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El juez federal Javier Pico Terrero fue denunciado penalmente este martes por «intromisión en decisiones que son ajenas al derecho y propias de la ciencia médica» tras haber admitido como válida la medida cautelar que ordenó al Sanatorio Otamendi y Miroli a tratar con dióxido de cloro a un paciente en estado crítico con coronavirus y que «podrían haber tenido injerencia» en el fallecimiento de un hombre de 93, indicaron fuentes judiciales.

Según la denuncia, la mala praxis jurídica pudo haber tenido injerencia en el fallecimiento de Oscar Jorge García Rúa «a partir de la orden de aplicar tratamientos médicos no autorizados por la Anmat, sin estudios científicos de eficacia comprobada y sin ensayos clínicos conforme lo establece la legislación vigente en nuestro país».

«No se debe judicializar la medicina, se deben respetar los criterios médicos que tengan aval científico y respaldo en las asociaciones médicas y sociedades científicas reconocidas legalmente», continúa.

Mischanchuk recordó que el magistrado hizo lugar a la presentación judicial realizada por el hijastro del fallecido para que reciba «urgente la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y la aplicación de dióxido de cloro», y ordenó al sanatorio porteño a «garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante».

El letrado alertó que «la decisión judicial podría sentar jurisprudencia para recetar tratamientos que no están autorizados por las entidades regulatorias correspondientes».

«Resulta imperioso saber si la decisión del magistrado se basó en evidencia científica o, si por el contrario, estamos frente a una posible intromisión por parte de un hombre de derecho en la ciencia médica», apuntó la denuncia.

Además, señaló que debe determinarse «si la orden del magistrado fue cumplida, en qué dosis se habría administrado la terapéutica y quién proveyó los productos para establecer si ello guarda relación con el lamentable óbito del paciente».

Fuente: Telam

La Justicia Federal falló a favor de una medida cautelar y obligó al Santatorio Otamendi a suministrarle dióxido de cloro intravenoso e ibuprofeno inhalado a un paciente que está internado en grave estado con coronavirus. La institución apeló el fallo.

Luego de que la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) alertaran sobre la peligrosidad que conlleva consumir esta sustancia, el juez federal subrogante Javier Pico Terrero dispuso que se le administre al paciente Oscar Jorge García Rúa, según publicó el diario Perfil.

El jueves 7 de enero, el hijastro del hombre, José María Lorenzo, realizó una presentación judicial para que el marido de su madre, quien había fallecido el día anterior por la misma enfermedad, recibiera en carácter urgente la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro, terapia que fue recetada por el neurocirujano del paciente, Dante Converti (MN: 50.660).

El juez federal subrogante hizo lugar a la solicitud de la familia del paciente al considerar que «la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora», y dictaminó que el sanatorio porteño deberá «garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante». Ante esto, la institución de salud apeló la medida cautelar.

El polémico fallo encendió las alarmas de toda la comunidad médica porque podría sentar jurisprudencia para recetar tratamientos que no están autorizados, no sólo en el caso de esta sustancia tóxica en particular, sino para otras de igual peligrosidad. «Es una decisión aberrante», coincidieron expertos en bioética.

El presidente de la SADI, Omar Sued, en diálogo con el mismo medio manifestó: «Que un juez decida que un médico tiene que aplicar una sustancia para la cual no hay ninguna evidencia científica es realmente preocupante, sobre todo cuando es en forma endovenosa. No es decisión de un magistrado administrar una medicación que no conoce en un paciente, no es su rol».

Sued, además, puso la lupa en otro hecho alarmante que es que haya profesionales que lo prescriben como tratamiento: «El Ministerio de Salud debería evaluar cuál es la legitimidad que tiene un médico para recomendar terapia que la misma ANMAT alerta su riesgo de toxicidad».

