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Home»Opinión»Y la bandera dice: «Fuera Korn y sus socios Políticos»

Y la bandera dice: «Fuera Korn y sus socios Políticos»

7 junio, 2014
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“¡Inés Larena, inocente!”: fue absuelta por un fallo unánime de la Corte Suprema

La instancia máxima de Justicia de la Nación, con la firma de todos sus miembros, declaró válidos los argumentos de la defensa pública que asistieron a la pobladora de El Pedregoso y desestimaron la impugnación realizada por el abogado Enrique Alejandro Korn que la acusaba de usurpar tierras. Punto final (y feliz) a un conflicto judicial que asedió durante una década a Inés y a su familia
Por Julio Saquero Lois *
Foto: FM Alas
Cordillera chubutense. Fin de otoño. Pleno temporal, primera gran nevada en la alta cordillera. Las sombras ya se han adueñado del bosque en el paraje de El Pedregoso, sólo el relumbrón de los fogones se trasluce en las ventanas. Y en esta oscuridad sin matices, sin estrellas, a plena lluvia, una dotación policial de El Hoyo se presenta en la cabaña de Inés Larena a la vera de la ruta 40, para entregarle una cédula de notificación judicial. Alumbrada por las linternas de los agentes, asustada como tantas otras veces a lo largo de 10 años, Inés firma la copia que le extienden sin protestar ni entender nada. Otra vez, se dice, arrastrada a los tribunales lejanos de Esquel y blanco de la burla de mis vecinos. Otra vez a preguntar de qué se trata. ¿Qué me dicen? ¿Qué me esconden? ¿Qué me espera?
“Por devueltos de la Exma. Suprema Corte de Justicia de la Nación, notifíquese a las partes”.
Y la hoja, un papel mezquino, con membrete oficial del Poder Judicial del Chubut, se refiere con la impronta de un telegrama, al número de un expediente. Y habla de una impugnación.
¿Qué es ese “devueltos”? ¿El fallo es favorable y es considerada inocente como sentenció la Cámara Penal de Esquel y el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia? ¿O los Jueces de la Nación le dan la razón a la jueza que la condenó en el primer juicio , al abogado Oscar Colabelli y al abogado Enrique Alejandro Korn que la acusaron?. ¿Tendrá que pagar la multa e ir a la cárcel? ¿Perderá su casa y su tierra?
Piensa en la Abuela Eufemia cruzando endeble, a tropezones, la sala del tribunal, expuesta a la mirada del pueblo azorado, para testimoniar, a los 97 años, de la inocencia de su nieta. Y piensa con tristeza que la abuela se fue sola, a otra comarca donde no hay jueces, ni se alambran los campos, sin saber el final de este largo e incierto camino que recorre su gente, y sin entender, como ella, el extraño lenguaje y comportamiento de jueces y abogados.
Palabras y sentidos misteriosos, imposibles de comprender para Inés y para el común de los mortales. Dialogamos con la campesina sin escuela, pensamos, imaginamos. ¿Por qué hablan y escriben así? ¿Serán dueños del lenguaje los abogados, los jueces, los juristas? ¿No eran los poetas y cantores quienes poseían el derecho a crear voces nuevas, esas del comienzo de los tiempos, de los trinos de los pájaros, del amor, de la hermandad, del misterioso andar de los seres en el mundo? En algún momento, alguien, un grupo, tal vez, decidió organizar de otra manera el mundo e impedir los disturbios y confusiones del pensar diferente, y para que eso fuera posible escondió la poesía, despojó de las palabras y su sentido al resto de los hombres, esos que trabajan con sus manos y poco frecuentan las escuelas. Al mismo tiempo, amparado en el poder atribuido a esas letras misteriosas que había robado, alambró y se apropió de los campos por primera vez. Los campesinos, sin voz ni tierra, desde entonces, quedaron al margen de la propiedad. Errando sin destino cierto ¿Será así? nos preguntamos.
