncológicos contemplados dentro de los programas especiales de asistencia sanitaria.
Para gestionar los pasajes sin costo, los usuarios disponen de dos metodologías habilitadas por la normativa:
La modalidad más extendida es la reserva virtual a través de la plataforma web de la CNRT. Los interesados deben ingresar al portal del organismo, validar sus datos personales, especificar las ciudades de origen y destino, y seleccionar la fecha programada para el viaje. Una vez que el sistema convalida la solicitud, la empresa de transporte tiene la obligación legal de emitir el boleto electrónico y remitirlo al pasajero con una antelación mínima de 48 horas respecto al horario de salida del micro. Aquellas personas con certificados de salud específicos de carácter no digital o distintos al CUD tradicional deben realizar una carga y registro previo en el entorno web para quedar formalmente dados de alta.
La segunda alternativa es la gestión presencial tradicional, la cual se realiza asistiendo de forma directa a las boleterías comerciales de las firmas transportistas. Al momento de presentarse en la ventanilla, el solicitante debe exhibir su Documento Nacional de Identidad vigente junto con el Certificado Único de Discapacidad original o la credencial del INCUCAI.
La antelación requerida para tramitar el boleto en las terminales es de al menos 48 horas previas a la partida del servicio. Sin embargo, la legislación establece una excepción para las personas trasplantadas o en lista de espera de órganos, quienes están facultadas para solicitar su pasaje el mismo día del viaje directamente en la dársena, quedando la emisión condicionada únicamente a la disponibilidad de asientos libres en la unidad.
