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Pensado como motor de promoción y revalorización, el municipio de Rawson junto a los concejales trabajan la presentación de los ejes centrales que propondrá el recientemente creado Ente Mixto Rawson Turístico (EMRaTUr), para la próxima temporada de verano, máxima con la evaluación del escenario que marcará la emergencia sanitaria.

El Ejecutivo, mediante un “trabajo mancomunado” entre el sector público y privado, analizará de manera constante el impacto, en el plano social y económico, que arroje el CoViD-19 y los nuevos requerimientos que marcará para la temporada estival.

El secretario de Cultura, Turismo, Deportes y Comunicación, Gabriel García, señaló: “Será un elemento para hacer nuevas cosas en materia turística. Hay varios instrumentos que necesitamos poner en marcha”.

El funcionario comentó que “tenemos una propuesta para lo que va a ser la temporada. Estamos pensando en el lanzamiento; y en este marco ya hay eventos de fin de año que son tradicionales y los estamos presentando y buscando consensos”.

Cuando se presente el EMRaTur -según García, en menos de un mes de manera oficial- “lo haremos con una base y buscando implementar cosas para mejorar y estar preparados para los vecinos y el visitante. Dentro del valle estamos trabajando en armonía con todas las localidades del VIRCh, porque entendemos que debemos ofrecer una propuesta comarcal. En Rawson nos aferraremos de nuestro fuerte que son los productos de mar”.

Los trabajadores de Vialidad Provincial continúan en retención de servicios. Siguen a la espera de certezas que no están llegando y por eso resolvieron mantener la medida de fuerza.

«La situación es la de cualquier estatal. La diferencia es que estamos llevando adelante una emergencia climática sin tener las condiciones que necesitamos para atender este tipo de emergencia», comentó hoy el representante de Sitravich, Juan Chaura. «Vamos por la tercera semana de retención, lo hablamos incluso con el gobernador cuando lo cruzamos en Cushamen para ver si había algo concreto. Ni fecha de pago del aguinaldo nos dieron todavía», resaltó.

«No hay nada, se llega al punto en que hay que manifestarse e insistir».

Esta realidad encontró a muchos viales trabajando en las zonas afectadas por la nieve: «Los compañeros que están en campaña atendiendo la emergencia climática están resolviendo bajar y esperar. Esta semana puede llegar a haber algo, necesitamos que sea concreto. Nos dicen lo que venimos escuchando hace dos años».

«Las rutas se rompieron todas. Queda mucho trabajo por delante y con estas condiciones es muy difícil sostenerlas», indicó Chaura. Agregó que faltan insumos, algo que señaló como un arrastre de la gestión de Nicolás Cittadini, lo cual aporta al desfavorable contexto.

Trabajadores de la Administración de Vialidad Provincial cumplió ayer el segundo día de retención de servicios a la espera de una respuesta a la demanda que vienen sosteniendo y que tiene que ver con el atraso en el pago de haberes, aguinaldo y cláusula gatillo pendiente.

Juan Chaura, secretario general de la seccional Esquel del Sitravich, advirtió que las medidas de fuerza podrían continuar esta semana, paralizando la actividad en momentos en que las condiciones climáticas complican la circulación en toda la región.

«En base a las asambleas que hicimos en Trevelin y Esquel se llegó a la determinación de iniciar una retención de servicios a la espera de una respuesta concreta», dijo el dirigente gremial, quien subrayó que «son varios los puntos del reclamo, como el salario, aguinaldo, complementarias adeudadas. Es lo que necesitamos para funcionar operativamente en esta emergencia climática, porque tenemos que salir al campo, estar afuera en las casillas y necesitamos la plata para subsistir».

Chaura adelantó la intención de plantear esta situación a la presidenta del organismo provincial, Cynthia Gelvez, en el marco de una recorrida por la zona cordillerana.

«Tuvimos retención el lunes, martes y seguiríamos el miércoles a la espera de tener alguna solución los trabajadores: nos deben cumplimientos de cláusula gatillo ofrecidas en campaña electoral, es una acumulación de deuda muy importante. Pedimos que actualicen el salario mensual, que hasta ahora nos deben junio, y el aguinaldo».

Agregó que «desde hace más de dos años venimos con los incumplimientos, y tenemos entendido que están tratando de concretar el pago del cuarto rango de los salarios de mayo, y recién ahí después verían como pagan el aguinaldo».