Mientas se trata la apelación presentada, el Sanatorio Otamendi administró al paciente, aclarando que no fue bajo su responsabilidad, ibuprofeno inhalado una terapia que no está autorizada como tratamiento para el coronavirus ya que no se comprobó su eficacia; y el dióxido de cloro, sustancia que tiene comprobada su toxicidad y en el país se registraron muertes sobre todo en menores.

Un tribunal iraquí emitió el jueves una orden de arresto nacional contra el presidente estadounidense saliente, Donald Trump, en el marco de la investigación sobre la eliminación de Abu Mehdi Al Muhandis, poderoso comandante de los pro-Irán en Irak, asesinado el año pasado junto al general iraní Qassem Soleimani.

En junio, Irán había emitido una orden de detención y exigido la emisión de una notificación ante Interpol contra Trump por la muerte del general Soleimani, procedimiento que hasta ahora no tuvo éxito.

El dron que atacó los vehículos de los dos hombres, el 3 de enero de 2020 en el aeropuerto de Bagdad, despegó por orden de Trump, quien, días más tarde, se alegró de haber eliminado “dos (hombres) por el precio de uno”.

El tribunal de investigaciones de Rusafa, el sector oriental de Bagdad, “decidió emitir una orden de detención contra el presidente saliente de Estados Unidos Donald Trump en conformidad con el artículo 406 del Código Penal iraquí”, detalla un comunicado de la autoridad judicial.

Este artículo prevé la pena de muerte para todo homicidio premeditado. El tribunal asegura haber concluido la investigación preliminar, pero “las investigaciones continúan para descubrir a los demás autores de este crimen, ya sean iraquíes o extranjeros”.

Desde hace un año, los partidarios de Irán en Irak no cesan de acusar de complicidad en estos asesinatos al primer ministro iraquí Mustafa al Kazimi, en ese momento jefe de los servicios secretos.

Con las conmemoraciones del primer aniversario de la muerte de los dos hombres, el clima político -ya tenso al acercarse las legislativas prometidas en junio- se ha vuelto nocivo.

En el dia de ayer, La Guardia Revolucionaria de Irán advirtió a los dirigentes de Estados Unidos, que ordenaron el asesinato del general iraní hace un año, que no tendrán tranquilidad “ni en el interior de sus casas”.

“Antes hemos dicho y ahora también lo decimos que la derrota y la venganza han comenzado y ustedes ya no podrán tener tranquilidad ni en el interior de sus casas”, subrayó en un discurso el comandante de la Fuerza Quds de la Guardia Revolucionaria, Esmail Qaani, sucesor de Soleimaní en ese puesto.

Qaani aseguró que todos los implicados en el asesinato, desde el presidente estadounidense, Donald Trump, a su secretario de Estado, deben saber que “no pueden matar al héroe de la lucha contra el terrorismo en la región y luego vivir cómodamente”, según la agencia oficial IRNA.

Fuente: AFP

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut decretó tres días de duelo por el fallecimiento del Dr. Omar Higinio Magallanes, Juez de Ejecución de la ciudad de Esquel y dispuso que la bandera nacional permanezca izada a media asta en todas las dependencias del Poder Judicial de Chubut.

A través de la Resolución de Superintendencia N° 9530/21 y con las firmas de los Ministros Mario Luis Vivas y Alejandro Javier Panizzi, se expresa “el sentimiento de pesar del Poder Judicial de la Provincia del Chubut ante el deceso del Sr. Juez de Ejecución de la Ciudad de Esquel, Circunscripción Judicial V, Dr. Omar Higinio Magallanes”.

En el segundo artículo de la resolución se decreta duelo por el término de tres días, “a partir del día de la fecha, y disponer que la bandera nacional permanezca izada a media asta en todas las dependencias del Poder Judicial de la Provincia, por igual término”.

Parece que el Ministro de Seguridad, no puede contenerse y pese a la advertencia que recibió de una jueza de Comodoro Rivadavia que le prohibió ingresar a domicilios que se están allanando, ayer en Trelew volvió a hacer lo mismo. Y encima en un procedimiento federal con secuestro de drogas.

