Por Luis Dupuy
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En el Informe de Auditorias FO.NA.VI y Programas Federales Ejercicio 2014, que fuera elevado a conocimiento de la ex Presidenta Cristina Fernández, hay conclusiones sobre el IPV Chubut que llaman la atención. Una de ellas es la que aparece en el Capítulo Aspectos Sociales, Criterios de Selección de Beneficiarios.
En cuanto al número de inscriptos en el Registro de Demanda dice que hay solo 1.656 anotados. Sobre el Alcance del Registro dice que es “Total, permanente, informatizado”.
Sobre la Selección de Adjudicatarios señala tres alternativas: “Demanda Libre: por puntaje.“Entidades Intermedias”:Con Selección a cargo de la entidad y“Obra Delegada”: donde la selección está a cargo de Municipios.
Se informa que en 2014 estuvieron abocados a la confección de un Manual de Procedimientos Administrativos que preveía que en el año 2015 iba a contribuir necesariamente a actualizar la Base de Datos de la demanda provincial. En consecuencia el análisis e interpretación de los inscriptos se circunscribió a los datos del año anterior 2014.
Analicemos lo expresado. Dice la Auditoría de Nación que el Registro de Postulantes es Total, permanente, informatizado. Si es total no es creíble que haya inscriptos solo 1.656 anotados. Si es informatizado tienen graves problemas en la carga de datos, o bien del sistema se han borrado miles de inscriptos. Unos 32.400 chubutenses aproximadamente.
Por ejemplo, en el informe del I.P.V. Chubut del año 2013 los inscriptos eran 32.632 y había 34.143 anotados, con datos Oficiales al 15 de agosto de 2014. Es evidente que algo está muy mal en el sistema Total, permanente, informatizado del IPV Chubut.
Sobre la Selección de Adjudicatarios la Auditoría de Nación concluye que el IPV Chubut tiene tres metodologías. 1) “Demanda Libre”, por Puntaje. En “Demanda Libre” están los anotados en el Registro Permanente de Postulantes a Viviendas y Préstamos Individuales, donde había al 14 de febrero de 2015 la enorme cantidad de34.203 postulantes.
En la categoría 2) “Entidades Intermedias”,la selección de los adjudicatarios está a cargo de la entidad. Entiéndase, el gremio, la cooperativa, mutual etc. que consiguió que el I.P.V. Chubut financie la construcción, y generalmente primero la entidadaporta los terrenos, casi siempre logrados a precios de fomento.
En la metodología 3) “Obra Delegada”, la selección y adjudicación queda a cargo de los Municipios, que aplican criterios propios.
Entre lo que queda en claro es que en el IPV Chubutno se aplica una Ley pareja para cada adjudicatario. Y según cómo se llega a ser adjudicatario y dónde se vive,(dado que la mayoría de las Obras Delegadas se hacen en pequeñas comunidades), será el procedimiento y los requisitos que deberá cumplir el ciudadano para obtener una vivienda.
También la Auditoría de Nación entre las conclusiones expresa que Chaco, Entre Rios, Jujuy, La Rioja y Tucumán son algunas de las provincias que tienen al “Sorteo” como metodología en la Selección de Adjudicatarios. Nuestra Provincia en el artículo 14° de la Ley XXV N°5, estableció que: ”En caso de que varias familias se encuentren en igualdad de condiciones, la adjudicación se realizará por sorteo público”.
En conclusión la Auditoría de Nación asegura que en Chubut la selección en la metodología “Demanda Libre” es por puntaje. Sin lugar a dudas se puede afirmar que deben existir miles de anotados con igual puntaje, y necesariamente se debería apelar al “Sorteo Público”.
Si se tiene presente que la información es Pública, cada postulante tiene el derecho a saber cuál es el puntaje actualizado que le otorga el Instituto de la Vivienda, y además en los listados de pre adjudicatarios se debería publicar necesariamente el puntaje de los seleccionados, lo que permitiría saber si los seleccionados tienen igual puntaje que cada uno de los no elegidos.
Conocedores de la problemática habitacional del Chubut sugieren que en el caso de los anotados en “Demanda Libre”, las adjudicaciones deberían ser mediante un sorteo público tal lo establece la ley vigente, y no como acontece ahora que en la mayoría de los casos es el resultado de criterios arbitrarios de las autoridades de turno.
La metodología “Entidades Intermedias”, debería ser replanteada. En los últimos años más del 60 por ciento de los recursos financieros se han destinado a planes de viviendas que benefician a “Entidades Intermedias”, lo cual es muy irritante dado que favorece a los que más tienen, en detrimento de los más humildes, violando el espíritu de la Ley XXV N° 5 que expresaque deben tener prioridad los inscriptos de menores recursos.
En cuanto a los planes por “Obra Delegada”, simplemente es inadmisible que sean los Municipios los que realicen la Selección y Adjudicación, según criterios propios. Ya en la Auditoria del Ejercicio 2009 los actuantes dejaban constancia de esta manera: “Esta auditoría ha manifestado la necesidad de que el IPV arbitre los medios necesarios para contar con los listados de los beneficiarios de estas obras a fin de poder centralizar la información”.
En la auditoría de Nación al IPV Chubut sobre el Ejercicio 2007, en la página 45 entre las conclusiones sobre las “Obras Delegadas” se lee: “No se mantuvieron en el área social las resoluciones de adjudicación centralizadas con su legajo correspondiente, para informar al gobernador, de la situación de Adjudicación de 93 viviendas de servicio como en años anteriores, porque el municipio, la comuna rural o el Consejo Deliberante dispusieron libremente de esta facultad. No obstante, a criterio de este sistema de evaluación de los procesos institucionales, se recomienda restituir al Área Social del IPV y DU el control centralizado de estas entregas/adjudicaciones para ahondar en el análisis y regulación sobre el uso de los recursos, para asegurar su transparencia y eficacia”.