Sobre los alcances de la medida de fuerza, Chaura aclaró que con la retención «operativamente se frena Vialidad», a la vez que hizo hincapié en que «en la zona noroeste nuestra cubrimos a 26 comunas y tomamos esta decisión hasta tener una respuesta».

Gestiones solicitadas 

Antes de finalizar, el secretario general de la seccional Esquel del sindicato vial sostuvo que espera que «la presidenta avance con las gestiones por la ropa, los insumos, concursos, reuniones paritarias. Hay un cambio internamente que reconocemos y se viene avanzando para estar dialogando. Nuestra obligación es también solicitar que haga la gestión de la parte económica que no depende de ella. Que se pongan al día con el pago de salarios para que podamos estar al día con nuestras cuentas».

Sin clases presenciales en las escuelas por el coronavirus, el Consejo Directivo del ATECh decidió convocar a paro general y retención de servicios en el marco de los trabajos virtuales.

Este viernes se realizó la reunión virtual del Consejo Directivo del ATECh. Allí se decidió convocar a paro general y retención de servicios en el marco de los trabajos virtuales, del 20 al 25 de julio inclusive.

Asimismo, convocaron a una movilización para este miércoles 22 de julio en cada ciudad, respetando el protocolo de prevención del coronavirus, con el uso de barbijo y el distanciamiento social.

En el comunicado, manifestaron que «el borrador del protocolo jurisdiccional de retorno a clase presenciales realizado por los representantes del Ministerio de Salud, Educación e Infraestructura luego de la lectura completa del mismo resulta inviable y necesariamente debe modificarse en base a nuestra realidad provincial».

En este marco, remarcaron que «el estadio debe ser garante de la salud, la educación, la seguridad alimentaria, los protocolos Covid-19 y no un actor secundario».

Agregaron que «en primer término, debe garantizarse el pago en tiempo y forma de los salarios, las condiciones de infraestructura y el transporte».

Lo confirmó a Radio Chubut Carlos Milani, secretario General del Sindicato de Trabajadores Viales del Chubut, quien recordó que los empleados de Vialidad recibieron solo una parte del tercer rango del mes de abril y remarcó el perjuicio que han tenido sobre sus economías. En tal sentido el dirigente aseguró que “esto ya se torna insostenible porque son dos meses de sueldo sin cobrar y ya casi estamos sobre fin de junio”.

Además negó haber participado de alguna negociación con el gobierno para que el aguinaldo se pague en 3 cuotas y aseguró que “rechazamos esta posibilidad”.

Sobre el cobro del aguinaldo recordó que se trata de un aporte extraordinario que “viene a traer un alivio a un montón de situaciones económicas que se han generado en las familias, sobre todo por el atraso en el pago de sueldos”.

Es por ello que reiteró que “rechazamos el pago en cuotas porque además se aleja de las normativas legales establecidas para el pago del aguinaldo”.

En ese marco reveló que “para esta semana está convocada la primera reunión de la comisión paritaria provincial”, reunión pactada para el viernes, en la cual “vamos a ir concretando en acuerdos lo que está firmado con el gobierno provincial”.

Milani resaltó que la nueva presidenta de Vialidad Provincial, Cynthia Gélvez aún no ha podido conocer el organismo en su totalidad por la situación planteada por la pandemia, pero resaltó la predisposición al diálogo con el gremio para resolver los problemas pendientes.

Esta semana será clave para definir el eventual regreso del transporte urbano en Trelew y las líneas interurbanas del Valle, que está sujeto a la evolución de la pandemia del Covid-19.

El dirigente de la UTA, José Pérez, confirmó a Diario EL CHUBUT que el próximo viernes 26 empezará a estudiar la posibilidad de restablecer frecuencias mínimas de colectivos en Trelew, y también algunos viajes entre las localidades del Valle. “Si las cosas siguen como están es probable que después del 28 de vuelque algún servicio mínimo a la comunidad”, convalidó José Pérez, quien no obstante se mostró muy cauteloso y aclaró que la decisión está en manos de las autoridades sanitarias de la provincia.

Según el dirigente gremial, la condición para que esto pueda darse es “que no aparezcan más contagios en Trelew”; es decir, que se mantenga la tendencia que comenzó a palparse en los últimos días, con casos recuperados y sin nuevos contagios.