Trelew (Agencia) Ocurrió en la diligencia que se llevó a cabo en el barrio UOCRA en un domicilio al que la policía consideraba un supuesto kiosco en donde se vendía -presuntamente y según los investigadores- cocaína y marihuana.

Allí llegó el Ministro de Seguridad con su fotógrafo que hace también de filmador, entró a la propiedad mientras la policía estaba en plena diligencia, se hizo sacar unas fotos dentro del domicilio mirando el secuestro que ya se había realizado en ese momento, se fotografió afuera mirando la vivienda y luego se retiró del lugar, casi como satisfecho después de haber cumplido con un show en el que los propios policías aparecen como actores secundarios.

¿Qué va a suceder ahora cuando ese caso llegue al Juzgado del doctor Gustavo Lleral? Por el momento no se sabe, aunque hay varios operadores judiciales de Trelew que especulan que puede llegar a caerse, si algún abogado recurre al precedente que marcó la jueza Mariel Suarez de Comodoro, a principios de esta semana y que incluso reafirmó públicamente en declaraciones que hizo a varios medios de la prensa local en las que sostuvo, entre otras afirmaciones: “No hay que hacer publicidad de la función pública”.

También enfatizó: “Uno es funcionario y está obligado a hacer lo que hace” y remató: “No puedo hacer publicidad de mi actividad, es mi obligación; me pagan para eso, es mi trabajo y lo tengo que hacer lo mejor posible”.

Fuente: Diario Crónica

El Juez Martín Alesi, a través de su cuenta en Facebook habló sobre la «crisis económica, social, institucional y política que vivimos en la provincia, exige una respuesta extraordinaria frente a la incapacidad del gobernador y los legisladores para encontrar una solución»

«Y esa respuesta no es otra que la intervención federal»

«La historia constitucional de nuestro país, en las últimas décadas, demuestra que los gobiernos de Carlos Menem (1991, Tucumán) y Fernando de la Rúa (1999, Corrientes), dispusieron intervenciones federales ante situaciones de crisis económica y mala administración de sus autoridades» manifestó.

Por ejemplo, en el decreto de intervención a Tucumán, se consideró que “en momentos en que la Nación Argentina, está avocada a un esfuerzo fundamental para resolver el problema que genera la grave situación económica, el Poder Ejecutivo de Tucumán no obstante todos los aportes de emergencia que le ha prestado el Gobierno Nacional, no ha concretado los ajustes mínimos necesarios para mejorar la situación financiera de la provincia, ni ha establecido la necesaria prioridad en el manejo de los recursos provocando un clima de desorden, falta de autoridad pública y anarquía en la utilización del gasto público…”

Y enfatizó «Nótese la enorme similitud entre la situación de Tucumán en 1991, que originó su intervención, y la actual crisis que padecemos en Chubut».

En cualquier momento habrá una “lluvia” de denuncias contra él en la Justicia, que podrían hacer “caer” todos los procedimientos en los que estuvo de manera ilegal. La Ley es clara y Massoni tiene que conocerla porque es abogado: nadie y menos un funcionario público puede ingresar a una propiedad privada sin la orden de un juez, y mucho menos cuando en el lugar se está practicando un allanamiento.

Se supone que en la orden judicial para entrar al domicilio sin pedirle permiso al propietario, no solo trae detallado el horario en que se debe realizar el procedimiento, lo que la policía va a buscar, los motivos y la dirección exacta del lugar; sino el nombre, la jerarquía o el cargo de quienes van a efectivizar la diligencia que a lo sumo serán dos o tres por lo general oficiales de la policía.

En consecuencia, los que no figuran en esa autorización firmada por el juez de turno no pueden ingresar a la propiedad, porque si lo hicieran y son funcionarios públicos estarían incurriendo en un “allanamiento ilegal”, en un delito encuadrado en el Articulo 151 del Código Penal Argentino, que se castiga con prisión de seis meses a dos años.

