El Poder Ejecutivo formalizó el ingreso a la Cámara de Diputados del proyecto de ley de Inocencia Fiscal II.
La iniciativa busca redefinir los criterios de fiscalización de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y brindar una mayor seguridad jurídica a los contribuyentes dentro del régimen tributario nacional.
La presentación del proyecto se da en el marco de intensas negociaciones con los sectores contables. Cabe recordar que el Gobierno prorrogó hasta el 27 de agosto la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias para personas humanas (período fiscal 2025), manteniendo el vencimiento del pago para el 27 de julio y reprogramando el primer anticipo para septiembre. Esta flexibilización fue adoptada tras reuniones entre el Ministerio de Economía, ARCA y los consejos profesionales de ciencias económicas por dificultades operativas y riesgos para los contribuyentes.
Las autoridades aclararon que los cambios propuestos aún no han entrado en vigencia, dado que el texto debe ser debatido y aprobado por el Congreso de la Nación.
Ejes clave de la iniciativa
El proyecto introduce modificaciones sustanciales en la relación entre el organismo recaudador y los contribuyentes:
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Presunción de exactitud: Los contribuyentes amparados por este principio contarán con mayores garantías y protección legal frente a eventuales fiscalizaciones de ARCA.
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Mayor exigencia de prueba para el fisco: El organismo recaudador solo podrá impugnar o cuestionar una declaración jurada si demuestra la existencia de diferencias significativas mediante información objetiva.
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Flexibilidad en rectificaciones: Se permitirá corregir errores o inconsistencias en las presentaciones sin la amenaza de quedar excluido automáticamente del régimen simplificado.
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Conservación de beneficios y eliminación de topes: Quienes regularicen su situación mantendrán las ventajas del sistema. Asimismo, se eliminan los límites vigentes vinculados a las diferencias detectadas por la agencia de recaudación.
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Exención de sanciones: No se aplicarán determinadas multas a quienes hayan regularizado ajustes previos en Ganancias o IVA y se adhieran al régimen simplificado.
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Tratamiento especial para fondos: El dinero utilizado por quienes estén amparados por la presunción de exactitud conservará las condiciones previstas por la normativa hasta el 31 de diciembre de 2027.