Desde el entorno de la empresa El 22 confiaron a este diario que ya empezaron a hablar por lo bajo la posibilidad de restablecer algún servicio mínimo para la comunidad, aunque por ahora no hay nada oficial. En los últimos días sumaron otros dos colectivos destinados a transportar personal de salud y de seguridad. Actualmente, trabajan seis colectivos que hacen varias frecuencias diarias para trasladar a médicos, enfermeros y policías abocados a la pandemia del Covid-19.

Según José Pérez, de darse las condiciones sanitarias el transporte en Trelew volvería con 12 o 15 colectivos diarios, con frecuencias de entre 30 y 45 minutos y la mitad de los pasajeros. Los vehículos serían desinfectados cada vez que terminan el recorrido. Sería la misma metodología que comenzaron a aplicar en marzo, antes de que resolvieran suspender la servicio.
De hecho, el dirigente gremial reveló que hace 15 días atrás, antes de que proliferaran los casos de Covid-19 en Trelew y Rawson, estaba todo dado para que volviera el transporte en la zona. “El transporte interurbano estaba casi resuelto en el Valle -no así en Puerto Madryn-, pero se palarizó todo cuando empezaron los contagios”, sostuvo.

SUELDOS GARANTIZADOS

Por otro lado, José Pérez dijo que los trabajadores del sector tienen asegurado el cobro de la totalidad de los haberes con aportes de Nación, a partir de un acuerdo que firmaron a comienzos de este mes con la cámara que nuclea a las empresas del interior del país. A la fecha en la mayoría de las localidades los trabajadores percibieron el 50 por ciento del sueldo, y completarían los pagos a mediados de esta semana.
El acuerdo con las cámaras empresarias establece que el 88 por ciento del salario será no remunerativo y el 12 por ciento restante será remunerativo. Está vigente por 90 días y vence a finales de este mes, pero puede ser prorrogado hasta fin de año. Al respecto, Pérez indicó que el eventual retorno del transporte no modifica en nada este acuerdo alcanzado con las cámaras.

En el marco del aislamiento para frenar el Covid-19, el Gobierno extendió la prohibición de cortar servicios a usuarios por falta de pago hasta fin de año, según la medida publicada hoy en el ‘Boletín Oficial’, que afecta a los servicios de gas, luz, agua, telefonía fija y móvil, Internet y televisión por cable. Además, hizo referencia a las tarifas.

El Gobierno volvió a prorrogar hasta fin de año la prohibición para las empresas de cortar servicios por falta de pago, en el marco de la extensión del plazo del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto para contener la pandemia de coronavirus Covid-19.

La medida implica la prohibición de cortar el suministro de gas, luz, agua, telefonía fija y móvil, Internet y televisión por cable.

De acuerdo con el texto publicado en el ‘Boletín Oficial’, “las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta SEIS (6) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. Quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso”.

El decreto también prorrogó por 180 días la facultad del Poder Ejecutivo de mantener las actuales tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de negociación para actualizar sus precios.

DECRETO 543/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-36279579-APN-DGD#MPYT, la Ley N° 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, 287 del 17 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 311 del 24 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020, 426 del 30 de abril de 2020, 459 del 10 de mayo de 2020, 493 del 24 de mayo de 2020, 520 del 7 de junio de 2020, y su respectiva normativa modificatoria y complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 27.541 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y se delegaron en el PODER EJECUTIVO NACIONAL diversas facultades en los términos del artículo 76 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto N° 260/20 se amplió por el plazo de UN (1) año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19.

Que por el Decreto N° 297/20 se estableció la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, plazo que fue prorrogado sucesivamente mediante los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20 y 493/20 hasta el 7 de junio de 2020 inclusive.

Que por el Decreto N° 520/20 se establecieron las distintas áreas geográficas del país -de acuerdo al estatus sanitario de cada provincia, departamento y aglomerado- que entre el 8 y el 28 de junio de 2020 se desenvolverían bajo los regímenes de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” o de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, según corresponda.

Que dada la evolución de la pandemia, se han intensificado los controles del ESTADO NACIONAL para garantizar los derechos contemplados en el artículo 42 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL respecto de los consumidores, las consumidoras y usuarios y usuarias de bienes y servicios en la relación de consumo.