O sea que ni Massoni, ni su séquito de alcahuetes que por lo general lo acompañan están autorizados a ingresan a los domicilios que se están allanando por alguna causa en particular. Porque también podrían poner en riesgo la validez de esa diligencia ante la queja de algún abogado.

Massoni no tiene nada que hacer en los allanamientos. Él, como autoridad política debe dejar que la policía trabaje y colaborar para que el día de mañana en el juicio no haya ninguna objeción o cuestionamiento a la legalidad del procedimiento.

Su presencia en el lugar solo obedece a motivos meramente publicitarios; usa una actuación judicial para presentarse ante la sociedad (que ya lo conoce) como el paladín de la justicia.

De hecho, cada vez que comete la ilegalidad de ingresar a un lugar que se está allanando, además de una foto suya se destaca en los diarios que lo promocionan a cambio de dinero, que estuvo presente en el allanamiento.

Como ocurrió este martes en los procedimientos que a la mañana hizo la policía en un barrio de la zona oeste de Trelew, en donde allanaron dos casas por un robo y no encontraron nada de lo que buscaban, hallando accidentalmente un revolver viejo con la numeración limada y una tumbera.

La Constitución Nacional dice en el Artículo 17 que “el domicilio es inviolable y que el mismo solo puede ser allanado con la formalidades prescriptas por la ley y en los casos que ella determina”.

El planteo fue acercado al presidente del Concejo Deliberante de Esquel, Arq. Alejandro Wengier, a través de una nota que lleva la firma de la concejal del Frente Vecinal María Martínez, y concejales de Chubut al Frente Hernán Alonso y Valeria Saunders.  

«Solicitamos que en función de los tiempos establecidos en la ordenanza mencionada, referida a la convocatoria a concurso, ésta indica que el plazo vence en el día de la fecha», menciona el planteo. «Por lo tanto, instamos a dar inicio en forma urgente a la convocatoria a concurso público y abierto de antecedentes y oposición para el concurso para la elección del juez de Faltas municipal, a fin de dar cumplimiento con las normas dictadas».

El Ministro de Seguridad de Chubut, Federico Massoni, desobedeció a un juez que le prohibió entrar a una cárcel a hacer procedimientos con la policía . Encima, se hizo filmar cometiendo flagrantemente el delito de desobediencia a una orden judicial, agravado por ser funcionario público. El hecho se registró el viernes último cuando el controvertido ministro de Seguridad llegó con más de doscientos efectivos de las fuerzas especiales y la policía convencional a allanar los tres módulos del Instituto Penitenciario Provincial por casos de extorción.

Allí, innecesariamente, por orden de los hermanos Gómez y del propio Massoni, rompieron entre 40 y 50 candados de las celdas donde están alojados los presos y tiraron abajo unas puertas, en lo que se podría considerar como una sucesión de delitos de “daño calificado” por ser la prisión un edificio estatal.

O sea, representantes del Estado rompiendo cosas del Estado injustificadamente. Una verdadera locura y como toda locura, algo difícil de entender. ¿Qué creerían, que los presos se iban a escapar? ¿O que iban a descartarse de los celulares que les terminaron secuestrando?

Después de los daños que ocasionaron, los guardias del Instituto Penitenciario Provincial no tenían cómo ni con qué dejar encerrados a los reclusos.

Ahora, seguramente en los próximos días va a haber una serie de denuncias penales por el accionar de la policía de Massoni. Nadie está cuestionando la diligencia que se realizó con la finalidad de clarificar graves delitos, lo que se pone en tela de juicio es la forma en que se ejecutó.

Según se supo, en una resolución el juez de Ejecución Penal de Puerto Madryn, Daniel Yangüela, a raíz de una presentación de la Defensa Publica, le prohíbe a Massoni intervenir en allanamientos bajo apercibimiento de Ley, y con la posibilidad de que sea denunciado penalmente en el Ministerio Publico Fiscal. Y él lo sabe, pero así y todo incumplió la sentencia del magistrado y se hizo filmar cometiendo el delito.