El Derecho de los Derechos, es el Derecho de propiedad, sostiene con voz estridente el empresario-abogado en el primer juicio oral y público celebrado en El Hoyo el 4 de julio del 2008. El Derecho de los Derechos es el Derecho a la Vida. Le respondimos al abogado en esa ocasión. Pero la Jueza Carina Estefanía miró para otro lado. Eso no entraba en sus manuales y condenó a Inés Larenas y su compañero Leo “a treinta días de cárcel, seis mil pesos de multa y desalojo inmediato”… por haber construido su vivienda usurpando veinte metros cuadrados de tierra “ajena”.
Pero esta vez los temores de Inés no tienen fundamento, aunque ella no lo sabe. En un lenguaje frío, escueto, indescifrable, el Superior Tribunal de Justicia de Chubut le anuncia, presión policial por medio, que devolvieron de Nación la causa. Pero no menciona aún en ese papel, que no dice nada ni tiene ningún valor, el resto del documento de la Corte Suprema, el fallo que es sentencia firme.
Y buscamos la evidencia desconocida: el 15 de abril del 2014 la Corte Suprema de la Nación rechazó como “inadmisible” el recurso de apelación presentado por el empresario Enrique A. Korn, lee, en internet, el Dr. Bruno Deias, a nuestra demanda. Tampoco a él, de la Defensoría Pública de Esquel, lo han notificado oficialmente de este pronunciamiento que devolverá la vida y la paz a esta mujer y a su comunidad.
En efecto, por unanimidad, la instancia máxima de Justicia de la Nación con la firma de Ricardo Luis Lorenzetti , Elena Highton de Nolasco, Carlos S. Fayt, Enrique S. Petracchi, Juan Carlos Maqueda, E. Raúl Zaffaroni y Carmen M. Argibay, en una decisión irrevocable, desestima la impugnación de Korn y declara válidos los argumentos de la defensa pública que asistiera a la imputada, y que fueran aceptados por la Sala I de la Cámara en lo Penal de Esquel en primera instancia y por el Superior Tribunal de Justicia del Chubut en segunda instancia.
En su voto los jueces Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni declararon inadmisible el Recurso de Korn. Este había invocado arbitrariedad en la sentencia apelada.
Ese fallo que Korn tildó de arbitrario, se basó en el alegato de la Defensoría Pública asumida por Bruno Deias y Alfredo Pérez Galimberti quienes invocaron el derecho del acusado a ser juzgado en un plazo razonable, criterio aceptado por los tribunales chubutenses y la Corte Suprema de la Nación. Este argumento tan simple, claro, justo y contundente derrumbó la estrategia dilatoria y abusiva con la que durante diez largos años se hizo escarnio de la acusada. Y esto nos demuestra también que los abogados y jueces cuando quieren hablar sencillo para que el pueblo entienda, pueden hacerlo. Sobre todo hablar a través del ejercicio de los fallos, con Justicia, sin inclinar los platillos de la balanza para el lado de los poderosos.
En lenguaje llano: María Inés Campos Larena es inocente. La sentencia es firme, nos confirma el defensor de pobres.
El enjuiciamiento penal de Inés Larena, acusada de usurpar una pequeña fracción del lote ocupado por su familia desde principios del siglo pasado y que le había sido cedido por su abuela Eufemia, conmocionó a los habitantes de la Comarca Andina en el 2004. En la ocasión, un tribunal oral celebrado en El Hoyo, en el que participó el Abogado-empresario Enrique A. Korn con la colaboración del Dr. Oscar Colabelli en calidad de querellantes, y presidió la Dra. Carina Estefanía, la condenó por usurpar un lote que su familia había ocupado desde hacía cinco generaciones. El fallo no tuvo en cuenta el testimonio de los vecinos de más antigüedad del paraje El Pedregoso que atestiguaban la presencia de los Larena desde los inicios de la colonización del lugar. El título de propiedad eximido por Korn y por el que pretendía desalojar a Inés fue otorgado por el ex intendente de El Hoyo y Diputado Provincial Santiago “Chito”Cárdenas, a partir de su propio testimonio en su anterior rol de Inspector de tierras municipales, cuando dictaminó a espaldas de sus vecinos que Korn, domiciliado en Trelew, ocupó ese lugar durante más de veinte años. El traspaso de estas tierras y otras que sumaban 1055 hectáreas y por las que se habrían pagado $5000 pesos, fue investigado y puesto en duda por la Fiscalía Anticorrupción de la Provincia y la Fiscalía Penal de Esquel . El dictamen del Fiscal General del Ministerio Público de Esquel Dr. Martín Zacchino señala que los concejales, el Intendente y el Inspector de Tierras del Municipio de El Hoyo habrían incurrido en el delito tipificado por el artículo 248 del Código Penal de violación de los deberes de funcionario público al sancionar la Ordenanza 44/95 y adjudicar posteriormente al Dr. Enrique Korn 1055 hectáreas de tierras fiscales habitadas por las familias Larena y Quilodrán, contrariando las disposiciones legales de la Constitución Provincial, la Ley de Corporaciones Municipales y la Ordenanza de Tierras del propio Municipio que regula el procedimiento para la adjudicación en venta de tierras fiscales.