Que al respecto corresponde destacar que, oportunamente, mediante el artículo 5° de la referida Ley N° 27.541 se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por un plazo máximo de hasta CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de su entrada en vigencia, a mantener las tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las Leyes Nros. 24.065, 24.076 y demás normas concordantes, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020.

Que la emergencia sanitaria y el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” han imposibilitado el desarrollo de los procesos de renegociación de la revisión tarifaria vigente -ya sea esta integral o de carácter extraordinario- de los servicios públicos de electricidad y gas natural conforme al citado artículo 5°.

Que ante las circunstancias mencionadas, resulta necesario ampliar el plazo establecido para la consecución de los objetivos establecidos en el artículo 5º de la Ley N° 27.541 por un plazo adicional de CIENTO OCHENTA (180) días a partir del vencimiento del plazo original, conforme surge tanto del Informe Técnico de la SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS como de la Nota de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, obrantes en el Expediente citado en el Visto.

Que, asimismo, por el Decreto N° 311/20, se dispuso que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrían disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a las usuarias y a los usuarios alcanzados por dicha medida en caso de mora o falta de pago de hasta TRES (3) facturas consecutivas o alternas y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del 1° de marzo de 2020.

Que, en el citado Decreto N° 311/20 se estableció que, tratándose de servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, en caso de falta de pago del usuario o de la usuaria, las empresas prestatarias quedaban obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se estableciera en la reglamentación, por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.

Que, sin perjuicio de ello, en el segundo párrafo del artículo 2° del Decreto N° 311/20, se estableció que si los usuarios o las usuarias que contaban con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o Internet no abonaban la correspondiente recarga para acceder al consumo, las empresas prestadoras deberían brindar un servicio reducido que garantizara la conectividad en los términos que previera la reglamentación, y que esta obligación regiría hasta el 30 de abril de 2020, lo cual luego fue prorrogado hasta el 31 de mayo de 2020 inclusive, mediante el Decreto N° 426/20.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), ambos organismos descentralizados en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, emitieron sus respectivos informes técnicos planteando la necesidad de adecuar las medidas dispuestas por los artículos 1° y 2° del Decreto N° 311/20.

Que la continuidad de la prestación de los servicios públicos comprendidos en la medida, sobre todo en los sectores de mayor vulnerabilidad o en aquellos sectores gravemente afectados en su economía por la pandemia, cobra vital importancia en las condiciones de aislamiento establecidas. Ello, en función de las necesidades de la población para acceder a los servicios básicos que aseguran mínimas condiciones sanitarias, para comunicarse con los servicios de emergencia, para obtener información en materia de salud, para conocer las disposiciones de gobierno, para posibilitar el acceso a plataformas y contenidos educativos y a la gestión administrativa de subsidios o facilidades brindadas por el gobierno, entre otras muchas funcionalidades básicas indispensables.

Que, por su parte, los usuarios y las usuarias con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o Internet forman parte, en líneas generales, de un sector socio-económico de escasos recursos, y es necesario garantizar su acceso a las prestaciones de salud y demás funcionalidades básicas señaladas precedentemente, por lo que resulta necesario garantizar la prestación de un servicio reducido.

Que, en virtud de lo expuesto, y atento a la inminencia del vencimiento de los plazos aludidos, deviene imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes.

Que la Ley N° 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles.

Que el artículo 22 de la Ley N° 26.122 dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones, y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99 incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el plazo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 desde su vencimiento, y por un plazo adicional de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el primer párrafo del artículo 1° del Decreto N° 311 del 24 de marzo de 2020, por el siguiente:

“Las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta SEIS (6) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. Quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso”.

ARTÍCULO 3°.- Dispónese, hasta el 28 de junio de 2020 inclusive, la vigencia de la obligación establecida en el segundo párrafo del artículo 2° del Decreto N° 311/20.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5°.- Dése cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ – Santiago Andrés Cafiero – Eduardo Enrique de Pedro – Felipe Carlos Solá – Agustin Oscar Rossi – Martín Guzmán – Matías Sebastián Kulfas – Luis Eugenio Basterra – Mario Andrés Meoni – Gabriel Nicolás Katopodis – Marcela Miriam Losardo – Sabina Andrea Frederic – Ginés Mario González García – Daniel Fernando Arroyo – Elizabeth Gómez Alcorta – Nicolás A. Trotta – Tristán Bauer – Roberto Carlos Salvarezza – Claudio Omar Moroni – Juan Cabandie – Matías Lammens – María Eugenia Bielsa

e. 19/06/2020 N° 24319/20 v. 19/06/2020

El gobierno nacional prorrogó hasta fin de año el congelamiento de las tarifas de los servicios públicos, determinado en la Ley de Emergencia Social, que regía hasta este mes, como así también la disposición que prohíbe interrumpir la provisión de los servicios ante la falta de pago por parte de usuarios pertenecientes a sectores vulnerables.