La prohibición a Massoni, viene de un operativo anterior en la misma cárcel, cuando se denunciaron todo tipo de ilegalidades en un allanamiento que aparentemente estuvo dirigido por él.

El juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, ordenó que no haya más ingresos al penal de máxima seguridad de Rawson. Hizo lugar al habeas corpus que presentó el cotitular de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, David Chassagnade. Se había desatado un escándalo con el traslado de 18 detenidos provenientes de Ezeiza, rechazados en varias otras provincias, de lo cuales 9 dieron positivo de coronavirus. 

«También se ordenó la misma disposición a la interventora del Servicio Penitenciario Federal, la doctora Garrigós de Rébori, y se puso en conocimiento de la situación a la ministra de Justicia de la Nación, doctora Marcela Losardo», remarcó Lleral.

El magistrado precisó que «la decisión del traslado de los internos alojados en la Unidad 6 y que han arribado en estos días, y que según la información del Ministerio de Salud se comprobó que nueve de ellos están infectados de Covid-19, fue tomada por la dirección nacional del Servicio Penitenciario Federal, la autoridad máxima, que dispone de los traslados de los internos».

Explicó que existe un protocolo para este caso extraordinario de la pandemia y que, «teóricamente debió haberse observado al momento de decidir los traslados». Y al depender el Servicio Penitenciario del Ministerio de Justicia de la Nación y ejerce su actividad dentro del Poder Ejecutivo, «es el responsable de las cárceles de todo el país», remarcó.

«TODOS ESTAMOS PREOCUPADOS»

«Todos estamos preocupados, aunque el Ministerio de Salud de la Provincia a través de su equipo epidemiológico ha ordenado la aplicación de los protocolos de aislamiento. Esa situación se evaluará día a día a través de la autoridad sanitaria», precisó el juez federal. 

Lleral ratificó que hizo lugar al habeas corpus del defensor oficial y también cotitular de la Comisión de Cárceles, David Chassagnade, que hizo una observación sobre los protocolos de traslado.

Pero además pidió que «se suspenda el ingreso de internos a la Unidad, medida que ya fue adoptada por mi parte, ordenándole al director de la Unidad 6 que se abstenga de recibir futuros traslados hasta tanto se modifique la situación epidemiológica del complejo carcelario», reveló el juez federal de Rawson.

Consultado sobre si la decisión de los traslados en el marco de la pandemia podría representar un delito, Lleral puntualizó que «hay una investigación penal en curso que se inició a través de la Fiscalía Federal de Rawson a cargo del doctor Fernando Gélvez, aunque muchos datos no puede dar».

«La autoridad que toma la decisión del traslado debe tener conocimiento de que hay personas infectadas», sostuvo.

CONTAGIOS EN TODOS LOS COMPLEJOS CARCELARIOS

Por su parte, el defensor oficial ante el Juzgado dijo que hizo las averiguaciones pertinentes que lo llevaron a «requerir información y poder tener un monitoreo de la situación, especialmente sobre el estado de salud de los internos y la aplicación de los protocolos que han sido dictados en los últimos meses».

«La Unidad 6 tiene una capacidad de 510 internos, aunque la población era inferior, había un cupo disponible de entre un 15 al 20 por ciento, no estaba completa», explicó Chassagnade. «Eso se logró a través de una acordada de la Cámara de Casación Penal y distintos pedidos de prisiones domiciliarias, semi libertad, algún que otro traslado, que se fueron gestionando durante la feria judicial extraordinaria por parte de los distintos defensores públicos y particulares de los internos, que en su mayoría son del área metropolitana de Buenos Aires. Es muy poca la población carcelaria que tenemos de Chubut en ese complejo de Rawson».