Las conclusiones de ambas investigaciones que señalaban la participación de Concejales e Intendentes sucesivos de El Hoyo en la adjudicación fraudulenta de esas tierras compradas por un precio vil y la expedición del título de propiedad que esgrime Korn de una forma ilegal y dudosa por el ex diputado Cárdenas en su tránsito como intendente, fueron archivadas sin ser elevadas a juicio y sin mayores explicaciones. Se habló simplemente de documentación extraviada tanto en el Municipio como en Fiscalía durante la primera audiencia del caso Larena llevada a cabo por la Sala I de la Cámara Penal en los tribunales de Esquel.
La larga lucha en Tribunales chubutenses llevada a cabo con éxito por la Defensoría Pública de Esquel y Trelew, con el acompañamiento de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y la movilización continua de organizaciones populares y de Pueblos Originarios de la Comarca Andina a lo largo de 18 años, acaba de torcer el brazo a una de las patas agresivas del poder feudal en Chubut, impidiendo un nuevo desalojo y enajenación de tierras a los pobladores originarios.
Con este fallo de la Justicia Nacional se inicia sin duda, una nueva etapa abierta a cuestionar en tribunales del fuero civil el proceso de adjudicación de tierras fiscales ocupadas ancestralmente por la familia Larena y la Comunidad Quilodrán. El caso Larena podría constituirse así en un caso testigo para la Provincia del Chubut en las cuestionadas y confusas adjudicaciones de tierras fiscales por los municipios de la Provincia, en las que el despojo a antiguos pobladores y comunidades originarias y su apropiación por empresarios y terratenientes ha sido la regla hasta el presente.
Inés Larena, mujer de la tierra, acusada por un abogado-empresario y condenada por una Jueza que ordenó su desalojo y prisión, transformada en delincuente y allanada por orden de la justicia de Esquel , con una insistencia notoria y sospechosa, varias veces. Con la policía de El Hoyo rondándola permanentemente, durante casi dos decenios, incluso con la presión de gendarmería, citada cuántas veces, a la Comisaría local, llevada a Tribunales en Esquel y Rawson, vapuleada en cada instancia de lucha por el poder, como esas ramas que sacude el viento, por políticos corruptos, empresarios y abogados venales, que quieren despojarla de la tierra de sus ancestros, hoy, al terminar el día, cuando al fin comprende que ha sido absuelta por los Jueces de la Nación, cuando experimenta que comienza a hacerse justicia, y, por primera vez se siente libre en muchos años, mueve la cabeza, mira a lo lejos, y quiere decir su palabra, la suya, pero apenas nace un murmullo en su pecho : ¡ Gracia y gracia por la ayuda, dice, nunca voy a dejar de agradecer!
Y vuelvo a desandar bajo la intensa lluvia el camino del bosque, allí donde la solidaridad campesina resistió tantas veces la ejecución del oprobioso desalojo, agradeciendo yo también a la vida, por esta nueva oportunidad que nos brinda.
Una simple hoja de papel, pienso, nos devuelve la alegría del arcoíris. ¿Dónde habrán ido a parar los centenares de páginas que acumuló el abogado en Tribunales para acusar a Inés?
Columnista Comarca Andina El Hoyo
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