En este sentido, el Decreto 543/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial amplió de tres a seis las facturas impagas consecutivas o alternas, que un usuario incluido dentro del grupo de personas en situación de vulnerabilidad, podrá acumular sin que la empresa de cualquiera de los servicios pública pueda interrumpir el suministro.

El decreto del gobierno precisó que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.

Los incluidos son los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE); de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, actualmente en $ 16.875; monotributistas sociales; y jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVM.

Además, están comprendidos los monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo; los que perciben seguro de desempleo; los electrodependientes; las empleadas domésticas y los exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza

Además, en uso de la atribución conferida por el artículo 5° de la Ley 27.541, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso ampliar por otros 180 días, hasta fin de este año, la vigencia del congelamiento de las tarifas de servicios públicos.

Asimismo, el decreto emitido por el gobierno prorrogó hasta el 28 de junio próximo, la obligación de las prestadoras de brindar un servicio reducido que garantice la conectividad, a los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o Internet que no abonaren la correspondiente recarga para acceder al consumo.

Los concejales de Rawson están dormidos, hay inacción por parte del Concejo Deliberante y no han dicho nada sobre lo que le pasa al comercio en esta emergencia sanitaria», dijo Miguel Larrauri, presidente de la Cámara de la Industria y Comercio de Rawson, en diálogo con FM EL CHUBUT.

Una de las mayores preocupaciones del sector comercial, por la que están elevando notas a los diputados nacionales, Ejecutivo Municipal y Concejo Deliberante, está vinculada al aumento desmedido de las tarifas de los servicios de telefonía, gas y electricidad.

Dijo Larrauri a la emisora, que «hay una gran queja de comerciantes porque siguen viniendo con aumento los servicios de telefonía, Camuzzi y la luz, seguramente cuando los amigos concejales dispongan reunirse y sesionar, van a sacar ordenanzas de tasas municipales en las boletas de luz».

Los aumentos «son considerables» para el sector, «siendo que el comercio estuvo cerrado 45 días, hoy llegan facturas con montos oscilantes en un 50 o 60 por ciento de aumento», indicó. Una tienda, abonaba 3 mil pesos en concepto de gas natural y ahora «le llegó una factura de 6 mil pesos, siendo que ha estado cerrada».

El servicio de telefonía, que se pagaba entre 2 mil y 3 mil pesos en promedio, «ahora está 5 mil o un poco más».
Por lo que se pedirá en primer lugar a los legisladores nacionales para que aborden este tema, y al Concejo «que ha sido intrascendente en la pandemia, habiendo tantos temas y no se han explayado por el comercio local, y también hay otros conflictos en los que hay inacción de los concejales, como el tema del aislamiento en el complejo deportivo de Rawson, por el tema ATN se pronunciaron a través de una gacetilla, por el tema situación del comercio, ningún concejal ha dicho nada.

«Les vamos a mandar una nota ahora, para que los concejales despierten», finalizó.

La ley había sido aprobada por unanimidad en la Legislatura del Chubut. La defensora del pueblo, Claudia Bard, aclaró que las empresas «no puede cortar servicios» porque los usuarios están amparados por el DNU de Nación.

El Gobierno del Chubut, a través del Poder Ejecutivo, resolvió vetar la ley que impedía a las empresas de servicios públicos aplicar cortes durante la pandemia. La misma había sido aprobada por unanimidad en la Legislatura del Chubut.

La suspensión de cortes de servicios alcanza a quienes perciben la Asignación Universal por Hijo, por Embarazo, pensiones no contributivas, monotributistas, jubilados y pensionados por debajo de dos salarios mínimos y quienes cobra seguros de desempleo.

«Nos quedamos sin nada, es grave porque las empresas podrían cortar los servicios a los usuarios», también expresó en FM EL CHUBUT la diputada del PJ, Adriana Casanovas.