El Gobierno Nacional anunció los detalles del nuevo proyecto de Ley de Inocencia Fiscal que enviará al Congreso con el objetivo de brindar seguridad jurídica a los contribuyentes y estimular la bancarización de ahorros no declarados
La presentación estuvo encabezada por el ministro de Economía, Luis Caputo, y la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, María Ibarzabal Murphy.
Un estímulo a la inversión y al sistema financiero
Durante la conferencia de prensa, el titular del Palacio de Hacienda sostuvo que, según estimaciones del Banco Central (BCRA), existen aproximadamente US$ 170.000 millones fuera del sistema, una cifra que cuadruplica el nivel actual de depósitos en moneda extranjera.
“Tampoco nos sirve como país que estén debajo del colchón. Necesitamos que la economía crezca y necesitamos recaudar más. El objetivo sigue siendo permitirle a la gente que en el pasado se vio forzada a informalizar sus ahorros que puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad”, remarcó Caputo.
Por su parte, Ibarzabal Murphy enfatizó que los cambios normativos introducidos al texto aprobado previamente buscan brindar previsibilidad: «Las modificaciones apuntan a robustecer la seguridad jurídica del régimen y dar la confianza suficiente a los ciudadanos».
Principales modificaciones técnicas del proyecto
El nuevo texto ajusta aspectos clave para facilitar la adhesión y resolver controversias con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA):
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Ampliación del universo de contribuyentes: Se eliminan los techos patrimoniales y de ingresos. El régimen queda abierto para todas las personas humanas y sucesiones indivisas, permitiendo también a Grandes Contribuyentes acceder a la modalidad simplificada de pre-liquidación.
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Criterios de discrepancia significativa: Se establece una discrepancia si ARCA detecta variaciones en el impuesto determinado inferiores al 15%. De superarse ese porcentaje, el contribuyente no quedará excluido si la diferencia nominal no alcanza el 5% del umbral de evasión establecido ($5 millones).
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Carga de la prueba y rectificativas: La carga probatoria recae sobre el fisco, que no podrá recurrir a presunciones. Además, se concede un plazo de 15 días hábiles tras la notificación para que el contribuyente rectifique y regularice diferencias sin perder los beneficios del régimen.
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Devolución expedita: En caso de que se impugne un ajuste cobrado por el fisco y la resolución sea favorable al contribuyente, ARCA deberá devolver los fondos con intereses en un lapso no mayor a 45 días hábiles.
